Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2007 (28/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2007

Articulo 95°.- Regimen Financiero La Entidad formula anualmente sus estados financieros correspondientes al respectivo ejercicio fiscal. El plazo MORDAZA de MORDAZA es el 31 de marzo. Articulo 96°.- Regulacion Presupuestal La Entidad regula sus presupuestos, procesos presupuestarios, normas de austeridad y remuneraciones, la contratacion de bienes, obras, asesorias y otros servicios que incluyen las consultorias, conforme a lo dispuesto en las normas legales vigentes. Articulo 97º.- Recursos de la Entidad a) Los bienes muebles e inmuebles de su propiedad; b) Las asignaciones y transferencias de Recursos Ordinarios para funcionamiento y ejecucion que le seran transferidos por el Gobierno Nacional en materias de su competencia; c) Los tributos creados por Ley a su favor; d) Donaciones y Transferencias; e) El Fondo de Promocion del acceso a la Propiedad Formal (FOPROP) ; f) El producto de las operaciones financieras y las de credito interno y externo. Las operaciones de credito externo requieren del aval o garantia del Estado, y se sujetan a la Ley de Endeudamiento Publico; g) Los Recursos Directamente Recaudados. CAPITULO II DEL REGIMEN LABORAL Articulo 98°.- Regimen Laboral Los Trabajadores de COFOPRI estan comprendidos en el regimen laboral de la actividad privada. Articulo 99°.- Dieta de los vocales Los vocales del Tribunal Administrativo por desempeno de sus funciones, perciben dieta, conforme a la normativa vigente. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.Formulacion y Adecuacion de Documentos de Gestion La Oficina de Planeamiento y Presupuesto a traves de la Unidad de Planeamiento, a partir de la aprobacion del presente Reglamento, formulara y/o adecuara los documentos de gestion que correspondan. Segunda.- Facultades del Director Ejecutivo El Director Ejecutivo del COFOPRI, queda facultado a expedir las normas, directivas complementarias y de efectuar las modificaciones que resulten necesarias y aseguren la adecuada aplicacion del presente Reglamento, conforme a la normatividad vigente. 90197-1

Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, mediante Ley Nº 28927, se aprobo el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, incorporado al Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento con Resolucion Ministerial Nº 505-2006VIVIENDA por la suma de UN MIL TREINTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 036 801 539, 00) por toda Fuente de Financiamiento; Que, el literal g) del articulo 5º de la Ley Nº 28927 dispone que para los casos de ejecucion de proyectos a traves de transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto para cuyo efecto debera suscribirse previamente, convenios; y en el caso de ejecucion de proyectos por administracion directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 28979, precisa que las transferencias financieras que se realicen en el MORDAZA del citado literal g) del articulo 5º, se autorizan mediante Resolucion del Titular del Pliego, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de las entidades, estableciendo un cronograma de desembolsos que se ejecutaran luego de la MORDAZA de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras; Que, de acuerdo con el literal h) del numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28927, las transferencias financieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para proyectos de inversion y saneamiento se aprueban por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Informe Tecnico Nº 255-2007/ VIVIENDA/VMCS/PAPT-DE, la Direccion Ejecutiva del Programa Agua Para Todos ha informado respecto al estado situacional del proyecto descrito en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, y asimismo, ha emitido opinion favorable respecto a la transferencia financiera a realizarse a favor del GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA, para la ejecucion del referido proyecto, por una suma de hasta por S/. 529 705,00; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Ano Fiscal 2007 y la Ley Nº 28979; SE RESUELVE:

Autorizan transferencias financieras a favor del Gobierno Regional de MORDAZA y de las Municipalidades Distritales de Catahuasi, San MORDAZA MORDAZA y Colasay
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 387-2007-VIVIENDA MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, es funcion del Ministerio, entre otras, ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, asimismo, el literal I) del articulo 8º del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprueba el

Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera hasta por la suma de S/. 529 705,00 (Quinientos veintinueve mil setecientos cinco y 00/100 Nuevos Soles) en la Fuente de Recursos Ordinarios a favor del GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA para la ejecucion del proyecto descrito en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, tomando como referencia el cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B que de igual modo integra la presente Resolucion. Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para la ejecucion y/o conclusion del proyecto detallado en el Anexo A, quedando prohibido que el GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA efectue anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Articulo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo precedente se realizara con cargo al presupuesto aprobado del presente ano fiscal 2007, de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3º.- De conformidad con la Ley Nº 28979, los desembolsos solo se efectivizaran luego que el GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA presente al Programa