Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2011 (07/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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los jovenes en la MORDAZA politica, economica y social de la Region Callao. Que, a traves de la Ordenanza Regional Nº 006, de fecha 16 de MORDAZA de 2007, se MORDAZA los Comites Regionales de la Provincia Constitucional del Callao, la que segun el Articulo 1, tiene por finalidad implementar las condiciones y requisitos fundamentales que acrediten la participacion y el registro correspondiente de los comites regionales en los Organos del Gobierno Regional del Callao. Que, el Informe Nº 281-2011-GRC/GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica opina que sobre la base de la MORDAZA MORDAZA citada corresponderia modificar en parte la Ordenanza Regional Nº 006, de fecha 16 de MORDAZA de 2007, teniendose como fundamento lo dispuesto por Ordenanza Regional Nº 000001, de fecha 1 de Enero de 2011, la que en su articulo 1 crea la Gerencia Regional de Educacion, Cultura y Deporte, y cuenta dentro de su organizacion con la Oficina de la Juventud. Que, se hace necesario modificar en parte la Ordenanza Regional Nº 006 de fecha 16 de MORDAZA de 2007 que regula los Comites Regionales de la Provincia Constitucional del Callao adicionandose en su texto normativo las condiciones y requisitos que acrediten la participacion y el registro correspondiente de los Comites Juveniles Regionales en los Organos del Gobierno Regional del Callao, quedando su texto vigente en todo lo demas. Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido a la Ley Nº 27867-Ley Organica de Gobiernos Regionales se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2007, IMPLEMENTANDO LAS CONDICIONES PARA EL REGISTRO Y ACREDITACION DE LOS COMITES JUVENILES REGIONALES EN LOS ORGANOS DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Articulo 1º.- Modificar el Articulo Primero de la Ordenanza Regional Nº 006-2007 que queda redactado en la siguiente forma: La presente ordenanza tiene por finalidad implementar las condiciones y requisitos fundamentales que acrediten la participacion y el registro correspondiente de los Comites Regionales y de los Comites Juveniles Regionales en los organos del Gobierno Regional del Callao. Articulo 2º.- Adicionar al Articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 006-2007 lo siguiente: Los Comites Juveniles Regionales son organizaciones sociales con autonomia conformadas por personas naturales entre los 18 y 29 anos de edad, que se constituyen con el proposito de participar en el ambito circundante a su jurisdiccion, a fin de contribuir en las politicas e iniciativas orientadas a la promocion y desarrollo integral de la juventud. Articulo 3º.- Adicionar al Articulo Tercero de la Ordenanza Regional Nº 006-2007 lo siguiente: Son entes rectores de los Comites Juveniles Regionales: 1. El Gobierno Regional del Callao, a traves de la Gerencia Regional de Educacion, Cultura y Deporte 2. La Asamblea General de miembros afiliados al comite Juvenil Regional 3. La Junta Directiva del Comite Juvenil Regional Articulo 4º.- Adicionar al Articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 006-2007 lo siguiente: La estructura organica de las directivas de los Comites Juveniles Regionales estara compuesta por los siguientes cargos elegidos democraticamente en Asamblea General: 1. Presidente 2. Secretario de Organizacion

3. Secretario de Economia 4. Secretario de Cultura, Educacion y Recreacion El estatuto de los Comites Juveniles Regionales normara y regulara especificamente sus funciones y atribuciones. Asimismo, determinara las formas de eleccion de los cargos directivos y el periodo de vigencia de la directiva. Articulo 5º.- Adicionar al Articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 006-2007, lo siguiente: Los Comites Juveniles Regionales se constituiran a iniciativa del Gobierno Regional a traves de la Gerencia Regional de Educacion, Cultura y Deporte y/o por los jovenes de una jurisdiccion, presentandose los siguientes documentos: 1.- Solicitud dirigida al Presidente Regional, con atencion a la Gerencia Regional de Educacion, Cultura y Deporte-Oficina de la Juventud 2.- Nomina de la Directiva con mandato vigente 3.- Acta de Constitucion 4.- Padron de Afiliados al Comite 5.- Croquis de la sede 6.- MORDAZA del DNI de los miembros de la Directiva. Articulo 6º.- Adicionar al Articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 006-2007 lo siguiente: El mismo tramite establecido en el presente articulo para la aprobacion o desaprobacion del Comite Regional sera aplicable para la Gerencia de Educacion, Cultura y Deporte para la aprobacion o desaprobacion del Comite Juvenil Regional. Articulo 7º.- Adicionar al Articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 006-2007 lo siguiente: El reconocimiento de los Comites Juveniles Regionales podra denegarse por incumplimiento de lo senalado en los articulos 3, 4 y 5 de la presente ordenanza regional. Articulo 8º.- Adicionar al Articulo Octavo de la Ordenanza Regional Nº 006-2007, lo siguiente: Una vez aprobado el tramite de reconocimiento, de ser positivo, la Gerencia Regional de Educacion, Cultura y Deporte, procedera a la expedicion de la resolucion e inscripcion en el Libro de Registro de Comites Juveniles Regionales, que se abrira para tal efecto. Articulo 9º.- Adicionar al Articulo Noveno de la Ordenanza Regional Nº006-2007, lo siguiente: La misma obligacion contenida en el presente articulo para los Comites Regionales sera cumplida por los Comites Juveniles Regionales, para lo cual la Gerencia Regional de Educacion, Cultura y Deporte debe dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la presente ordenanza regional, para lo cual adoptara las acciones pertinentes en cuanto a las ocurrencias que distorsionen el buen funcionamiento de estos comites. Articulo 10º.- Quedan vigentes todas las disposiciones contenidas en la Ordenanza Regional Nº 006-2007 en todo lo que no se oponga a las modificaciones y adiciones contenidas en la presente ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Encargar a la Gerencia Regional de Educacion, Cultura y Deporte el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional Segunda.- La Gerencia Regional de Desarrollo Social debera transferir a la Gerencia Regional de Educacion, Cultura y Deporte-Oficina de Juventud todo el acervo documentario que sea de su competencia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 624718-1