Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2013 (14/02/2013)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

487978

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de febrero de 2013

d) Ensenanza de las normas sobre clasificacion vehicular, caracteristicas y requisitos tecnicos vehiculares relativos a los vehiculos del servicio de transporte de personas e) Pesos y dimensiones vehiculares maximos permitidos para vehiculos de transporte de personas, tolerancias en el pesaje, bonificaciones y regimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Mecanica Automotriz avanzada segun la categoria del vehiculo que corresponda. g) Uso de la tecnologia aplicable al transporte de personas. Cursos especificos para realizar el transporte de mercancias: a) Urbanidad y trato con el publico. b) Principios de salud ocupacional aplicados al transporte. c) Ensenanza de las normas que regulan la prestacion de los servicios de transporte de mercancias. d) Ensenanza de las normas basicas sobre clasificacion vehicular; asi como caracteristicas y requisitos tecnicos vehiculares relativos a los vehiculos del transporte de mercancias. e) Pesos y dimensiones vehiculares maximos permitidos para vehiculos de transporte de mercancias, tolerancias en el pesaje, bonificaciones y regimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Manejo correcto de la carga. g) Mecanica Automotriz avanzada segun la categoria del vehiculo que corresponda. h) Ensenanza de normas tributarias sobre el uso de la guia de remision del transportista. i) Uso de tecnologia aplicable al transporte de mercancias. Articulo Segundo.- Declarar IMPROCEDENTE la propuesta del vehiculo de placa de rodaje ZIG - 392 por las razones ya expuestas en la parte considerativa de la Presente Resolucion Directoral. Articulo Tercero.- Aceptar el Desistimiento de la propuesta de los senores MORDAZA MORDAZA Ludena MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mautino, Roy MORDAZA MORDAZA Crespo y Milka Crespo Guardian propuestos como instructores teoricos de MORDAZA y la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA propuesta como Psicologa. Articulo Cuarto.- La Escuela de Conductores Integrales denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES Y SERVICIOS MULTIPLES CONTINENTAL SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, esta obligada a actualizar permanentemente la informacion propia de sus operaciones, a informar sobre sus actividades y aplicar el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, y los dispositivos legales que se encuentren vigentes. Articulo Quinto.- La Escuela autorizada debera colocar en un lugar visible dentro de su local una MORDAZA de la presente Resolucion Directoral, debiendo iniciar el servicio dentro de los sesenta (60) dias calendario, computados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- La Escuela autorizada debera presentar: a) En un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario de obtenida la autorizacion como Escuela de Conductores, su reglamento interno. b) En un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario de obtenida la autorizacion como Escuela de Conductores, presentara el original de la Carta Fianza Bancaria, conforme lo senala el numeral 43.6 del articulo 43º de El Reglamento, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. c) En un plazo no mayor de noventa (90) dias calendario de publicada la Resolucion Directoral que establece las caracteristicas especiales del circuito donde se realizaran las practicas de manejo, presentara MORDAZA de la Poliza de

Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo senala el literal e) numeral 43.4 del articulo 43.4 literal e) de El Reglamento, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. Articulo Septimo.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificacion, Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Octavo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; y encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Noveno.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicacion. Asimismo, se publicara en la pagina web del Ministerio la presente Resolucion y el horario propuesto por la empresa ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES Y SERVICIOS MULTIPLES CONTINENTAL SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 899635-1

Autorizan a la Escuela de Conductores Integrales E. MORDAZA Brevetes E.I.R.L. a impartir cursos de capacitacion para obtener licencia de conducir
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 225-2013-MTC/15 MORDAZA, 11 de enero de 2013 VISTO: El Parte Diario Nº 146814, presentado por la empresa denominada E. MORDAZA BREVETES EIRL; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el articulo 51º del referido texto legal, que senala los requisitos documentales; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 397-2011MTC/15 de fecha 03 de febrero de 2011, se autorizo a la empresa denominada E. MORDAZA BREVETES EIRL, con RUC Nº 20491697955 y con domicilio en MORDAZA Tchaikowski Nº 430, Urb. MORDAZA, Provincia de MORDAZA y Departamento de La MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir;