Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2013 (14/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

487981

Derogan la R.M. Nº 074-2011-VIVIENDA y aprueban el Sistema Constructivo No Convencional "EVG-3D"
RESOLUCION MINISTERIAL N° 027-2013-VIVIENDA MORDAZA, 1 de febrero de 2013 VISTOS: El Informe Nº019-2012-VIVIENDA-SENCICO 09.02, el Acta XI de la Sesion de la Comision de Evaluacion de Sistemas Constructivos no Convencionales de SENCICO, el Oficio Nº 0110-2012-VIVIENDA/SENCICO-02.00 e Informes Nº 84-2012-VIVIENDA-VMCS/DNC-DEN, Nº029-2012-VIVIENDA-VMCS/DNC-JMG y Nº 155-2012VIVIENDA-VMCS/DNC, y; CONSIDERANDO: Que, segun se desprende del Decreto Supremo Nº 010-71-VI, las personas naturales y juridicas que posean o presenten sistemas de prefabricacion de viviendas y los de construccion no convencional cualquiera sea su naturaleza, deberan obtener previamente a su utilizacion, en cualquier lugar del MORDAZA, la aprobacion y autorizacion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - MVCS; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 145, Ley del Instituto Nacional de Investigacion y Normalizacion de la Vivienda (ININVI), modificado por el Decreto Legislativo Nº 582, se dispuso en el articulo 7 literal c) que corresponde al ININVI proponer para su aprobacion por el Ministerio de Vivienda y Construccion, la utilizacion de sistemas de construccion no convencionales; Que, con fecha 19 de junio de 1995, se publico el Decreto Supremo Nº 08-95-MTC, en el cual se dispuso la fusion del ININVI al SENCICO, estableciendose que a partir de la vigencia de la MORDAZA mencionada, el SENCICO asumia entre otras las funciones del ININVI; Que, de conformidad con la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del MVCS, el SENCICO, es un Organismo Publico adscrito al MVCS, cuyo funcionamiento esta regulado por su Ley de Organizacion y Funciones aprobado por el Decreto Legislativo Nº 147; por su Estatuto aprobado por Decreto Supremo Nº 0322001-MTC y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion del Presidente del Consejo Directivo Nacional Nº 017-2001-02.00; Que, de acuerdo al Reglamento para la Aprobacion de Utilizacion de Sistemas Constructivos No Convencionales, aprobado por el Consejo Directivo Nacional de SENCICO en Sesion 948 del 28 de noviembre de 2007, esa entidad a traves de la Gerencia de Investigacion y Normalizacion debe emitir el informe favorable proponiendo al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la aprobacion de los sistemas constructivos no convencionales; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 074-2011VIVIENDA del 15 de marzo de 2011, se aprobo el Sistema Constructivo No Convencional denominado "EVG-3D" presentado por la empresa EVG INC. (ENTWICKLUNGSUND VERWERTUNGS GESELLSCHAFT M.B.H.) para dos (02) pisos, el mismo que debe ser utilizado conforme y con las limitaciones establecidas en la Memoria Descriptiva del Expediente Tecnico, que forma parte integrante de la citada resolucion; Que, posteriormente, la referida empresa presento al SENCICO la solicitud de ampliacion del sistema constructivo no convencional EVG-3D, en edificaciones de hasta cinco (5) pisos de altura; Que, mediante Informe Nº 019-2012-VIVIENDASENCICO 09.02, el Jefe de Normalizacion del SENCICO senalo entre otros que, el Sistema Constructivo No Convencional denominado "Aplicacion del Sistema Constructivo no convencional EVG-3D, en edificaciones de hasta dos (2) pisos autorizado mediante Resolucion Ministerial Nº 074-2011-VIVIENDA esta inmerso dentro del sistema materia de evaluacion, razon por la cual el Sistema Constructivo No Convencional en analisis reemplazaria al Sistema Constructivo No Convencional aprobado mediante

la citada Resolucion, con las limitaciones establecidas en la Memoria Descriptiva respectiva; Que, de la revision del expediente correspondiente a la solicitud de aprobacion del sistema constructivo no convencional denominado "Aplicacion del Sistema Constructivo no convencional EVG-3D, en edificaciones de hasta cinco (5) pisos", se advierte que cuenta con la opinion tecnica favorable emitida por el SENCICO, de acuerdo al Informe Nº019-2012-VIVIENDA-SENCICO 09.02 y el Acta XI Sesion de la Comision de Evaluacion de Sistemas Constructivos no Convencionales; asi como los Informes Nº155-2012-VIVIENDA-VMCS/ DNC, Nº 029-2012-VIVIENDA-VMCS/DNC-JMG y Nº 84-2012-VIVIENDA-VMCS/DNC-DEN, emitidos por la Direccion Nacional de Construccion del MVCS, teniendo en consideracion las limitaciones contenidas en la Memoria Descriptiva correspondiente emitida por SENCICO; Que, habiendose cumplido con las disposiciones tecnicas de la materia y siendo que dentro del sistema propuesto se encuentra comprendido el Sistema Constructivo no convencional EVG-3D, en edificaciones de hasta dos (02) pisos, resulta procedente derogar la Resolucion Ministerial Nº 074-2011-VIVIENDA y aprobar el MORDAZA sistema constructivo no convencional denominado "Aplicacion del Sistema Constructivo no convencional EVG-3D, en edificaciones de hasta cinco (5) pisos", con una vigencia de aprobacion de diez (10) anos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley No. 27792, Ley de Organizacion y Funciones del MVCS; el Decreto Supremo No. 002-2002-VIVIENDA, Reglamento de Organizacion y Funciones del MVCS; el Decreto Supremo Nº 010-71-VI y el Decreto Supremo Nº 08-95-MTC que dispone la fusion del ININVI al SENCICO; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Derogacion de la Resolucion Ministerial Nº 074-2011-VIVIENDA Deroguese la Resolucion Ministerial Nº 074-2011VIVIENDA que aprobo el Sistema Constructivo No Convencional denominado "EVG-3D" presentado por la empresa EVG INC. (ENTWICKLUNGS-UND VERWERTUNGS GESELLSCHAFT M.B.H.) en edificaciones de hasta dos (02) pisos, de acuerdo a los considerandos expuestos en la presente Resolucion. Articulo 2º.- Aprobacion del Sistema Constructivo No Convencional EVG-3D Aprobar el Sistema Constructivo No Convencional "EVG3D", denominado "Aplicacion del Sistema Constructivo no convencional EVG-3D, en edificaciones de hasta cinco (5) pisos",presentadoporlaempresaEVGINC.(ENTWICKLUNGS UND VERWERTUNGS-GESELLSCHAFT M.B.H.), conforme a la Memoria Descriptiva que forma parte integrante de la presente Resolucion, con una vigencia de diez (10) anos desde la fecha de aprobacion de la presente. Articulo 3º.- Limitaciones Tecnicas La utilizacion del Sistema Constructivo No Convencional EVG-3D, estara limitado a las especificaciones tecnicas contenidas en la Memoria Descriptiva del sistema aprobado. Articulo 4º.- Publicacion Publiquese la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y la Memoria Descriptiva del sistema constructivo no convencional EVG-3D, denominado "Aplicacion del Sistema Constructivo no convencional EVG-3D, en edificaciones de hasta cinco (5) pisos" en los Portales Electronicos Institucionales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www. vivienda.gob.pe) y del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO (www. sencico.gob.pe), en ambos casos en la misma fecha de la publicacion de la citada Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 900534-3