Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2012 (18/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- La citada profesional, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasaje aereo (hasta un MORDAZA de 500 Euros via reembolso), alojamiento, desayunos y almuerzos por los dias de la duracion del evento, seran financiados por el Banco de Espana, en tanto que los gastos por concepto de diferencia en el costo de pasajes, viaticos complementarios y Tarifa CORPAC seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012, conforme a lo establecido por la Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM-03108, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 2030.69 (de los cuales el Banco de Espana reembolsara 500 Euros)

Viaticos complementarios US$ 234.00 Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la profesional cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 754393-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran el 2012 como "Ano de la Movilizacion por la Alfabetizacion Regional"
ORDENANZA REGIONAL N° 123-2012-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria celebrada a los 31 dias del mes de enero de 2012, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru; Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y demas Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, en 1965, la Organizacion de las Naciones Unidas para la Educacion, la Ciencia y la Cultura (United Nations Educational, Scientific and Cultural Organization) UNESCO proclamo el 08 de septiembre Dia Internacional de la Alfabetizacion; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 17° de la Constitucion Politica del Peru, prescribe que el Estado garantiza la erradicacion del analfabetismo; en su articulo 191° estipula que los Gobiernos Regionales son personas juridicas de Derecho Publico Interno y que gozan de autonomia Politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Acuerdo Nacional de 2004, establece que se erradicara todas las formas de analfabetismo interviniendo

en el diseno de politicas que atiendan las realidades MORDAZA marginales y rurales. Asi como promovera la educacion de jovenes y adultos, y la educacion laboral en funcion de las necesidades del Pais; Que, el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales prescribe que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; y en su articulo 38° estipula que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el literal g) del articulo 47° de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, prescribe que es funcion de los Gobiernos Regionales en materia de educacion, ejecutar y evaluar, conjuntamente con los gobiernos locales, los programas de alfabetizacion en el MORDAZA de las politicas y programas nacionales; Que, una de las politicas del Gobierno Regional MORDAZA es erradicar el analfabetismo en la Region, iniciativa que se materializara en la promocion de la Estrategia Regional "Junin Libre de Analfabetismo insertado al Desarrollo", que se desarrollara de manera concertada y participativa con todos los actores sociales, como un medio importante para lograr disminuir la discriminacion, la pobreza y la marginalidad de la poblacion de MORDAZA, problematica que se aborda desde una perspectiva educativa continua y permanente para la MORDAZA y el trabajo, que MORDAZA de los iletrados agentes de su propio desarrollo; Que, el Consejo Regional con Acuerdo Regional N° 393-2011-GRJ/CR, de 13 de setiembre de 2011, aprueba la Incorporacion al Plan de Inversiones 2011 del Gobierno Regional MORDAZA, la elaboracion del Expediente Tecnico del Proyecto "Fortalecimiento de capacidades humanas y productivas de jovenes y adultos iletrados a traves de la implementacion de comunidades de aprendizaje para el desarrollo en el MORDAZA del Mantaro ­ Region Junin", hasta por un monto de S/. 140,000.00 (ciento cuarenta mil nuevos soles); Que, de acuerdo a los datos proporcionados por el INEI y empresas especializadas en analisis de indicadores sociales, la Region MORDAZA evidencia una tasa de analfabetismo promedio de 7.83%, entre sus mas significativos exponentes se encuentran que las mujeres constituyen un 78% de esta poblacion, ademas de un importante porcentaje de discapacitados, segun Censo de Poblacion 2007 del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI; Que, con Oficio N° 716-2011-GRJ/PR, de 20 de diciembre de 2011, el Presidente Regional remite la propuesta de denominacion del ano 2012 en la Region MORDAZA como: "Ano de la Movilizacion por la Alfabetizacion Regional", para que de conformidad con las atribuciones del Consejo Regional se sirva someterlo al pleno para su respectiva aprobacion, que permitira resaltar la importancia que pone la actual gestion a este problema social; Que, mediante Informe Legal N° 051-2012-GRJ/ ORAJ, de 18 de enero de 2012, la Directora de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, opina facultativamente recomendando que, el Consejo Regional en ejercicio de sus atribuciones y al precedente administrativo, apruebe la denominacion del presente ano 2012, "Ano de la Movilizacion por la Alfabetizacion Regional", conforme a la propuesta realizada, previo analisis y su capacidad decisoria; el Consejo Regional consciente de que el proyecto de "Fortalecimiento de capacidades humanas y productivas de jovenes y adultos iletrados a traves de la implementacion de comunidades de aprendizaje para el desarrollo de la Region Junin", resulta siendo una estrategia que merece difundirla para lograr su empoderamiento en el ambito de la Region Junin; Que, el Proyecto de Ordenanza Regional para denominar al ano 2012 "Ano de la Movilizacion por la Alfabetizacion Regional", cuenta con el dictamen favorable de la Comision Permanente de Educacion Cultura y Desarrollo Social, de conformidad con las atribuciones conferidas por los articulos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: