Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2012 (18/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de febrero de 2012

Aprueban Modalidades de pago del Impuesto Predial del ejercicio fiscal 2012
ORDENANZA N° 03-2012-MPC Canete, 17 de enero del 2012 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE; POR CUANTO: El Concejo Provincial de Canete, en su Sesion Ordinaria iniciada el dia 13 de enero y culminada el 17 de enero de 2012, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades como organo de gobierno local tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley de Tributacion Municipal, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 776, y el Art. 15° del D.S. N° 156-2004-EF, regula que el Impuesto Predial podra cancelarse al contado, hasta el ultimo dia habil del mes de Febrero de cada ano, o en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendose pagar la primera cuota hasta el ultimo dia habil del mes de Febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, Agosto y Noviembre; Que, el ultimo parrafo del articulo 29° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF, senala que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado con caracter general, por la Administracion Tributaria; Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2012; Estando a lo expuesto, en cumplimiento a la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972 y la Ley de Tributacion Municipal, D.L. N° 776, se ha dado la siguiente; ORDENANZA: Articulo 1º.- Aprobar de conformidad al Art. 15° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal D.S. N° 156-2004-EF, que el pago del Impuesto Predial del ejercicio fiscal 2012, podra cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas: a) Al contado: Hasta el ultimo dia habil del mes de Febrero (29 de Febrero 2012) b) En forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, en este caso: 1er. Trimestre 2do. Trimestre 3er. Trimestre 4to. Trimestre : : : : 29 de Febrero del 2012 31 de MORDAZA del 2012 31 de Agosto del 2012 30 de Noviembre del 2012

Aprueban Modalidades de pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular del ejercicio fiscal 2012
ORDENANZA N° 04-2012-MPC Canete, 17 de enero del 2012. LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE; POR CUANTO: El Concejo Provincial de Canete, en su Sesion Ordinaria iniciada el dia 13 de enero y culminada el 17 de enero de 2012, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades como organo de gobierno local tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley de Tributacion Municipal, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 776, y el Art. 35° del D.S. N° 156-2004-EF, regula que el Impuesto al Patrimonio Vehicular, podra cancelarse al contado, hasta el ultimo dia habil del mes de Febrero de cada ano, o en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendose pagar la primera cuota hasta el ultimo dia habil del mes de Febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, Agosto y Noviembre; Que, el ultimo parrafo del Articulo 29° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF, senala que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado con caracter general, por la Administracion Tributaria; Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular para el ejercicio 2012; Estando a lo expuesto, en cumplimiento a la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972 y la Ley de Tributacion Municipal, D.L. N° 776, se ha dado la siguiente; ORDENANZA: Articulo 1º.- Aprobar de conformidad al Art. 35° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal D.S. N° 156-2004-EF, que el pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular del ejercicio fiscal 2012, podra cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas: a) Al contado: Hasta el ultimo dia habil del mes de Febrero(29 de Febrero 2012) b) En forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, en este caso: 1er trimestre 2do. Trimestre 3er. Trimestre 4to. Trimestre : : : : 29 de Febrero del 2012 31 de MORDAZA del 2012 31 de Agosto del 2012 30 de Noviembre del 2012

Articulo 2º.- Encargar a Secretaria General la publicacion y difusion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 754351-3

Articulo 2º.- Encargar a Secretaria General la publicacion y difusion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 754351-4