Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2006 (11/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano martes 11 de MORDAZA de 2006

Autorizan contratacion de servicios de asesoria legal para el MORDAZA judicial que el Estado peruano iniciara en contra de la Universidad de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 253-2006-RE MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que por Decreto del 27 de MORDAZA de 1893 y por Decreto Supremo Nº 2612, de fecha 19 de agosto de 1911, el Gobierno del Peru prohibio la exploracion o excavacion, sin permiso especial, de objetos arqueologicos en lugares situados en tierras publicas o abandonadas; Que con fecha 31 de octubre del ano de 1912 el entonces Ministerio de Instruccion emitio la Resolucion Nº 1529, publicada en El Peruano el 4 de noviembre de 1912, autorizando a MORDAZA Bingham para que practique excavaciones y exploraciones en el departamento del Cusco; Que en dicha Resolucion se senala, entre otros considerandos, que el Gobierno del Peru se reserva el derecho de exigir de la Universidad de MORDAZA y de la Sociedad Geografica Nacional, la devolucion de los objetos unicos y la de los duplicados que se extraigan y hayan extraido, a los que se refiere el Decreto Supremo Nº 2612 de fecha 19 de agosto de 1911; Que mediante Resolucion Nº 31 del 27 de enero de 1916, emitida por la Direccion General de Instruccion Publica, se autorizo al senor Elwood C. Erdis, Subdirector de la expedicion cientifica presidida por el senor MORDAZA Bingham, para que exporte por el puerto del Callao con destino a la Universidad de MORDAZA y a la National Geographic Society de Nueva MORDAZA, 74 cajones que se encontraban en uno de los depositos del Museo de Historia Nacional, que contenian objetos arqueologicos extraidos del departamento del MORDAZA en los anos de 1914 y 1915; Que en la misma Resolucion Nº 31 del 27 de enero de 1916 se dispone que la Universidad de MORDAZA y la Sociedad Geografica Nacional estan obligadas a devolver en el plazo de 18 meses, contados desde esa fecha, los objetos cuya exportacion se autoriza, debiendo remitirse al Peru los estudios que respecto de ellos se hubieren practicado asi como las fotografias que con motivo de dichos estudios se tomaren; Que, por diferentes dispositivos legales, siendo el ultimo la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, de fecha 21 de MORDAZA de 2004, el Gobierno peruano establece normas precisas de defensa, proteccion, promocion, propiedad y regimen legal y el destino de los bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, en la actualidad, los objetos pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nacion extraidos de Machu Picchu y exportados del Peru como consecuencia de la Resolucion Nº 1529 del 31 de octubre de 1912, asi como de la Resolucion Nº 31 del 27 de enero de 1916, se encuentran aun en poder del Museo Peabody de la Universidad de MORDAZA, Estados Unidos de America; Que luego de cuatro anos de dialogo y negociacion con las mas altas autoridades de la Universidad de MORDAZA, y contando con los buenos oficios de la Sociedad Geografica Nacional, no ha sido posible obtener la devolucion amistosa de los restos arqueologicos de Machu Picchu que fueran extraidos y exportados por MORDAZA Bingham y que se encuentran en posesion del Museo Peabody de la Universidad de Yale; Que es necesario iniciar las acciones legales en contra de la Universidad de MORDAZA ante los tribunales de justicia estadounidenses a fin de recuperar los bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nacion que fueron exportados del Peru de acuerdo a lo senalado en los considerandos precedentes; Que es necesario asegurar que el Estado peruano cuente con la asesoria especializada de estudios juridicos, asesores y expertos de reconocido prestigio con experiencia profesional; Que mediante Decreto Supremo numero 096-2006-EF publicado el 26 de junio del 2006, el Ministerio de Economia y Finanzas autoriza la transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2006 al Pliego de Relaciones Exteriores por la suma de S/. 825,000.00

(Ochocientos Veinticinco mil nuevos soles) para atender, entre otros, los servicios de asesoria legal relacionados con la MORDAZA mencionada acciones legales, lo que permitira cubrir parcialmente la contratacion de dichos servicios en el inicio del MORDAZA legal para la repatriacion de las piezas arqueologicas extraidas de Machu Picchu; De conformidad con lo previsto en el Articulo 118º incisos 8) y 11) de la Constitucion Politica del Peru; el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; lo dispuesto en los incisos a) y e) del articulo 5º de la Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobada por Decreto Ley Nº 26112; el articulo 2º numeral 3) inciso o) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Embajador del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA para contratar los servicios especializados de asesoria legal internacionales para el MORDAZA judicial que el Estado peruano iniciara en contra de la Universidad de Yale. Articulo Segundo.- La contratacion de los servicios profesionales a que se hace referencia en el articulo Primero, incluyendo los honorarios, condiciones y gastos que se acuerden para dicha contratacion, sera aprobada por Resolucion Ministerial del Sector Relaciones Exteriores, la cual autorizara la suscripcion del contrato respectivo. Los montos adicionales por concepto de honorarios y gastos que pudieren ser requeridos para la adecuada representacion del Estado, seran igualmente aprobados por Resolucion Ministerial del Sector Relaciones Exteriores. Articulo Tercero.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Justicia y el Ministro de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 12096

Remiten al Congreso de la Republica documentacion referente al "Convenio entre la Republica del Peru y el Reino de Espana para Evitar la Doble Tributacion y para Prevenir la Evasion Fiscal en relacion con los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio"
RESOLUCION SUPREMA Nº 254-2006-RE MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2006 Remitase al Congreso de la Republica, la documentacion referente al "Convenio entre la Republica del Peru y el Reino de Espana para Evitar la Doble Tributacion y para Prevenir la Evasion Fiscal en relacion con los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio", suscrito el 6 de MORDAZA de 2006, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, para los efectos a