Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2020 (11/02/2020)


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NORMAS LEGALES

Martes 11 de febrero de 2020 /

El Peruano

por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República, para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo. El referido Tarifario consideró para el Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, la suma de S/ 225,249.15 Soles por el periodo a auditar 2019 y 2020; Que, con Resolución de Presidencia N° 219-2019-CONCYTEC-P de fecha 27 de noviembre de 2019, se autorizó la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, con cargo al Presupuesto Institucional 2019, por el importe de S/ 53,587.50 Soles (Cincuenta y Tres Mil Quinientos Ochenta y Siete y 50/100 Soles), encontrándose pendiente de transferencia el importe correspondiente al año 2020; Que, mediante el Informe N° 017-2020-CONCYTECOGA-OF, la Encargada de Funciones de la Oficina de Finanzas, el mismo que cuenta con la conformidad de la Oficina General de Administración a través de los Memorandos Nº (s) 041 y 042-2020-CONCYTEC-OGA, sustenta la realización de la segunda transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República hasta por la suma de S/ 53,587.50 (Cincuenta y Tres Mil Quinientos Ochenta y Siete y 50/100 Soles), para el Ejercicio Fiscal 2020, con el fin de contratar a la empresa de Sociedad Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al CONCYTEC, para lo cual solicita la Certificación de Crédito Presupuestario (en la UE 001 CONCYTEC) por S/ 18,755.70 Soles, y; (en la UE 002 FONDECYT) por S/ 34,831.80 Soles; Que, por su parte, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto indica a través del Informe N° 015-2020-CONCYTEC-OGPP-OPP y el Proveído N° 49-2020-CONCYTEC-OGPP, con respecto a la transferencia solicitada y en el marco de sus competencias en materia presupuestaria, concluye que se cuenta con disponibilidad presupuestaria para efectuar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, hasta por el importe de S/ 53 587.50 (Cincuenta y Tres Mil Quinientos Ochenta y Siete y 50/100 Soles), para la contratación de la sociedad de auditoria externa para el CONCYTEC, para lo cual ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestal Nº 83 y Nº 110; Que, mediante Informe N° 011-2020-CONCYTECOGAJ-RRQ y el Proveído N° 082-2020-CONCYTEC-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, considerando los informes de vistos, emite opinión legal favorable para la expedición de la Resolución de Presidencia que autorice la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Con el visado de la Secretaria General (e); de la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; de la Jefa de la Oficina General de Administración; la Encargada de Funciones de la Oficina de Finanzas y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica en señal de conformidad, y; De acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; el Decreto de Urgencia N° 014-2019 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; y la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2020 del Pliego 114: Consejo

Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica por la suma de S/ 53 587.50 (Cincuenta y Tres Mil Quinientos Ochenta y Siete Y 50/100 Soles), por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinados a financiar la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizaría la auditoría correspondientes al ejercicio 2020, de acuerdo al detalle siguiente:
Unidad Ejecutora (UE) Unidad Ejecutora 001 CONCYTEC Unidad Ejecutora 002 FONDECYT Total Importe a Transferir Año 2020 18,755.70 34,831.80 53,587.50

Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional 2020, del Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, de acuerdo al siguiente detalle:
Unidad Ejecutora Categoría Presupuestal Producto Actividad Fuente de Financiamiento Categoría de Gasto Genérica de Gasto : 001 Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica : : : : : : 9001 Acciones Centrales 3.999999 Sin Producto 5.000003 Gestión Administrativa 1 Recursos Ordinarios 5 Gastos Corrientes 2.4 Donaciones y Transferencias S/ 18,755.70

Total U.E. 001: CONCYTEC Unidad Ejecutora

: 002 Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica : : : : : : 9001 Acciones Centrales 3.999999 Sin Producto 5.000003 Gestión Administrativa 1 Recursos Ordinarios 5 Gastos Corrientes 2.4 Donaciones y Transferencias

Categoría Presupuestal Producto Actividad Fuente de Financiamiento Categoría de Gasto Genérica de Gasto

Total U.E. 002: FONDECYT S/ 34,831.80 ------------------------------------------------------------------------------------MONTO TOTAL S/ 53 587.50 -------------------------------------------------------------------------------------

Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Presentación de la Resolución Remitir una copia de la presente Resolución a la Oficina General de Administración del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, para que efectúe las acciones que le correspondan. Artículo 5.- Publicación Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC (www.concytec.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO Presidenta 1854017-1

Designan Asesor de la Presidencia del CONCYTEC
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 021-2020-CONCYTEC-P Lima, 7 de febrero de 2020