Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2007 (28/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

350341

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS
Exoneran de MORDAZA de seleccion el suministro de producto para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 69-2007-C/MC Comas, 23 de MORDAZA del 2007. EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 23 de MORDAZA del 2007, los siguientes documentos Informe N° 111-2007-GAF/MC de la Gerencia de Administracion y Finanzas, Informe N° 291-2007-SGL-GAF/MC de la Subgerencia de Logistica, Informe N° 188-2007-PVL/ MC del Programa del Vaso de Leche, Informe N° 3942007-GAJ/MC de la Gerencia de Asuntos Juridicos y Memorando N° 303-2007-GPP/MC de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, respecto a la Exoneracion de MORDAZA de Seleccion por Desabastecimiento Inminente del Suministro de Hojuela enriquecida con Cereales, Vitaminas y Minerales del Programa del Vaso de Leche, en la Jurisdiccion del Distrito de Comas, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del Articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0832004-PCM, se encuentran exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las Adquisiciones que se realicen en Situacion de Desabastecimiento Inminente producidas conforme a la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Articulo 21° de la mencionada Ley establece que se considera Situacion de Desabastecimiento Inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, de conformidad con el Articulo 146° del Reglamento de la Ley citada, establece que "La Resolucion o Acuerdo que apruebe la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion; Que, mediante Informe N° 111-2007-GAF/MC, de fecha 17 de MORDAZA del 2007 la Gerencia de Administracion y Finanzas, detalla que segun el Informe N° 188-2007PVL/MC del Programa del Vaso de Leche, el Suministro Hojuela de Quinua Enriquecida, con Cereales, Vitaminas y Minerales alcanzara hasta el 27 de MORDAZA de 2007; y como quiera que para la adquisicion de los Suministros descritos se ha convocado la Licitacion Publica N° 02-2007-CE/ MC, teniendo previsto el otorgamiento de la Buena Pro para el 17 de agosto proximo; asimismo la Subgerencia de Logistica, mediante Informe 291-2007-SGL-GAF/MC considerando los antecedentes de Procesos licitarios similares asi como lo vertido por el PVL y con la finalidad de prever el abastecimiento oportuno de los Suministros del Programa del Vaso de Leche, solicita realizar los tramites previos ante el Concejo Municipal, para la aprobacion de declarar el Desabastecimiento Inminente del Suministro

Hojuela de Quinua enriquecida con Cereales, Vitaminas y Minerales; Que, mediante Informe N° 303-2007-GPP/MC de fecha 12 de MORDAZA del 2007, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, informa que se cuenta con un saldo disponible para el presente periodo con cargo a la Asignacion Presupuestaria 5.3.11.24 Alimentos para Personas, Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios de S/. 5,292,984.44 Nuevos Soles. Que, mediante Informe N° 394-2007-GAJ/MC, de fecha 19 de MORDAZA del 2007, la Gerencia de Asuntos Juridicos informa que del merito de los Informes tecnicos respectivos: Informe N° 188-2007-PVL/ MC; Informe N° 291-2007-SGL-GAF/MC e Informe N° 111-2007-GAF/MC respecto a declarar la situacion de Desabastecimiento Inminente del Suministro Hojuela de Quinua enriquecida con Cereales, Vitaminas y Minerales del Programa del Vaso de Leche, resulta procedente esta situacion imprevisible; Que, los hechos MORDAZA senalados dan lugar a que la Municipalidad Distrital de Comas se encuentre desabastecida inminentemente del Suministro de Hojuela de Quinua enriquecida con Cereales, Vitaminas y Minerales del Programa del Vaso de Leche, comprometiendo en forma directa e inminente la continuidad de la entrega del suministro a la poblacion Comena; Estando a lo expuesto, de conformidad con el inciso c) del Articulo 19° y los Articulos 20° y 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, y demas normas pertinentes, y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 9° de la Ley N° 27972-Ley Organica de Municipalidades; luego del debate correspondiente, el Pleno del Concejo aprobo por Mayoria , el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE EL SUMINISTRO DE HOJUELA DE QUINUA enriquecida con Cereales, Vitaminas y Minerales del Programa del Vaso de Leche, hasta un plazo MORDAZA de noventa (90) dias calendario. Articulo Segundo.- APROBAR LA EXONERACION DEL MORDAZA DE SELECCION para la contratacion del Suministro de Hojuela de Quinua enriquecida con Cereales, Vitaminas y Minerales para el Programa del Vaso de Leche, en los siguientes terminos: MORDAZA DESCRIPCION CANTIDAD VALOR REFERENCIAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO PLAZO SUMINISTRO Hojuela de Quinua enriquecida con Cereales, Vitaminas y Minerales 141,124 KILOS. S/. 620,945.60 ( S/. 4.40 por Kilo). RECURSOS ORDINARIOS. Noventa (90) Dias Calendario.

Articulo Tercero.- DESIGNAR a la Subgerencia de Logistica, como dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Municipalidad Distrital de Comas, llevar a cabo la contratacion materia de la presente exoneracion, conforme al procedimiento establecido en el Articulo 148° del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas, poner el presente Acuerdo en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con el Articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado dentro de los diez (10) dias calendarios siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Quinto.- Los Regidores de acuerdo a las Atribuciones que le corresponden de Acuerdo a la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades; sobre su funcion fiscalizadora de encontrar indicios de negligencia funcional, solicitaran al Organo de Control Institucional el respectivo examen.