Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2020 (09/10/2020)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Viernes 9 de octubre de 2020

NORMAS LEGALES

17

Nº 004-2019-JUS, establece que las entidades pueden delegar la competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, de conformidad con el artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, concordante con el artículo 7 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN, el Ministro del Interior es la más alta autoridad política del Sector y es el Titular del Pliego presupuestal del Ministerio del Interior, siendo responsable de su conducción; Que, a través del Decreto Supremo Nº 122-2020-PCM, se convoca a Elecciones Generales el día domingo 11 de abril del año 2021, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino; Que, el numeral 23.1 del artículo 23 y el numeral 24.1 del artículo 24 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Electoral y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por Resolución Nº 0306-2020JNE, establecen que el formato de solicitud para el otorgamiento de autorización previa para publicidad estatal por radio o televisión, así como el formato de reporte posterior deben ser presentados ante el Jurado Electoral Especial por el titular del pliego correspondiente o a quién este faculte; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 008-2020IN se delega durante el Año Fiscal 2020 las facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio del Interior; Que, resulta pertinente modificar la Resolución Ministerial Nº 008-2020-IN, con el objeto de incorporar entre las facultades delegadas al Secretario General del Ministerio del Interior, la presentación, ante el Jurado Electoral Especial, de los formatos mencionados en el quinto considerando de la presente Resolución; Con el visto de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo 1. Incorporar en el numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 008-2020-IN, los literales d) y e), conforme al siguiente texto: "Artículo 1.- DELEGACIÓN DE FACULTADES SECRETARÍA GENERAL DEL MINISTERIO DEL INTERIOR: 1.2 En materia administrativa (...) d) Presentar el formato de solicitud de autorización previa para publicidad estatal en razón de necesidad o utilidad pública en periodo electoral, por radio o televisión, al Jurado Electoral Especial, establecido en el numeral 23.1 del artículo 23 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Electoral y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por Resolución Nº 0306-2020-JNE. e) Presentar el formato de reporte posterior de publicidad estatal en razón de necesidad o utilidad pública en periodo electoral, en medios distintos a radio o televisión, al Jurado Electoral Especial, establecido en el numeral 24.1 del artículo 24 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Electoral y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por Resolución Nº 03062020-JNE. Las facultades delegadas en los literales d) y e) incluyen la facultad de suscribir y remitir todos los documentos que resulten necesarios para solicitar la

autorización previa o efectuar el reporte posterior de publicidad estatal, incluyendo formatos, anexos, entre otros de similar naturaleza en el marco de lo dispuesto en la normativa sobre la materia. (...)" Artículo 2. Los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 008-2020-IN quedan subsistentes y mantienen plena vigencia. Artículo 3. Encargar a la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental la notificación de la presente Resolución Ministerial a la Secretaría General, para los fines pertinentes. Artículo 4. Disponer que la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, publique en la misma fecha de publicación en el diario oficial El Peruano, la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/ mininter). Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR AUGUSTO GENTILLE VARGAS Ministro del Interior 1891814-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano israelí y disponen su presentación a Israel
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 234-2020-JUS Lima, 8 de octubre de 2020 VISTO; el Informe Nº 084-2019/COE-TPC, del 28 de mayo de 2019, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad israelí YONI BRAKHA al Estado de Israel, formulada por la Sala Penal Nacional, para ser procesado por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de drogas agravado, en agravio del Estado Peruano; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 20 de noviembre de 2018, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad israelí YONI BRAKHA al Estado de Israel, formulada por la Sala Penal Nacional, para ser procesado por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de drogas agravado, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 165-2018); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente;