Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2013 (05/09/2013)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 80

502338
Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; el literal h) del articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 124-2013/JNAC/ RENIEC (10ABR2013); el numeral 17.1 del articulo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y lo dispuesto en el numeral 1 del articulo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar con eficacia anticipada al 20 de junio de 2013, la apertura de la Agencia RENIEC, en las instalaciones de la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, ubicada en la Av. Cultura N° 733, del distrito, provincia y departamento del MORDAZA, a cargo de la Jefatura Regional 9 ­ MORDAZA de la Gerencia de Operaciones Registrales. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementacion de lo dispuesto en la presente Resolucion Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 983949-1 RESOLUCION JEFATURAL N° 274-2013/JNAC/RENIEC MORDAZA, 4 de setiembre de 2013 VISTOS: Los Informes N° 000134-2012/GOR/ JR13PUC/RENIEC y N° 000115-2013/GOR/JR13PUC/ RENIEC (18AGO2012 y 15JUL2013, respectivamente), emitidos por la Jefatura Regional 13 - Pucallpa, las Hojas de Elevacion N° 00048-2013/GOR/RENIEC y N° 00381-2013/GOR/RENIEC (18ENE2013 y 18JUL2013, respectivamente) e Informe N° 000022-2013/GOR/ RENIEC (18ENE2013), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales, la Hoja de Elevacion N° 000018-2013/GG/RENIEC (31ENE2013) e Informe , N° 000005-2013/DPV/GG/RENIEC (31ENE2013), emitidos por la Gerencia General y el Informe N° 001464-2013/ GAJ/RENIEC (09AGO2013), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: MORDAZA, 4 de setiembre de 2013 Que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el articulo 11° de la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el pais. Asimismo, esta autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la poblacion, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que los Articulos 11º y 13º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, senalan que cada oficina registral estara dotada de los mecanismos suficientes para atender a la poblacion, facultando al Jefe Nacional la decision sobre la creacion de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la poblacion o localidades donde no exista oficina registral; Que mediante los documentos de vistos la Jefatura Regional 13 ­ Pucallpa, comunica que la Municipalidad Distrital de Irazola solicita la creacion de una Oficina del RENIEC en el citado distrito, por lo que mediante Resolucion de Alcaldia N° 613-2012-ALC-MDI-SA (03OCT2012), ha afectado en uso a favor del RENIEC un area contigua a la Oficina de Rentas ubicada en el edificio de la Municipalidad de Irazola; situacion que beneficiaria a

El Peruano Jueves 5 de setiembre de 2013

una los habitantes del mencionado distrito, distribuidos en 03 Centros Poblados, 26 Juntas Vecinales, 48 Caserios, 08 Sectores, 02 Comunidades Nativas y 02 Barrios; Que mediante los documentos de vistos, la Gerencia General opina que resulta viable la instalacion de una Oficina del RENIEC en el distrito de Irazola, situacion que beneficiara no solo a ciudadanos que habitan en el citado distrito, sino tambien a quienes domicilian en distritos aledanos como el Pueblo de Monte MORDAZA Neshuya y MORDAZA Von Humboldt, los cuales tienen la condicion de extrema pobreza; Que la Gerencia de Operaciones Registrales mediante los documentos de vistos, senala que el ambiente cedido por la Municipalidad Distrital de Irazola se encuentra totalmente implementado para dar inicio a los servicios que brinda una Agencia RENIEC en el indicado distrito; Que en tal sentido, corresponde autorizar la apertura de la Agencia RENIEC en el distrito de Irazola, en los terminos recomendados por los organos competentes; Que se hace necesario difundir la presente Resolucion Jefatural, a traves de la correspondiente publicacion, para conocimiento de la ciudadania; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; el literal h) del articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 124-2013/JNAC/ RENIEC (10ABR2013); y lo dispuesto en el numeral 1 del articulo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la apertura de la Agencia Irazola, la cual se encuentra ubicada en el Jr. Saposoa s/n, del distrito Irazola, de la provincia de Padre MORDAZA, del departamento de Ucayali, a cargo de la Jefatura Regional 13 - Pucallpa de la Gerencia de Operaciones Registrales. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementacion de lo dispuesto en la presente Resolucion Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 983949-2 RESOLUCION JEFATURAL N° 275-2013/JNAC/RENIEC

VISTOS: El Informe N° 000123-2013/GOR/JR8AREQ/ RENIEC (20JUL2013), emitido por la Jefatura Regional 8 ­ MORDAZA de la Gerencia de Operaciones Registrales; la Hoja de Elevacion N° 000389-2013/GOR/RENIEC (23JUL2013), emitida por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Memorando N° 000420-2013/GG/RENIEC (31JUL2013), emitido por la Gerencia General, y el Informe N° 001481-2013/GAJ/RENIEC (13AGO2013), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el articulo 11° de la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC, tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el pais. Asimismo, esta autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la poblacion, creando las dependencias que fueren necesarias; Que en ese mismo sentido, los articulos 11° y 13° del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-98-PCM, establecen