Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2011 (07/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2011

signado con el Nº 001-2011-SGCyHU-GDU-MDSMP y la Memoria Descriptiva, para Uso Residencial de Densidad Media R4, del terreno de 27,288.63 m2, constituido por el Lote Nº 11-A de la Parcelacion Fundo Chuquitanta, ubicado en el Distrito de San MORDAZA de Porres, Provincia y Departamento de Lima; Que, con Informe Nº 044-2011-MML-GDU-SPHUDCO, de fecha 21 de febrero de 2011 (fs. 485 al 488), la Division de Control de Obras de esta Subgerencia manifiesta, que la presente Regularizacion de la Habilitacion MORDAZA Ejecutada, para Uso Residencial de Densidad Media ­ R4 del terreno de 27,288.63 m2, aprobada por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, mediante la Resolucion de Gerencia Municipal Nº 0028-2011-MDSMP, de fecha 12 de enero de 2011, cumple los Planes Urbanos en lo referente a zonificacion, vias y aportes reglamentarios de conformidad a lo dispuesto en las Ordenanzas Metropolitanas Nº 687-MML, Nº 341-MML y Nº 292-MML; Que, con Informe Nº 030-2011-FWGA, de fecha 21 de febrero de 2011 (fs. 489), el Consultor del Area Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, senala, que se encuentra acreditada la propiedad a favor de la empresa INMOBILIARIA CONSTRUCTORA LOS EDIFICADORES S.A., del terreno de 27,288.63 m2, el mismo que consta inscrito en la Partida Nº 11631568, del Registro de Predios de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA (fs. 370 al 374); de igual manera la administrada ha acreditado su condicion de persona juridica y la representatividad de la misma, conforme consta en la Partida Nº 00307904 (Fs. 477 al 484); en virtud de lo cual viene tramitando el presente procedimiento administrativo de Habilitacion Urbana; Que, de acuerdo a las evaluaciones tecnica y legal, senaladas en los Informes Nº 044-2011-MML-GDUSPHU-DCO y Informe del Consultor Nº 030-2011-FWGA, ambos de fechas 21 de febrero de 2011, respectivamente; la presente Habilitacion MORDAZA, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonificacion, vias y aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, corresponde a esta Subgerencia establecer la Conformidad de la Resolucion de Gerencia Municipal Nº 0028-2011-MDSMP, de fecha 12 de enero de 2011, expedida por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres; Con el visto MORDAZA de la Division de Control de Obras, y del Area Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Decreto Supremo Nº 011-98- MTC, Reglamento Nacional de Construcciones ­ RNC, Ordenanzas Metropolitanas Nº 687-MML, Nº 341-MML, Nº 786-MML, Nº 292-MML, Nº 812-MML, Nº 916-MML y Resolucion Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolucion de Gerencia Municipal Nº 0028-2011-MDSMP, de fecha 12 de enero de 2011, expedida por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, que resuelve Aprobar, la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, denominada Urbanizacion "Residencial San Nicolas", de conformidad con el Plano signado con el Nº 001-2011SGCyHU-GDU-MDSMP y la Memoria Descriptiva, para Uso Residencial de Densidad Media R4, del terreno de 27,288.63m2, constituido por el Lote Nº 11-A de la Parcelacion Fundo Chuquitanta, ubicado en el Distrito de San MORDAZA de Porres, Provincia y Departamento de Lima. Articulo 2º.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a la empresa INMOBILIARIA CONSTRUCTORA LOS EDIFICADORES S.A.; y a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, para su conocimiento y fines. Articulo 3º.- DAR por agotada la via administrativa. Articulo 4º.- OFICIAR con la presente Resolucion a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX MORDAZA Registral Sede-Lima, Ministerio de Educacion, SERPAR MORDAZA,

Instituto Metropolitano de Planificacion . IMP y Division Tecnica de la Subgerencia de Adjudicacion y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de esta Corporacion, para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo 5º.- PUBLICAR la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo MORDAZA 623223-1

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Declaran en emergencia la red de alcantarillado de la Urb. El Silencio y los pozos septicos, y declaran como MORDAZA de peligro de contaminacion ambiental la Urb. El Silencio y las playas Senoritas y Caballeros
ACUERDO DE CONCEJO Nº 016-2011-MDPH Punta MORDAZA, 28 de marzo del 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA Visto en la Sesion Ordinaria de la fecha, el Proveido N° 018-2011-DGPISP-DUCT, del Jefe de la Division de Gestion de Proyectos de Infraestructura Social y Productiva, Desarrollo MORDAZA y Control Territorial, el Informe N° 089-2011/MDPH-OAJ de la Oficina de Asuntos Juridicos, asi como las multiples y constantes quejas de los vecinos de la zona; CONSIDERANDO: Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia, politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, estipula que es responsabilidad de los gobiernos locales representar al vecindario, promover la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion. Estando a lo expuesto, y lo dispuesto en el Articulo 20°, numeral 1) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR en emergencia la red de alcantarillado de la Urb. El Silencio y los pozos septicos por haber colapsado debido a la inejecucion de las obras por parte de SEDAPAL, incumpliendo el convenio que ellos suscribieron con los propietarios. Articulo Segundo.- SUSPENDER el otorgamiento de Licencias de Construccion y dejar sin efecto las otorgadas hasta que se resuelva el tema sanitario por parte de SEDAPAL. Articulo Tercero.- DECLARAR MORDAZA de peligro de contaminacion ambiental la Urb. El Silencio, las playas Senoritas y Caballeros.