Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2012 (18/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

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512802 E (inmediaciones de concesion de castanas 17TAM/C-OPB-A-047-05), de este lugar el limite prosigue por puntos de Coordenadas UTM 8613628 N y 495802 E; (inmediaciones de la Reserva Ecoturistica Rainforest Expedition) 8606628 N y 489802 E, hasta un punto de Coordenada UTM 8609628 N y 479803 E (aproximadamente a 2.00 Km de distancia al Norte de la MORDAZA Puerto Maldonado), de este lugar el limite continua bordeando la MORDAZA de concesiones mineras pasando por puntos de Coordenadas UTM 8609184 N y 477799 E cruzando la Carretera MORDAZA de MORDAZA (Interoceanica -Tramo III); 8605628 N y 468803 E (inmediaciones CM Concorde Mineration EIRL) 8608628 N y 462803 E (inmediaciones CM Mister Plateado) hasta llegar al punto de coordenadas UTM 8601628 N y 461803 E (inmediaciones de la CM Playa MORDAZA II). POR EL SUR.- Limita con las zonas de potencial MORDAZA y pecuario con restricciones para actividad minera identificada por la ZEE y con la MORDAZA de Amortiguamiento de la Reserva Nacional de Tambopata del distrito Inambari, provincia Tambopata. El limite se inicia en el punto de Coordenadas UTM 8601628 N y 461803 E (inmediaciones de la CM Playa MORDAZA II) para continuar con direccion general Oeste siguiendo la linea demarcada por las concesiones mineras otorgadas en la MORDAZA, pasando por los puntos de coordenadas UTM 8603628 N y 460123 E , 8603186 N y 459803 E; 8599628 N y 452803 E, 8589628 N y 425602 E; Inmediaciones de la Comunidad Boca del Inambari, hasta llegar al punto 8585628 N y 418761E; 8584242 N y 419803 E (lindero Sur de la CN Boca del Inambari) hasta llegar al punto de Coordenada 8578628 N y 408803 E (inmediaciones de la CM Inversiones Kiara) de este punto se continua por el eje de la carretera MORDAZA de MORDAZA (Tramo III inter-oceanica) hasta llegar al punto 8570717 N y 358798 E en el Centro Poblado MORDAZA MORDAZA, para proseguir con direccion Sur pasando por el punto de Coordenada UTM 8562145 N y 354264 E, (al norte de la Comunidad Arazaire) 8560227 N y 353596 E, al Sur de la Comunidad Arazaire para luego llegar al punto de Coordenadas UTM 8549098 N y 349819 E hasta llegar al punto de Coordenada UTM 8542628 N y 348804 E inmediaciones de la concesion minera MORDAZA MORDAZA VII. POR EL OESTE.- Limita con areas restringidas para actividad minera identificadas por la ZEE y la Reserva Comunal Amarakaeri, distrito de Huepethue de la provincia del Manu. El limite se inicia a en el Punto de Coordenadas UTM 8542628 N y 348804 E inmediaciones de la concesion minera MORDAZA MORDAZA VIl y continua con direccion general Oeste pasando por los puntos 8550628 N y 339804 E (inmediaciones de la concesion minera MORDAZA II), 8556628 N y 316804 E en las inmediaciones del Rio Corini, de este lugar prosigue con direccion Norte en linea recta entre la divisoria de aguas de los MORDAZA Puquiri y Huasoroco, aguas arriba, pasando por los puntos de Coordenadas 8567628 N y 313805 E; 8578628 N y 321804 E; 8590411N y 332398 E, (lindero Sur de la Comunidad Puerto Luz); hasta llegar al punto de Coordenadas 8597628 N y 334804 E (limite Suroeste de la comunidad San MORDAZA de Karene); 8604628 N y 338189 al Norte de la Comunidad San MORDAZA de Karene E 8610626 N y 344806 E hasta llegar al punto de coordenadas UTM 8614628 N y 345804 E inmediaciones de la Concesion Forestal INBACO SAC, punto de inicio de la presente descripcion. Las coordenadas descritas estan referidas a la Carta Nacional, que aplica las siguientes caracteristicas cartograficas: Elipsoide: Sistema Geodesico Mundial 1984 (WGS84), Cuadricula 1000 m., UTM MORDAZA 19. Los limites de la propuesta para la delimitacion de la MORDAZA de exclusion minera en el departamento de MORDAZA de MORDAZA, han sido elaborados sobre la Base de la Macro Zonificacion Ecologica Economica de MORDAZA MORDAZA aprobada por Ordenanza Regional N° 032-2009GOREMAD-/CR de fecha 27 de noviembre del 2009 asi como de la informacion cartografica proporcionada por la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA (DGFFS) del Ministerio de Agricultura, Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas (SERNANP) y el Instituto Nacional Geologico Minero Metalurgico (INGEMMET).
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DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 004-2012 DICTAN MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE CARACTER ECONOMICO FINANCIERO PARA GARANTIZAR LA IMPLEMENTACION DEL SEGURO AGRARIO PARA LA MORDAZA MORDAZA 2011-2012
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional establecido en el articulo 88º de la Constitucion Politica del Peru, el Estado apoya preferentemente el desarrollo agrario, el cual se ha asumido como politica de Estado; Que, la MORDAZA MORDAZA 2011-2012, iniciada en el mes de agosto de 2011, se ve actualmente amenazada por la volatilidad climatica y la presencia de diversos fenomenos atmosfericos conocidos como heladas, friajes, sequias, lluvias e inundaciones, cuya intensidad en cada oportunidad que se presentan no puede ser prevista, generando situaciones criticas al pequeno productor MORDAZA, que ve peligrar su produccion, su ganado e inclusive su modo de vida; Que, la ocurrencia de estos eventos climatologicos adversos viene afectando principalmente los cultivos de subsistencia de los pequenos agricultores de las zonas altoandinas de nuestro MORDAZA, en especial de las regiones de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, Pasco y MORDAZA, en donde se concentran los sectores de pobreza y excluidos del pais; Que, mediante la Ley Nº 29148, se establecio la implementacion y el funcionamiento del Fondo de Garantia para el MORDAZA y del Seguro Agropecuario -FOGASA, con la finalidad de garantizar los creditos otorgados por las instituciones financieras a los pequenos y medianos productores agropecuarios que orienten su actividad hacia mercados nacionales y/o internacionales y que presenten proyectos rentables; y, para financiar mecanismos de aseguramiento agropecuario ofrecidos a traves del Sistema de Seguros destinados a reducir la exposicion de los productores agropecuarios a riesgos climaticos y a la presencia de plagas que afecten su produccion y rentabilidad; Que, para proteger la MORDAZA MORDAZA 2011-2012, se hace necesario implementar el Fondo de Garantia para el MORDAZA y del Seguro Agropecuario - FOGASA, debido a que actualmente dicho fondo carece de los recursos suficientes para el cumplimiento de sus fines; por lo que, se requiere autorizar al Ministerio de Agricultura para que con cargo a su Presupuesto Institucional autorizado para el ano fiscal 2012, transfiera recursos a dicho Fondo y posibilite la cobertura de 448,866 hectareas de cultivos, para lo cual, entre otros, cuenta con el compromiso de los Gobiernos Regionales involucrados para el financiamiento de las polizas de seguro correspondiente; Que, igualmente, es necesaria la revision y reformulacion de los mecanismos de aseguramiento agropecuario ofrecidos a traves del Sistema de Seguros, destinados a reducir la exposicion de los productores agropecuarios a riesgos climaticos generados por el cambio climatico, procurando MORDAZA sostenibles, coherentes y mitigadores de riesgos climaticos para los productores agrarios segun su condicion de pobreza; Que, en virtud de lo MORDAZA senalado, es necesario y de interes nacional que se dicten medidas economico financieras de caracter extraordinario y urgente, a fin de implementar con eficiencia las politicas de Estado y reducir el impacto negativo de la crisis financiera en el agro; En uso de las facultades conferidas en el numeral 19 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; en el numeral 2 del articulo 11º de la Ley Nº 29158, Ley