Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2012 (25/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de octubre de 2012

seran pagados semestralmente, calculados a partir de la fecha del primer desembolso. Articulo 2º.- Aprobacion y condiciones de la operacion de administracion de deuda 2.1 Apruebese la operacion de administracion de deuda de las obligaciones que se generen de la operacion de endeudamiento interno que se aprueba en el articulo 1º de este decreto supremo, bajo la modalidad de refinanciacion, a traves de la emision y colocacion del MORDAZA Soberano con vencimiento el 12 de agosto de 2026, cuya emision se aprueba en el articulo siguiente. 2.2 La Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, efectuaran la conciliacion del monto desembolsado con cargo a la operacion de endeudamiento que se aprueba mediante el articulo 1º del presente decreto supremo. Efectuada la conciliacion del monto total desembolsado, se determinara, de acuerdo con lo establecido en el respectivo Contrato de Prestamo, la cantidad de bonos soberanos que seran entregados al Banco de la Nacion. 2.3 El presente articulo entrara en vigencia el 04 de MORDAZA de 2017. Articulo 3º.- De la emision de bonos soberanos 3.1 Apruebese la emision interna de bonos hasta por S/. 606 750 133,00 (SEISCIENTOS SEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO TREINTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES), la cual forma parte de la operacion de administracion de deuda a que se refiere el articulo precedente, cuyas caracteristicas seran como se detalla a continuacion: Monto a emitir : Hasta por S/. 606 750 133,00 (Seiscientos Seis millones Setecientos Cincuenta mil Ciento Treinta y Tres y 00/100 Nuevos Soles). : S/. 1 000,00 (Un Mil Nuevos Soles) El monto que corresponde a las fracciones del MORDAZA sera cancelado por la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, en la fecha de colocacion del MORDAZA Soberano con vencimiento el 12 de agosto de 2026. : Nuevos Soles : 8,20% nominal anual fija. : Libremente negociables : Oferta privada al Banco de la Nacion

General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar las citadas operaciones, y las que se requieran para implementar la emision del MORDAZA a que se refiere el Articulo 3° de la presente MORDAZA legal. Articulo 6º.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la operacion de endeudamiento interno y de administracion de deuda que se aprueban mediante los articulos 1º y 2° del presente decreto supremo, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda publica. Articulo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de octubre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

858318-4

Valor Nominal

Modifican anexo de la R.D. Nº 025-2012EF/50.01 mediante la cual se aprobaron los resultados de la evaluacion del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 027-2012-EF/50.01
MORDAZA, 24 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29332 y modificatoria, se regula el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal, disponiendose en su articulo 1º numeral 1.1 que este tiene por objeto incentivar a los Gobiernos Locales a mejorar los niveles de recaudacion de los tributos municipales, la ejecucion del gasto en inversion y la reduccion de los indices de desnutricion cronica infantil a nivel nacional; Que, mediante la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, en su novena disposicion complementaria final incorpora en el articulo 1° del parrafo 1.1 de la Ley N° 29332 y modificatoria, como parte de los objetivos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal, el que en adelante se denominara "Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal", la simplificacion de tramites, la mejora en la provision de servicios publicos y la prevencion de riesgos; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2012, el cual dispone en su articulo 6º que las Municipalidades deben de cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos del Plan de Incentivos; asimismo, en el Anexo N° 02 del mencionado Decreto Supremo Nº 004-2012-EF se establecen dieciseis (16) metas que deben cumplir las municipalidades al 31 de MORDAZA del ano 2012, las cuales de acuerdo al articulo 8º, numeral 8.1 de los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del referido Plan, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, seran evaluadas por la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas;

Moneda Tasa Cupon Negociabilidad de los bonos Modalidad de colocacion

Fecha de colocacion : 04 de MORDAZA de 2017 Registro : Mediante anotacion en cuenta en CAVALI S.A ICLV y listado en la Bolsa de Valores de MORDAZA

3.2 Las caracteristicas adicionales de la citada emision interna se ajustaran a lo dispuesto en el Reglamento de la Emision y Colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA Interno, vigente a la fecha de dicha emision. 3.3 El presente articulo entrara en vigencia el 04 de MORDAZA de 2017. Articulo 4º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del proyecto "Recuperacion del Servicio de Instruccion Basica de Vuelos con Aeronaves de Ala Fija en la FAP ­ Grupo Aereo Nº 51 en la Base Aerea FAP Cap. FAP MORDAZA MORDAZA Olivera" sera el Ministerio de Defensa. Articulo 5º.- Suscripcion de documentos Autoricese al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de la operacion de endeudamiento interno y de administracion de deuda que se aprueba en los articulos 1º y 2° de este decreto supremo; asi como al Director General de la Direccion