Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2013 (05/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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13. Facultad de Ciencias de la Salud, con las carreras profesionales de: - Odontologia - Nutricion Humana 14. Facultad de Ingenieria Geologica y Metalurgica, con las carreras profesionales de: - Ingenieria Geologica - Ingenieria Metalurgica - Ingenieria Civil 15. Facultad de Ingenieria MORDAZA, con la MORDAZA profesional de: - Ingenieria MORDAZA 16. Facultad de Ingenieria Mecanica Electrica, Electronica y Sistemas, con las carreras profesionales de: - Ingenieria Mecanica Electrica - Ingenieria Electronica Articulo 2º.- Registrese oficialmente en la Asamblea Nacional de Rectores lo resuelto en el articulo precedente, asimismo, dispongase su difusion a las Areas del Registro Nacional de MORDAZA y Titulos y Carnes Universitarios de la Secretaria General y la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion de la Institucion, para los fines que dispone la Ley. Articulo 3º.- Publicar la presente resolucion en la pagina web de la Institucion y en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 982936-1

El Peruano Jueves 5 de setiembre de 2013

de esta MORDAZA concordar los requisitos minimos exigibles para el otorgamiento de MORDAZA y titulos universitarios y la unificacion de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho de cada universidad a establecer la curricula y requisitos adicionales propios; Que, por Resoluciones N° 102-96-CONAFU, de fecha 26 de MORDAZA de 1996, se autorizo el funcionamiento de la Universidad Alas Peruanas; N° 656-99-CONAFU, de fecha 22 de noviembre de 1999, se adecua a la citada MORDAZA superior de estudios al regimen de Sociedad Anonima en aplicacion del Decreto Legislativo Nº 882, Ley de Promocion de la Inversion en Educacion; y la Nº 531-2002-ANR, de fecha 05 de agosto de 2002, se institucionaliza; Que, mediante Resolucion Nº 737-2005-ANR, de fecha 05 de enero de 2005, la Asamblea Nacional de Rectores aprobo la creacion y funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Universidad Alas Peruanas; Que, teniendo en cuenta los alcances del primer considerando de la presente resolucion, el Rector y el Vicerrector de Investigacion y Posgrado de la Universidad Alas Peruanas, con sede central de funcionamiento en la MORDAZA de MORDAZA, elevan los oficios de vistos, a la Presidencia y Secretaria Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores, haciendo llegar documentacion correspondiente a la creacion y organizacion de los siguiente programas academicos de posgrado: I. SEGUNDAS ESPECIALIDADES o SEGUNDAS ESPECIALIZACIONES 1. Psicologia Clinica y de la Salud, mediante Resolucion N° 9261-2012-R-UAP, de fecha 05 de marzo de 2012, se ratifica su creacion y funcionamiento. 2. Psiconefrologia, ratificada la creacion y funcionamiento con la Resolucion N° 9262-2012-R-UAP, de fecha de 05 de marzo de 2012. 3. Psicooncologia con mencion en la Prevencion del Cancer, por Resolucion N° 9263-2012-R-UAP, de fecha de 05 de marzo de 2012, se ratifica su creacion y funcionamiento. 4. Psicologia Forense, se ratifica la creacion y funcionamiento por Resolucion N° 9259-2012-R-UAP, de fecha de 05 de marzo de 2012. 5. Psicologia de la Criminalidad, se ratifica la creacion y funcionamiento con la Resolucion N° 8890-2011-R-UAP, de fecha de 02 de noviembre de 2011. 6. Enfermeria Cuidado MORDAZA Infantil con mencion en Crecimiento y Desarrollo, ratificada la creacion y funcionamiento con Resolucion N° 9203-2012-R-UAP, de fecha 16 de febrero de 2012. 7. Atencion Obstetrica de la Emergencia y Cuidados Criticos, mediante Resolucion N° 9203-2012-R-UAP, de fecha 16 de febrero de 2012, es ratificada su creacion y funcionamiento. 8. Cuidado Enfermero del MORDAZA Critico con mencion en el Adulto, se ratifica la especialidad mediante Resolucion N° 9203-2012-R-UAP, de fecha 16 de febrero del 2012. 9. Obstetricia Familiar y Comunitaria, mediante la Resolucion N° 9203-2012-R-UAP, de fecha 16 de febrero de 2012, es ratificada dicha especialidad. 10. Cuidado MORDAZA Infantil con mencion en Neonatologia, con la Resolucion N° 8675-2011-R-UAP, de fecha 07 de setiembre de 2011, se ratifica su creacion y funcionamiento. 11. Salud Publica y Comunitaria con mencion en Cuidados en Salud Familiar, ratificada por Resolucion N° 8675-2011-R-UAP, de fecha 07 de Setiembre de 2011, su creacion y funcionamiento. 12. Cuidados del Enfermero en Nefrologia con mencion en Dialisis, ratificada la creacion y funcionamiento con Resolucion N° 8675-2011-R-UAP, de fecha 07 de setiembre de 2011. 13. Cuidado del Enfermero en Emergencias y Desastres, se ratifica la creacion del programa academico con Resolucion N° 8675-2011-R-UAP, de fecha 07 setiembre de 2011. 14. Odontologia Forense, mediante Resolucion N° 7304-2010-R-UAP, es ratificado dicho programa academico, de fecha 05 de agosto de 2010. 15. Medicina y Patologia Estomatologica, es ratificada su creacion y funcionamiento mediante Resolucion N° 73042010-RUAP, de fecha 05 de agosto de 2010.

Declaran que la Universidad Alas Peruanas ha cumplido lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creacion y funcionamiento de diversos programas academicos de posgrado
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1231-2013-ANR MORDAZA, 15 de agosto de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los oficios Nºs. 028-2012-R-UAP, de fecha 24 de MORDAZA de 2012, Nºs. 167, 180 y 207-2013-VIPG/UAP, de fechas 29 de MORDAZA, 09 y 23 de MORDAZA de 2013; informe Nº 1392013-DGDAC, de fecha 08 de MORDAZA de 2013; memorando Nº 782-2013-SE, de fecha 12 de MORDAZA de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de las atribuciones especificas e indelegables que estan establecidas en los incisos e) y f) del articulo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, la creacion de carreras, programas academicos y de MORDAZA especialidad acordados por una universidad requieren de la coordinacion previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores, asimismo, es atribucion