Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2012 (25/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

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h) Coordinar la implementacion del sistema de informacion sobre legislacion, jurisprudencia y demas acciones y decisiones relevantes en materia de relaciones de consumo, comprendiendo a todos los integrantes del Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor; i) Coordinar con el Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor la implementacion del sistema de alerta y actuacion oportuna frente a los productos y servicios peligrosos que se detecten en el mercado; j) Proponer al Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor el proyecto del Informe Anual del estado de la proteccion de los consumidores en el MORDAZA, para su formulacion, MORDAZA y actualizacion, conforme a lo establecido en el inciso h) del articulo 136º del Codigo de Proteccion y Defensa del Consumidor, asi como sus indicadores y un Plan de Accion para la solucion de los problemas de consumo identificados en dicho informe; k) Proponer al Consejo Directivo del INDECOPI, previa aprobacion del Consejo Nacional de Proteccion del Consumidor, las directivas que se requieran para la operatividad del Sistema Nacional Integrado de Proteccion al Consumidor, respetando segun corresponda la autonomia tecnico-normativa, funcional administrativa, economica y constitucional de los integrantes de dicho Sistema; y, l) Otras que le MORDAZA asignadas por el Presidente del Consejo Directivo del INDECOPI. Articulo 72-B°.- Gerencia de Promocion y Difusion La Gerencia de Promocion y Difusion es una unidad tecnico normativa que formula, propone normas de politica de alcance nacional, sobre las estrategias de promocion y difusion de los mecanismos de defensa de la competencia, proteccion y defensa del consumidor y la proteccion de la propiedad intelectual, asi como de los servicios que presta el INDECOPI a la ciudadania, entre los consumidores, el empresariado y el sector publico. Asimismo, tiene a su cargo proponer, ejecutar y supervisar las estrategias de comunicacion y proyeccion de la imagen institucional y de la cultura de la competencia, de la calidad y el respeto de la propiedad intelectual. La Gerencia de Promocion y Difusion depende directamente de la Secretaria General y se encuentra ubicada como organo de linea dentro de la estructura organizativa del INDECOPI. Son funciones de la Gerencia de Promocion y Difusion: a) Formular y proponer normas de politica de alcance nacional sobre las estrategias de promocion y difusion de los mecanismos de defensa de la competencia, proteccion y defensa del consumidor y la proteccion de la propiedad intelectual; b) Asesorar a la Alta Direccion en las estrategias necesarias que debe emprender la organizacion para mejorar su posicionamiento e imagen institucional; c) Formular y proponer a la Alta Direccion, para su aprobacion, el Plan de Difusion Institucional, de acuerdo con los objetivos y estrategias institucionales; d) Disenar, formular y ejecutar programas y proyectos institucionales orientados a promover y difundir los derechos de consumidores, la cultura de la competencia y calidad y el respeto por la propiedad intelectual en todos los sectores de la economia; e) Administrar los soportes de transparencia y acceso a la informacion en concordancia con los lineamientos y normas de transparencia aplicables; f) Realizar las acciones necesarias para mantener un elevado estandar de imagen institucional, asi como ejecutar la politica y estrategia de comunicacion y relaciones publicas establecidas; g) Organizar, coordinar y supervisar la realizacion de eventos institucionales; h) Coordinar y supervisar la edicion de las publicaciones del INDECOPI, asi como su publicacion y la distribucion de informes u otros documentos; i) Evaluar los resultados derivados de las estrategias de comunicacion y campanas de difusion e informacion del INDECOPI; j) Otras que le MORDAZA asignadas por la Alta Direccion. Articulo 72-C°.-Gerencia de Supervision y Fiscalizacion La Gerencia de Supervision y Fiscalizacion es una unidad tecnico normativa que formula y propone normas de politica de alcance nacional sobre prevencion a traves de actividades de supervision y la fiscalizacion del cumplimiento de obligaciones legales y contractuales, por parte de quienes realizan actividades sujetas a la competencia del INDECOPI.

Asimismo por encargo de los Organos Resolutivos y Secretarias Tecnicas del INDECOPI, presta el apoyo tecnico - legal y de ejecucion, en el ejercicio de las facultades de supervision y fiscalizacion en las actividades economicas que estos determinen. La Gerencia de Supervision y Fiscalizacion depende directamente de la Secretaria General y se encuentra ubicada como organo de linea dentro de la estructura organizativa del INDECOPI. Son funciones de la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion: a) Proponer al Presidente del Consejo Directivo medidas legales o reglamentarias que juzgue necesarias para favorecer el ejercicio de las facultades de supervision y fiscalizacion a cargo del INDECOPI; b) Proponer al Consejo Directivo el Plan Anual de Supervisiones, en coordinacion con los Organos Resolutivos y Secretarias Tecnicas, para la ejecucion de acciones de supervision de competencia de estas; c) Apoyar en la realizacion de acciones de supervision, a fin de asegurar el cumplimiento de obligaciones legales y contractuales, por parte de quienes realizan actividades sujetas a la competencia del INDECOPI. d) Apoyar a los Organos Resolutivos y Secretarias Tecnicas en la verificacion de determinados hechos o recopilacion de informacion, en el MORDAZA de procedimientos administrativos en tramite. e) Apoyar a los Organos Resolutivos y Secretarias Tecnicas en la ejecucion de inmovilizaciones, incautaciones, cierre del local, cese de uso y destruccion de bienes. f) Apoyar en la emision de medidas preventivas que resulten pertinentes, ante la constatacion de un incumplimiento; dejando MORDAZA del mismo y advirtiendo al administrado que, de reiterar o mantener su conducta, podra iniciarse un procedimiento administrativo sancionador. g) Elaborar Informes que contengan las conclusiones y recomendaciones de las actividades de apoyo brindadas a las Comisiones y Secretarias Tecnicas. h) Elaborar y remitir cuando lo soliciten los Organos Resolutivos y Secretarias Tecnicas, los informes que contengan el analisis legal y economico, recomendando de ser el caso, la sancion, medidas cautelares, correctivas o el archivo de los procedimientos administrativos sancionadores, iniciados en virtud del apoyo brindado por esta Gerencia; y i) Otras que le MORDAZA asignadas por la Alta Direccion. Articulo 74-A°.- Escuela Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual La Escuela Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual es el organo que tiene a su cargo la realizacion de actividades conducentes a la formacion y especializacion de profesionales en las distintas materias tematicas de competencia del INDECOPI, segun lo establecido en el articulo 2º de la Ley de Organizacion y Funciones aprobada por Decreto Legislativo Nº 1033; asi como a la formulacion de lineamientos e implementacion de politicas y estrategias de capacitacion sobre dichas materias. La Escuela Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual depende directamente del Consejo Directivo. Son funciones de la Escuela Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual: a) Disenar y organizar programas de formacion y capacitacion en las distintas materias tematicas de competencia del INDECOPI; b) Evaluar y seleccionar a los docentes encargados de impartir los cursos; c) Administrar la infraestructura necesaria y materiales para el desarrollo de las actividades de formacion y capacitacion; d) Promover la suscripcion de convenios de colaboracion interinstitucional con universidades u otras instituciones, a fin de desarrollar actividades academicas tales como cursos, foros, conferencias, entre otros; e) Promover la edicion y publicacion de documentos de investigacion o vinculados a las materias sobre las cuales versen las distintas actividades de capacitacion; y, f) Otras que le encargue el Consejo Directivo en el MORDAZA de lo establecido por el articulo 51º del Decreto Legislativo Nº 1033.

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