Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2012 (25/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

477196
GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS

NORMAS LEGALES
120 407 441,00 ---------------------120 407 441,00 =============

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de octubre de 2012

1.2. Los Pliegos habilitados en la seccion MORDAZA del presente articulo y los montos de transferencia por Pliego y proyecto, se detallan en el Anexo I "Transferencia de Partidas para el financiamiento de Proyectos de Inversion Publica de Infraestructura Urbana", el Anexo II "Transferencia de Partidas para el financiamiento de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento Urbano" y en el Anexo III "Transferencia de Partidas para el financiamiento de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento Rural", que forman parte integrante del presente Decreto Supremo y se publican en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente norma. Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el articulo 1° del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Plazo para el inicio del MORDAZA de seleccion Los Pliegos habilitados senalados en los Anexos I, II y III del presente Decreto Supremo, iniciaran el MORDAZA de seleccion para la ejecucion del proyecto a su cargo, de acuerdo al plazo establecido en sus respectivos Convenios. Articulo 5.- Informacion Los Pliegos habilitados informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los Convenios correspondientes, para efectos de las acciones de verificacion y seguimiento a que se refiere el articulo 11° de la Ley N° 29812. Articulo 6.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de octubre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 858887-3

Autorizan Transferencia de Partidas del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para el financiamiento de proyectos de inversion publica de saneamiento MORDAZA y saneamiento rural
DECRETO SUPREMO Nº 215-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion del Ministerio disenar, normar y ejecutar la politica nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento; asi como, ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, el numeral 8.3 del articulo 8º de la Ley Nº 29914, Ley que Establece Medidas en Materia de Gasto Publico, autoriza al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los gobiernos locales, hasta por un plazo que no exceda los cuarenta y cinco dias calendario contados a partir de la entrada en vigencia de dicha Ley; precisando que la transferencia de partidas se realiza mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro del sector respectivo, debiendo sujetarse a los procedimientos establecidos en el articulo 11º de la Ley 29812, segun corresponda; Que, el numeral 11.1 del articulo 11º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, establece que en el Ano Fiscal 2012 los recursos publicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio. Asimismo, el numeral 11.2 del citado dispositivo, establece que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversion publica deben contar con viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP); Que, mediante los Memorandums Nº 10342012/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, y Nº 360-2012/ VIVIENDA/VMCS/PNSR/DE, los Directores Ejecutivos de los Programas Nacionales de Saneamiento MORDAZA y Saneamiento Rural, del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, solicitan gestionar el dispositivo de aprobacion que autorice una Transferencia de Partidas, del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento MORDAZA, a favor de la Municipalidad Provincial de Huarmey, la Municipalidad Distrital de MORDAZA, la Municipalidad Distrital de Eten, la Municipalidad Distrital de MORDAZA y la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, hasta por la suma de S/. 10 780 975,00 (DIEZ MILLONES SETECIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinada al financiamiento de 05 proyectos de inversion publica de saneamiento urbano; los cuales se encuentran declarados viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP, y cuentan con los respectivos Convenios suscritos con la Unidad Ejecutora respectiva y, de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, a favor de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, la Municipalidad Distrital de Manseriche y la Municipalidad Provincial de MORDAZA, hasta por la suma de S/. 6 443 851,00 (SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinada al financiamiento de la ejecucion de 04 proyectos de inversion publica de saneamiento rural, respectivamente, los cuales se encuentran declarados