Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2012 (18/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

461019

Articulo 2º.- Los Factores de Reajuste seran aplicados a las Obras del Sector Privado, sobre el monto de la obra ejecutada en el periodo correspondiente. En el caso de obras atrasadas, estos factores seran aplicados sobre los montos que aparecen en el Calendario de Avance de Obra, prescindiendose del Calendario de Avance Acelerado, si lo hubiere. Articulo 3º.- Los factores indicados no seran aplicados: a) Sobre obras cuyos presupuestos contratados hayan sido reajustados como consecuencia de la variacion mencionada en el periodo correspondiente. b) Sobre el monto del adelanto que el propietario hubiera entregado oportunamente con el objeto de comprar materiales especificos. Articulo 4º.- Los montos de obra a que se refiere el Art. 2º comprende el total de las partidas por materiales, mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equipo, gastos generales y utilidad del contratista. Articulo 5º.- Los adelantos en dinero que el propietario hubiera entregado al contratista, no se eximen de la aplicacion de los Factores de Reajuste, cuando estos derivan de los aumentos de mano de obra. Articulo 6º.- Los factores totales que se aprueba por la presente Resolucion, seran acumulativos por multiplicacion en cada obra, con todo lo anteriormente aprobado por el INEI, desde la fecha del presupuesto contratado y, a falta de este, desde la fecha del contrato respectivo. Articulo 7º.- Las Areas Geograficas comprenden los departamentos siguientes: a) Area Geografica 1: Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Amazonas y San Martin. b) Area Geografica 2: MORDAZA, MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao e Ica. c) Area Geografica 3: MORDAZA, Pasco, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y Ucayali. d) Area Geografica 4: MORDAZA, MORDAZA y Tacna. e) Area Geografica 5: Loreto. f) Area Geografica 6: MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, y MORDAZA de Dios. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA Jefe 754287-2

Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 012-2008EF/94.01.1 del 27 de febrero de 2008 se autorizo el funcionamiento de NCF Sociedad Administradora de Fondos de Inversion S.A. para administrar unicamente fondos de inversion y se dispuso su inscripcion en la seccion correspondiente del Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 054-2011EF/94.01.1 del 30 de junio de 2011 se dispuso la modificacion de su inscripcion en la seccion correspondiente del Registro Publico del MORDAZA de Valores autorizandose el funcionamiento de NCF Sociedad Administradora de Fondos S.A. para administrar fondos mutuos de inversion en valores, modificando posteriormente su denominacion social a NCF Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A.; Que, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 28 del Reglamento de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 042-2003-EF/94.10 y sus modificatorias, mediante escrito presentado el 07 de diciembre de 2011, complementado el 19 de enero, 02, 08 y 09 de febrero de 2012, NCF Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A. solicito la inscripcion del fondo de inversion denominado Inka Renta Fija Fondo de Inversion, en la seccion correspondiente del Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de la evaluacion a la documentacion presentada se ha determinado que NCF Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A. ha cumplido con lo dispuesto en los articulos 9 y 23 del Decreto Legislativo N° 862, Ley de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras, el articulo 28 y el Anexo D del Reglamento de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras, asi como las disposiciones del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2002EF; Estando a lo dispuesto por el articulo 1º inciso b del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, modificado por Ley N° 29782; el articulo 38, numerales 6) y 7) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF; asi como el articulo 1 de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Resolucion CONASEV N° 0732004-EF/94.10. RESUELVE:

SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Disponen la inscripcion del fondo de inversion Inka Renta Fija Fondo de Inversion en el Registro Publico del Marcado de Valores, solicitada por NCF Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A.
RESOLUCION DE INTENDENCIA GENERAL DE SUPERVISION DE ENTIDADES Nº 011-2012-SMV/10.2 MORDAZA, 10 de febrero de 2012 El Intendente General de Supervision de Entidades VISTOS: El Expediente N° 2011040149 presentado por NCF Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A. y el Informe N°118-2012-SMV/10.2.3 del 10 de febrero de 2012;

Articulo 1º.- Disponer la inscripcion del fondo de inversion denominado Inka Renta Fija Fondo de Inversion en la seccion correspondiente del Registro Publico del MORDAZA de Valores y su respectivo Reglamento de Participacion. Articulo 2°.- La publicidad que realice NCF Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A. para promocionar el fondo de inversion a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion, no debe inducir a error o confusion y debera sujetarse a las condiciones previstas en el Anexo C del Reglamento de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras. Articulo 3º.- La inscripcion a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion no implica que la Superintendencia del MORDAZA de Valores recomiende la suscripcion de cuotas en el fondo de inversion u opine favorablemente sobre su rentabilidad o calidad. Articulo 4°.- NCF Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A. debera publicar la presente resolucion en el diario oficial "El Peruano". Articulo 5º.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el diario oficial "El Peruano". Dicha publicacion debera realizarse de forma previa a la colocacion de los valores, en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario de la notificacion de la presente resolucion a NCF Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A.