Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2012 (18/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE; POR CUANTO:

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total de los predios del contribuyente ubicados en cada jurisdiccion distrital. A efectos de determinar el valor total de los predios, se aplicara los valores arancelarios de terrenos y valores unitarios oficiales de edificacion vigentes al 31 de Octubre del ano anterior, y la Tablas de Depreciacion por antiguedad y Estado de Conservacion que formula la Oficina de Vivienda y Urbanismo y, que aprueba anualmente el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento mediante Resolucion Ministerial; Que, mediante Decreto Supremo N° 233-2011-EF, se ha decretado que el valor de referencia de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el ejercicio 2012, asciende a S/. 3,650.00 Nuevos Soles. Que, la Cuarta Disposicion Final del Decreto Legislativo N° 776, esta que las Municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores , determinacion de Impuestos y de Recibos de Pagos correspondientes, incluida su distribucion a domicilio , quedan facultados a cobrar por dichos servicios no mas de 0.4% de la UIT vigente al 1ero. de Enero de cada ejercicio gravable, en cuyo caso esta valorizacion sustituye la obligacion de MORDAZA de las Declaraciones Juradas; Que, el Articulo 13° del Decreto Legislativo N° 776, senala que las Municipalidades estan facultadas para establecer un monto a pagar por concepto de Impuesto Predial equivalente al 0.6% de la UIT vigente al 1ero de Enero del ano que corresponde el impuesto; En concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Decreto Legislativo N° 776 ­ Ley de Tributacion Municipal y Decreto Supremo N° 1562004-EF Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, con el MORDAZA unanime y, con la despensa del tramite de aprobacion del acta, ha dado la siguiente; ORDENANZA Articulo 1°.- Disponer la emision de Hojas Mecanizadas de Actualizacion del Impuesto Predial y Determinacion de la obligacion tributaria de las Declaraciones Juradas de Autoavaluo del ano 2012, incluida su distribucion a domicilio de la Declaracion Jurada de Impuesto Predial 2012, PU (Predio Urbano), PR (Predio Rustico) y Determinacion del Impuesto Predial 2012 HR (Hoja de Resumen), en la Jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Canete. Articulo 2°.- Fijese en S/. 14.60 Nuevos Soles, el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial del 2012, incluyendo la distribucion a domicilio y por cada predio adicional se abonara S/. 2.50 Nuevos Soles por el derecho mencionado. Articulo 3°.- Establecer el monto minimo a pagar por concepto de Impuesto Predial del ano 2012, en el 0.6% de la UIT vigente, S/. 21.90 (VEINTIUNO Y 90/100 NUEVOS SOLES). Articulo 4°.- Encargar a la Gerencia de Tributacion Municipal, para que a traves de la Subgerencia de Administracion Tributaria y al personal de la Oficina de Informatica coordinar acciones para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 5°.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion y difusion del presente Dispositivo Municipal. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 754351-1

El Concejo Provincial de Canete, en su Sesion Ordinaria iniciada el dia 13 de enero y culminada el 17 de enero de 2012, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades como organo de gobierno local tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, desde la entrada en vigencia de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por el Decreto Legislativo N° 776, se han aprobado diversos dispositivos legales que han complementado y/o modificado su texto; Que, mediante Decreto Supremo N° 156-2004EF, se aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal; el Art. 30° establece que el Impuesto al Patrimonio Vehicular, de periodicidad anual, grava la propiedad de los vehiculos automoviles, camionetas, station wagon, camiones, buses y omnibus; Que, la administracion del Impuesto al patrimonio vehicular, corresponde a la Municipalidad Provincial, en cuya jurisdiccion tenga su domicilio el propietario del vehiculo. El rendimiento del Impuesto constituye renta de la Municipalidad Provincial; Que, el Art. 34° de la Ley de Tributacion Municipal, establece que los contribuyentes estan obligados a presentar Declaracion Jurada; a) Anualmente el ultimo dia habil del mes de Febrero, salvo que la Municipalidad establezca una prorroga..." b) Cuando asi lo determine la administracion tributaria para la generalidad de contribuyentes y dentro del plazo que determine para tal fin; Estando a lo expuesto, con las facultades otorgadas en la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, y en cumplimiento al Decreto Legislativo N° 776, Ley de Tributacion Municipal y D.S. N° 156-2004-EF, se ha dado la siguiente; ORDENANZA: Articulo 1°.- Aprobar para el ejercicio fiscal 2012, la obligacion de presentar una Declaracion Jurada anual de Impuesto al Patrimonio Vehicular ante la Municipalidad Provincial de Canete, de parte de las personas naturales o juridicas propietarias de los vehiculos, automoviles, camionetas, station wagon, camiones, buses y omnibuses, cuyo domicilio se encuentra en la jurisdiccion de la provincia de Canete, de conformidad al Art. 34°, inciso a) de la Ley de Tributacion Municipal. El plazo para la MORDAZA de la Declaracion Jurada del Patrimonio Vehicular ano 2011 vence el 29 de Febrero del 2012. Articulo 2°.- Encargar a la Gerencia de Tributacion Municipal, para que a traves de las Sub Gerencias de Administracion Tributaria y Fiscalizacion Tributaria accionen lo conveniente para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 3°.- Encargar a la Secretaria General la publicacion y difusion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 754351-2

Aprueban la obligacion de presentar Declaracion Jurada anual de Impuesto al Patrimonio Vehicular ante la Municipalidad para el ejercicio fiscal 2012
ORDENANZA N° 02-2012-MPC Canete, 17 de Enero del 2012.