Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2020 (09/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Viernes 9 de octubre de 2020

NORMAS LEGALES

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Que, conforme al Tratado entre la República del Perú y la República Popular China sobre Extradición, suscrito el 5 de noviembre de 2001 y vigente desde el 5 de abril de 2003; así como al Código Procesal Penal peruano y al Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición pasiva de la ciudadana de nacionalidad china CHIN LIN TSAI LU, formulada por las autoridades de la República Popular China, declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesada por la presunta comisión del delito de conspiración para manejar propiedad conocida o que se cree que representa el producto de un delito procesable. Artículo 2.- Disponer que, previo a la entrega de la mencionada ciudadana china, las Autoridades Centrales de ambos países verifiquen, en lo que a cada una corresponda, que el traslado se realice con todas las garantías necesarias para prevenir el riesgo de contagio del COVID-19 en la reclamada y sus custodios como acto previo a la ejecución de su extradición. Artículo 3.- Disponer que, previo a la entrega de la persona requerida, el Estado requirente deberá dar las seguridades que se le computará el tiempo de privación de libertad que ha demandado el trámite de extradición en la República del Perú, conforme a la normativa interna aplicable al caso. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República ANA C. NEYRA ZEGARRA Ministra de Justicia y Derechos Humanos MARIO LÓPEZ CHÁVARRI Ministro de Relaciones Exteriores 1891887-9

departamento de La Libertad, Distrito Notarial de La Libertad, acaecido el día 22 de abril de 2020; solicitando la expedición de la resolución de su cese por fallecimiento; Que, asimismo, mediante Oficio Nº 0115-2020-CNLL, de fecha 04 de setiembre de 2020, el Colegio de Notarios de La Libertad, remitió al Consejo del Notariado las copias certificadas del Acta de Defunción del señor Gustavo Ramón Ferrer Villavicencio, expedida por el RENIEC; del Acta de Sesión de Junta Directiva de fecha 12 de agosto de 2020 en la que se designa al notario encargado de la administración del archivo notarial; de las Actas de cierre de registros; y, de los últimos instrumentos del notario fallecido; Que, mediante Oficio Nº 639-2020-JUS/CN, el Presidente del Consejo del Notariado remite a Secretaría General el Informe Nº 69-2020-JUS/CN/ST, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado, con los respectivos antecedentes, solicitando tramitar la emisión de la resolución de cancelación de título del mencionado notario; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del artículo 21 del Decreto Legislativo Nº 1049, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1232, el notario cesa por causal de muerte, por lo que, habiendo operado dicha causal, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de notario; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1232, Decreto Legislativo que modifica diversos artículos y Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Cancelar, por causal de muerte, el título de Notario del distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, Distrito Notarial de La Libertad, otorgado al señor GUSTAVO RAMON FERRER VILLAVICENCIO. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios de La Libertad para los fines que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA C. NEYRA ZEGARRA Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1891632-1

Cancelan el título de Notario del distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, Distrito Notarial de La Libertad
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0258-2020-JUS Lima, 7 de octubre de 2020 VISTOS, el Informe Nº 069-2020-JUS/CN/ST, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado; el Oficio Nº 639-2020-JUS/CN, de la Presidencia del Consejo del Notariado; y, el Informe Nº 757-2020-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Corte Superior de Justicia del Departamento de La Libertad nombró como notario público de la provincia de Trujillo al señor GUSTAVO RAMON FERRER VILLAVICENCIO, expidiéndole el título correspondiente el 10 de agosto de 1966; Que, mediante Oficio Nº 088-2020-CNLL, de fecha 25 de junio de 2020, el Colegio de Notarios de La Libertad comunicó al Consejo del Notariado el fallecimiento del señor GUSTAVO RAMON FERRER VILLAVICENCIO, notario público del distrito y provincia de Trujillo,

PRODUCE
Aprueban Normas Técnicas Peruanas y Corrigenda Técnica sobre turismo, explosivos y accesorios de voladura y otros
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 025-2020-INACAL/DN Lima, 5 de octubre de 2020 VISTO: El acta de fecha 29 de septiembre de 2020 del Comité Permanente de Normalización; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y