Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2012 (25/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES
Fecha: Del 23.10.12 al 23.12.12 Horario: Las 24 horas.

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de octubre de 2012

Que, la Ordenanza Nº 812-MML, MORDAZA que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones y la Estructura Organica de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, preceptua en su articulo 6º sustituir en toda disposicion legal emitida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA los nombres de las Unidades Organicas establecidas por los Edictos Nº 021 y 250 y sus modificatorias, por los nombres de las Unidades Organicas del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima; en consecuencia, se sustituye la denominacion "Direccion de Supervision de Obras Viales" por la de "SUBGERENCIA DE INGENIERIA DEL TRANSITO"; Que, el articulo 97º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA establece que la Gerencia de Transporte MORDAZA, es el organo de linea responsable de formular, evaluar, conducir y supervisar los procesos de regulacion del transporte regular y no regular, de MORDAZA y uso especial de las vias en el ambito de la provincia de MORDAZA, dentro del MORDAZA de los dispositivos legales aplicables; asimismo, el numeral 2 del articulo 106° del citado reglamento dispone que son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Ingenieria del Transito: "Planificar, regular y gestionar el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos"; Que, de acuerdo con el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ­ T.U.P.A. ­ vigente, aprobado mediante Ordenanza Nº 1334-MML y sus modificatorias, en concordancia con lo dispuesto en la Ordenanza Nº 812-MML y modificatorias, el organo competente para autorizar la interferencia temporal del MORDAZA vehicular y/o peatonal en la via publica es la Subgerencia de Ingenieria del Transito; Que, segun Informe Tecnico Nº 493-12-MML/GTU-SITrca de fecha 22 de octubre de 2012, se concluye que es PROCEDENTE lo solicitado por la EMPRESA MUNICIPAL ADMINISTRADORA DE PEAJE DE MORDAZA - EMAPE debido a que cumple con los requisitos minimos establecidos en el T.U.P.A. Asimismo, a fin de regular y otorgar la seguridad al MORDAZA vehicular que se desplazara por las vias consideradas dentro del Plan de Desvio para la ejecucion de la Obra "Mantenimiento de Vias", es necesario emitir MORDAZA MORDAZA de restriccion que elimine la ocupacion indebida de la calzada de algunas vias comprendidas en el distrito de La Victoria; por lo que corresponde declarar zonas rigidas las vias de la parte resolutiva. Que, de conformidad con la Ley Organica de Municipalidades, Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444 y las Ordenanzas Nº 812-MML, 059-MML y 1334-MML; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la EMPRESA MUNICIPAL ADMINISTRADORA DE PEAJE DE MORDAZA - EMAPE, para interferir temporalmente el MORDAZA debido a la ejecucion de la obra "Mantenimiento de Vias", en el distrito de La MORDAZA, en las siguientes vias: - Av. Aviacion ambos sentidos, desde Av. MORDAZA Barranca hasta Av. 28 de Julio. - Jr. Pisagua, desde Av. Bausate y MORDAZA hasta Av. 28 de Julio. - Jr. 3 de Febrero, desde Av. Bausate y MORDAZA hasta Av. 28 de Julio. - Av. San MORDAZA, desde Av. MORDAZA Barranca hasta Av. 28 de Julio. - Av. Bausate y MORDAZA, desde Av. Aviacion hasta Av. Mexico. Interferencia: Cierre Total Desvio (N-S): Su ruta ...Av. 28 de MORDAZA ­ Jr. Parinacochas - Av. MORDAZA La Catolica ­ Av. Aviacion...su ruta Desvio (S-N): Su ruta ...Av. San MORDAZA ­ Av. MORDAZA La Catolica ­ Prlg. Jr. Huanuco...su ruta Desvio Transporte Pesado: Su ruta ...Av. Mexico ­ Prlg. Jr. Huanuco...su ruta - Av. MORDAZA, desde Av. San MORDAZA hasta Av. MORDAZA Barranca Interferencia: Cierre Total Desvio: Su ruta ...Jr. MORDAZA Barranca ­ Av. San MORDAZA ­ Jr. MORDAZA Barranca ...su ruta

Articulo Segundo.- La presente autorizacion se emite para la interferencia de vias, no autoriza la ejecucion de obras, por lo que la EMPRESA MUNICIPAL ADMINISTRADORA DE PEAJE DE MORDAZA - EMAPE, debera de obtener los permisos correspondientes ante las autoridades competentes, para proceder con la ejecucion de la obra. Articulo Tercero.- La EMPRESA MUNICIPAL ADMINISTRADORA DE PEAJE DE MORDAZA - EMAPE, debera coordinar que cada punto de control cuente con el servicio permanente de la Policia Nacional del Peru (Policia de Transito), durante las 24 horas, a fin de garantizar la viabilidad y evitar el congestionamiento vehicular. - Av. 28 de MORDAZA interseccion Av. San MORDAZA - Av. 28 de MORDAZA interseccion Av. Aviacion - Av. 28 de MORDAZA interseccion Prlg. Jr MORDAZA - Prlg. Jr MORDAZA interseccion Av. Bausate y MORDAZA - Prlg. Jr MORDAZA interseccion Av. MORDAZA La Catolica - Prlg. Jr MORDAZA interseccion Av. Mexico - Av. Mexico interseccion Av. Aviacion - Av. Mexico interseccion Av. San MORDAZA - Av. Mexico interseccion Av. San MORDAZA - Av. Mexico interseccion Av. Bausate y MORDAZA - Av. MORDAZA La Catolica interseccion Av. Aviacion - Av. MORDAZA La Catolica interseccion Av. San MORDAZA - Av. San MORDAZA interseccion Jr. MORDAZA Barranca - Jr. MORDAZA Barranca interseccion Av. Aviacion - Av. MORDAZA interseccion Jr. MORDAZA Barranca Articulo Cuarto.- Queda prohibido el estacionamiento vehicular en la calzada de las vias en mantenimiento a que se refiere el articulo Primero. Articulo Quinto.- Declarar temporalmente MORDAZA RIGIDA, prohibiendo el estacionamiento vehicular en ambos lados de la calzada de las vias contempladas en el Articulo Primero (Vias de Desvios), las que seran implementadas por la EMPRESA MUNICIPAL ADMINISTRADORA DE PEAJE DE MORDAZA - EMAPE. Articulo Sexto.- La interferencia de via que se autoriza debera realizarse respetando estrictamente las normas de seguridad y la senalizacion vertical preventiva e informativa para obra. Dicha senalizacion vertical debera contemplar los MORDAZA, tamanos de las letras y el MORDAZA de material a utilizar de acuerdo con el Manual de Dispositivos de Control de MORDAZA para Calles y Carreteras aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 210-20000-MTC y Resolucion de Gerencia Nº 165-2011-MML/GTU. Las senales reflectivas deberan ser colocadas en las via de alternativa de desvio y vias transversales aprox. a 800 m y 500 m MORDAZA del inicio de la obra y a lo largo de esta cada 50 m, una detras de otra en forma de zigzag, debiendo ubicar las senales de acuerdo a lo indicado en los planos de Modelo 3 de la Resolucion de Gerencia Nº 165-2011MML/GTU. Asimismo, debera cercarse o dividirse la MORDAZA de trabajo utilizando conos, mallas, cintas de seguridad y/o reflectivas, parantes perimetricos, cilindros, lamparas de destello, entre otros elementos. En el caso de interferir las veredas debera habilitarse senderos peatonales y puentes a fin de garantizar la circulacion de los peatones. La eliminacion del desmonte debera realizarse diariamente en horario nocturno o fuera de las horas punta, debiendo estacionarse el vehiculo en una MORDAZA adecuada, con el fin de evitar alteraciones y/o interferencias al MORDAZA (peatonal y/o vehicular). debiendo mantener debidamente senalizadas las areas de trabajo, haciendose responsable por cualquier accidente o danos a terceros que se pudieran generar debido a la falta de senalizacion y/o por la disposicion inapropiada de materiales dentro del perimetro de la obra. Articulo Septimo.- La EMPRESA MUNICIPAL ADMINISTRADORA DE PEAJE DE MORDAZA - EMAPE queda obligado a cumplir en todo momento con mantener debidamente senalizadas las areas de trabajo, haciendose responsable por cualquier accidente o danos a terceros que se pudiera generar debido a la falta de senalizacion y/o por la disposicion inapropiada de materiales dentro del perimetro de la obra. Articulo Octavo.- La EMPRESA MUNICIPAL ADMINISTRADORA DE PEAJE DE MORDAZA - EMAPE, durante las horas que no se encuentre trabajando o ejecutando la obra, debera de habilitar la via dejandola libre de obstaculos (zanja abierta, material, equipos u otros)