Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2011 (07/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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funciones de Coordinadores, Formadores o Monitores del PELA, resultando necesario establecer una ampliacion de los alcances del mencionado Decreto Supremo N° 005-2010-ED, comprendiendolos en las excepciones dispuestas en los reglamentos de cada uno de los regimenes laborales vigentes para el profesional comprendido en la Ley del Profesorado, asi como en la MORDAZA Publica Magisterial; De conformidad con el numeral 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru y el numeral 3) del articulo 11° de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1°.- De la Ampliacion del alcance del Decreto Supremo N° 005-2010-ED. Ampliese el alcance de los articulos 1° y 2° del Decreto Supremo N° 005-2010-ED, incluyendo en el regimen de excepcion establecido en dichos articulos, a los profesores que desempenen las funciones de Coordinadores, Formadores o Monitores, del Programa Estrategico de Logros de Aprendizajes - PELA. Articulo 2°.- Del alcance de la excepcion del tiempo minimo de Servicios para Licencia. Los profesores de MORDAZA que soliciten licencia para desempenar funciones como Coordinadores, Formadores o Monitores, del Programa Estrategico de Logros de Aprendizajes ­ PELA, se encuentran comprendidos en el alcance del articulo 3° del Decreto Supremo N° 0052010-ED. Articulo 3°.- De la Derogatoria Deroguense las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Articulo 4°.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 625143-4

ENERGIA Y MINAS
Aprueban modificacion al Contrato de Concesion Nº 190-2001, relativo a la concesion definitiva de generacion de energia electrica de la Central Hidroelectrica Tarucani
RESOLUCION SUPREMA Nº 021-2011-EM MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2011 VISTOS: El Expediente Nº 11083098, organizado por Tarucani Generating Company S.A., sobre concesion definitiva para desarrollar las actividades de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Tarucani; y su solicitud de modificacion del Contrato de Concesion Nº 190-2001; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 125-2001EM, publicada el 21 de MORDAZA de 2001, se otorgo a favor de Tarucani Generating Company S.A., concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia

electrica en la futura Central Hidroelectrica Tarucani, a ubicarse en el distrito de Lluta, provincia de Caylloma, departamento de MORDAZA, aprobandose el Contrato de Concesion Nº 190-2001; Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 033-2006EM, publicada el 7 de MORDAZA de 2006, se aprobo a favor de Tarucani Generating Company S.A. la modificacion del Contrato de Concesion Nº 190-2001 por razones de fuerza mayor, con la cual se vario las caracteristicas tecnicas de la Central Hidroelectrica Tarucani, el presupuesto y el Calendario de Ejecucion de Obras del proyecto, de manera tal que el inicio de las obras estaban previstas para el 31 de enero de 2007 y que la puesta en operacion comercial de la Central se produzca el 1 de febrero de 2009; Que, mediante el documento presentado el 8 de junio de 2007, ingresado bajo el registro Nº 1695244, Tarucani Generating Company S.A. solicito nuevamente la modificacion del Contrato de Concesion Nº 190-2001, a fin modificar el Calendario de Ejecucion de Obras, para lo cual argumento la existencia de razones tecnico - economicas al MORDAZA del literal b) del Articulo 36º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas; Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 0112008-EM, del 13 de marzo de 2008, se declaro la caducidad de la concesion definitiva de generacion Central Hidroelectrica Tarucani a que se refiere la presente Resolucion; Que, en consecuencia, estando a los considerandos contenidos en la Sentencia de fecha 18 de junio de 2009, emitida por la Primera Sala Civil de la Corte Superior de MORDAZA, se declaro procedente la solicitud de modificacion del Contrato de Concesion Nº 1902001, estimandose que no era posible continuar con el procedimiento de modificacion del Contrato de Concesion por cuanto a dicha fecha se encontraba vigente la MORDAZA mencionada Resolucion Suprema Nº 011-2008-EM; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 012-2010EM, de fecha 3 de marzo de 2010, se declara procedente la solicitud de modificacion del Contrato de Concesion Nº 190-2001, presentada el 8 de junio de 2007, por Tarucani Generating Company S.A.; Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 055-2010EM, publicada el 4 de setiembre de 2010, se deja sin efecto la Resolucion Suprema Nº 011-2008-EM, publicada el 14 de marzo de 2008, y, en orden a procurar la ejecucion de la Sentencia de MORDAZA dada por la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, para efectos de la solicitud que se menciona en el parrafo anterior, Tarucani Generating Company S.A. argumento la existencia de razones tecnico economicas al MORDAZA del inciso b) del Articulo 36º de la Ley de Concesiones Electricas, vigente al momento en que se presento la solicitud de modificacion tal como ordeno la Sentencia de MORDAZA expedida por la Primera Sala Civil de MORDAZA, las mismas que no le permitieron iniciar las obras en los plazos previstos en el Contrato de Concesion Nº 190-2001; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 4292010-EM/DM de fecha 5 de octubre de 2010 el Ministerio de Energia y Minas aprobo las razones tecnico economicas expuestas por Tarucani Generating Company S.A., las mismas que tienen relacion con variaciones tecnicas, incremento de costos y aspectos financieros, indispensables para la ejecucion de la indicada central; Que, al haberse aprobado las razones tecnico economicas, procede aprobar las modificaciones solicitadas por dicha empresa, las cuales seran consignadas en el Contrato de Concesion Nº 190-2001 a traves de la respectiva Minuta que modifique las Clausulas MORDAZA y Sexta, asi como el Anexo Nº 4 del Contrato de Concesion Nº 190-2001; Que, mediante la Resolucion Jefatural Nº 750-2010ANA de fecha 16 de diciembre de 2010, la Autoridad Nacional del Agua dispuso mantener vigente los efectos de la Resolucion Administrativa Nº 428-2005/GRA/PRDRAG-ATDR.CSCH, que autorizo a Tarucani Generating Company S.A. el uso del recurso hidrico para la ejecucion