Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2013 (24/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano Sabado 24 de agosto de 2013

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si al procesado amerita abrirle MORDAZA civil o penal de acuerdo a los considerandos de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

intereses del Estado y emplear austeramente los recursos publicos. - Haber causado un perjuicio a la colectividad, toda vez que, el Proyecto Bethania es una obra para el servicio publico, con el cual se iban a beneficiar los pobladores del Distrito de El MORDAZA y publico en general, causando con su decision malestar entre los pobladores y de todos los trabajadores que laboran en esta Entidad., violando con su accionar lo dispuesto por el articulo 28º inciso e) del Decreto Legislativo Nº 276, impedir el funcionamiento del servicio publico. Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos al culminar la etapa de Evaluacion y Conclusiones, establece que en funcion a lo establecido por el articulo 150 y 151 inciso a), b) y e) del D. S. Nº 005-90-PCM "Reglamento de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico" considera que la conducta mostrada por el servidor Municipal don MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha violado el Art. 126º del D. S. Nº 005-90-PCM "Reglamento de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico" cometiendo falta grave al haber sorprendido con su conducta manifiesta a la administracion de la Municipalidad de El MORDAZA indicando que desactivo el Proyecto a tenor de la MORDAZA, faltando a la verdad ocultando informacion y actuando negligentemente, con ello a perjudicado al Estado y a la poblacion del Distrito de El MORDAZA que se iba a beneficiar con dicho proyecto, mostrando con ello Ineficiencia o Ineptitud comprobada para el desempeno del cargo, tal y conforme lo establece el Decreto Legislativo 276 en su articulo 35º inciso d) causa justificada para el cese definitivo del servidor. Que, estando a lo propuesto por la Comision Permanente de Procesos Administrativos y resguardando los principios de Legalidad, Razonabilidad, Tipicidad y Causalidad, es pertinente la aplicacion de la sancion disciplinaria referida en el inciso d) del Art. 26º y inciso d) del Art. 35º del Decreto Legislativo Nº 276 " Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico" , concordante con lo precisado en el inciso d) del Art. 155º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Art. 242º de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", precisa que la Presidencia del Concejo de Ministros conduce en forma permanente un Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y despido que se hayan aplicado a cualquier autoridad o personal al servicio de la Entidad; independientemente de su Regimen Laboral contractual, con el objeto de impedir su reingreso a cualquiera de las Entidades por un plazo de cinco (05) anos; siendo en este contexto necesario remitir la informacion necesaria a dicha Entidad para los fines de Ley; En uso de sus facultades que le confiere el inciso 6) del Art. 20º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades" ; Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico" ; del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM "Reglamento de la MORDAZA Administrativa", la Resolucion Directoral Nº 002-2009-EF/68.01, la MORDAZA aplicable que corresponde en este caso por falta grave implica como sancion la destitucion del cargo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA a tenor de lo dispuesto por el inciso a), b) y d) del Art. 21º; inciso d) del Art. 26º ; inciso a), d) y e) del Art.28º, Art. 35 inciso d) del Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa" en concordancia con el Art. 150º, incisos a), b) y e) del art. 151º, 153º, b) y c) art. 154º, inciso d) del 155º y 159º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM "Reglamento de la MORDAZA Administrativa" en donde se establece que la comision de falta grave es causa MORDAZA de despido en relacion a la conducta manifiesta del servidor. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Imponer la sancion de Destitucion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, servidor Municipal, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas, Sub-Gerencia de Recursos Humanos y Secretaria General el cumplimiento de la presente Resolucion; debiendose remitir MORDAZA del presente Acto Administrativo a la Presidencia del Consejo de Ministros, conforme a Ley. Articulo Tercero.- Remitir los actuados al Procurador Publico de la Municipalidad de El MORDAZA para evaluar

979255-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Disponen reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignacion de Personal y actualizacion del Manual de Organizacion y Funciones de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 206
San MORDAZA, 21 de Agosto de 2013 EL MORDAZA DE SAN MORDAZA VISTO: El Informe Nº 340-2012-500-GPPDC/MSI emitido por la Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Desarrollo Corporativo de fecha 13 de agosto de 2013; CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza N° 287-MSI se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal de la Municipalidad de San Isidro; Que, en el articulo 13° "Reordenamiento de Cargos" de los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Cuadro para la Asignacion de Personal, aprobados por el Decreto Supremo 043-2004-PCM, se senala que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP que se genere por la eliminacion y creacion de cargos, que no incidan en un incremento del Presupuesto Analitico de Personal ­ PAP de la entidad, no requerira de un MORDAZA MORDAZA de aprobacion del CAP y que el reordenamiento de cargos podra aprobarse mediante resolucion o dispositivo legal que corresponda al Titular de la Entidad; Que, mediante Memorando Nº 296-2013-0200-GM/ MSI de fecha 25 de MORDAZA de 2011, la Gerencia Municipal ha informado de la necesidad de reasignacion de plazas a la Gerencia Municipal a fin de cumplir con los lineamientos y politicas de la Alta Direccion; Que, mediante Memorando Nº 972-2013-0900GRH/MSI de fecha 07 de agosto de 2013, la Gerencia de Recursos Humanos ha informado que de acuerdo al Cuadro Nominativo de Personal de la MSI, se encuentra disponible (previsto y habilitada) la Plaza Nº 143 Cargo de Tecnico Administrativo de la Subgerencia de Catastro Integral, la Nº 169 Cargo de Tecnico Administrativo de la Subgerencia de Servicios a la MORDAZA y la Plaza N° 206 de Asesor I de la gerencia de Fiscalizacion las cuales se podran utilizar; Que, segun lo senalado en el Informe Nº 340-2013500- GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, la Subgerencia de desarrollo Corporativo adjunta informe tecnico sustentatorio informando que el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP vigente, cuenta con el Cargo Nº 143 de clasificacion SP-ES de Tecnico Administrativo de la Subgerencia de Catastro Integral, Cargo Nº 169 de clasificacion SP-ES de Tecnico Administrativo de la Subgerencia de Servicios a la MORDAZA y Cargo N° 206 de Asesor I clasificacion EC de la Gerencia de Fiscalizacion, que de acuerdo a lo solicitado podran ser utilizados en el reordenamiento de cargos; Que, mediante Informe Nº 1396-2013-0400-OAJ/MSI, la Oficina de Asesoria Juridica da su opinion favorable;