Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2013 (24/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Decreto de Alcaldia Nº 004 de fecha 15 de MORDAZA de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 004 de fecha 15 de MORDAZA de 2013, publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 24 de MORDAZA del presente ano, se autorizo la realizacion del Matrimonio Civil Comunitario por el 192º Aniversario de la Creacion Politica del Distrito de Ate; asimismo, en su Art. 3º se establece como pago por derecho de Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 50.00 (Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles) por pareja; indicando los requisitos exigibles; en su Art. 4º se dispensa la publicacion de los Edictos Matrimoniales de los contrayentes, en virtud de lo senalado por el Art. 252º del Codigo Civil y en su Art. 5º se senala el cronograma de inscripcion y se indica como fecha de Celebracion del Matrimonio Civil Comunitario, el dia MORDAZA 25 de Agosto de 2013, a horas 12:00 del mediodia en la Plaza de MORDAZA del Distrito de Ate; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.- MODIFICAR; el articulo 5º del Decreto de Alcaldia Nº 004 de fecha 15 de MORDAZA de 2013, respecto al lugar donde se llevara a cabo la Ceremonia del Matrimonio Civil Comunitario 2013; quedando establecido el texto del referido articulo como sigue: "Articulo 5º.- ESTABLECER ... CEREMONIA: - Celebracion del Matrimonio Civil Comunitario, MORDAZA 25 de agosto del 2013, a horas 12:00 del mediodia en las instalaciones del Restaurant Turistico MORDAZA REAL, ubicada en Carretera Central S/N KM. 11.5 - Comunidad de MORDAZA MORDAZA (Costado Grifo MORDAZA Clara) del Distrito de Ate-Lima-Lima". Articulo 2º.- RATIFICAR; todo lo demas establecido en el Decreto de Alcaldia Nº 004 de fecha 15 de MORDAZA de 2013. Articulo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal, Secretaria General, Oficina de Registro Civil, Gerencia de Tecnologias de la Informacion y a la Secretaria de Imagen Institucional y Comunicaciones; la coordinacion, divulgacion general y otras acciones que MORDAZA necesarias. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA

El Peruano Sabado 24 de agosto de 2013

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Distrital de Chorrillos en Sesion Ordinaria de fecha 18 de MORDAZA del 2013. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades Distritales y Provinciales son organos de Gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo establecido en el Articulo 74º de la Ley 29792, las municipalidades ejercen de manera exclusiva o compartida una funcion normativa y reguladora, asi como las de ejecucion de fiscalizacion y control, en las materias de su competencia. En base a dicha finalidad, la Ley Organica de Municipalidades como MORDAZA de desarrollo constitucional, precisa aquellas competencias otorgadas, estableciendo para tal efecto, el articulo 81º numeral 3.2 como funciones especificas compartidas de las municipalidades distritales en materia de MORDAZA, Vialidad y Transporte Publico el otorgar licencias para la circulacion de vehiculos menores y demas, de acuerdo con lo establecido en la regulacion provincial. Que, mediante Ordenanza Nº 191-MDCH y su modificatoria Ordenanza Nº 210-MDCH se regula el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores en el distrito de Chorrillos, disponiendose en su articulo 11º numeral 4) que el servicio publico se realizara con los vehiculos debidamente pintados con los MORDAZA autorizados por la municipalidad de manera uniforme; techo y puertas color MORDAZA, la carroceria color MORDAZA, hecho que se ha constatado no se viene cumpliendo por cuanto se ha verificado de que existen unidades que tienen la parte trasera del mototaxis pintado de otro color. Que, precisamente las referidas Ordenanzas en su novena Disposicion Final y Transitoria aprueba el cuadro de Sanciones, sin embargo resulta pertinente sancionar como falta grave el circular en el distrito de Chorrillos sin contar con los MORDAZA senalados en el articulo 11º numeral 4) de la Ordenanza Nº 191-MDCH, estableciendo el monto de sancion en base a la UIT; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º y del articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; el Concejo por MAYORIA y, con la dispensa del tramite de aprobacion del acta, ha aprobado la siguiente ORDENANZA: Articulo Primero.- ESTABLECER como falta grave de los Vehiculos Menores (Mototaxis), el circular en el distrito de Chorrillos sin contar con los MORDAZA senalados en el articulo 11º numeral 4) de la Ordenanza Nº 191-MDCH; hecho que sera sancionado con el 70% de la UIT, teniendo como sancion adicional o complementaria la suspension del servicio de acuerdo a lo establecido en el articulo 49 inciso 2) de la Ordenanza Nº 191-MDCH y su Modificatoria Ordenanza Nº 210-MDCH. Los transportistas conductores que reinciden seran sancionados con 1 (UNA) UIT. Articulo Segundo.- FACULTAR al senor MORDAZA a fin de que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias que fueran necesarias para la Adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- DEROGAR cualquier disposicion que se oponga a la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- DISPONER su publicacion en el Diario Oficial El Peruano asi como en el MORDAZA Institucional. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA

979243-1

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Establecen como falta grave de los Vehiculos Menores (Mototaxis) el circular en el distrito sin los MORDAZA senalados en la Ordenanza Nº 191-MDCH
ORDENANZA Nº 236-MDCH
Chorrillos, 18 de MORDAZA del 2013

979104-1