Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2006 (11/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano martes 11 de MORDAZA de 2006

y 13 de MORDAZA de 2006, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion a los interesados y a las instancias jurisdiccionales y administrativas correspondientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) 12024

es pertinente para este Despacho modificar la Resolucion Administrativa Nº 133-P-CSJL, debiendose establecer el tramite adecuado de expedicion de Testimonios y Boletines de Condenas; Que, estando a los considerandos expuestos y de acuerdo a lo senalado en el articulo 90º incisos 3) y 9), de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Primero.- MODIFICAR el articulo primero la Resolucion Administrativa Nº 133-P-CSJL de fecha 25 de junio de 1998 DISPONIENDOSE que a partir del 17 de MORDAZA del ano en curso, consentidas que MORDAZA las sentencias condenatorias, las MORDAZA Penales y los Juzgados Penales elaboren y remitan los testimonios y boletines de condena, al Registro Distrital de Condenas de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, para su correspondiente inscripcion, tramite y canalizacion al Registro Nacional de Condenas. Segundo.- ENCARGAR, a la Jefatura de Administracion Distrital efectue las coordinaciones con la Gerencia General del Poder Judicial a fin de que se efectivice la instalacion de un aplicativo informativo, que posibilite la expedicion de certificados de antecedentes penales que MORDAZA requeridos por los senores Magistrados de los organos jurisdiccionales de esta Corte Superior. Tercero.- PONER en conocimiento la presente resolucion al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de la Republica, Fiscalia de la Nacion, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, Organo de Control de la Magistratura y Magistrados del area penal; para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 12053 FE DE ERRATAS RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 205-2006-CED-CSJLI/PJ Mediante Oficio Nº 2555-P-CSJLI/PJ, la Corte Superior de Justicia de MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Administrativa Nº 205-2006CED-CSJLI/PJ, publicada en la edicion del dia 10 de MORDAZA de 2006. DICE: Articulo Setimo.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 17 de junio del 2006. DEBE DECIR: Articulo Setimo.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 17 de MORDAZA del 2006. 12012

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Modifican la Res. Adm. Nº 133-P-CSJL y disponen que a partir del 17 de MORDAZA de 2006, consentidas que MORDAZA las sentencias condenatorias, las MORDAZA y Juzgados Penales remitiran testimonios y boletines de condena al Registro Distrital de Condenas de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 227-2006-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 7 de MORDAZA del 2006 VISTAS Las Resoluciones Administrativas Nº 109-97-P-CSJL y Nº 133-P-CSJL, de fecha 25 de junio de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 109-97P-CSJL, de fecha seis de agosto del ano mil novecientos noventa y siete, emitida por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, se dispuso que las MORDAZA y Juzgados Penales, una vez consentida que sea la sentencia, cumplan con remitir a las autoridades competentes, bajo responsabilidad funcional los testimonios de condena, a fin de diligenciar el tratamiento pospenitenciario y la tramitacion de los beneficios que pudieran acceder los condenados, disponiendo asimismo MORDAZA entregados a estos tres ejemplares o fotocopias debidamente autenticadas de las sentencias; Que, asimismo se implanto una oficina coordinadora para la concentracion de toda la actividad tendiente a la elaboracion de los boletines, para el registro de las sentencias condenatorias en el Registro Central de Condenas; posteriormente, mediante Resolucion Administrativa Nº 133-P-CSJL, se amplio las funciones de dicha oficina, a fin de que asuma con caracter exclusivo, el tramite y canalizacion de los testimonios de condenas y la recepcion de oficios con mandatos de detencion o MORDAZA que los organos jurisdiccionales penales de este Distrito Judicial, remitan a las autoridades penitenciarias o policiales segun sea la circunstancia; Que, si bien el articulo 172º de la Ley Organica del Poder Judicial senala que los organos de gestion del Poder Judicial disponen las medidas necesarias a fin de adecuar a las modernas tecnicas de administracion, el tramite documentario, el manejo de los expedientes judiciales y el archivo; tambien lo que es que el articulo 174º del mismo cuerpo de normas, nos habla de la inamovilidad del expediente de la Sala o Juzgado, indicando que los expedientes, libros, archivos y demas implementos necesarios, pertenecen a la Sala o Juzgado, no pueden ser retirados del mismo, salvo autorizacion del Magistrado competente; en tal sentido, estando a lo senalado precedentemente, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 332º del Codigo de Procedimientos Penales y en salvaguarda al respeto irrestricto de nuestra Ley Organica del Poder Judicial,

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de Gerente Juridico a Colombia para asistir a la Reunion de Trabajo de Asesores Legales de los Bancos Centrales de los paises miembros del FLAR
RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 055-2006-BCRP MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2006