Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2020 (11/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Martes 11 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES

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designación de la servidora Silvana Carolina Farfán Valenzuela, al cargo de Secretaria Técnica del Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la APN, con eficacia anticipada al 2 de enero de 2020; Que, a efectos de materializar el acuerdo adoptado por el Directorio de la APN, resulta necesario emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 034 -2004MTC y la Directiva Nº 02-2015-SERVIR/GPGSC - "Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 101-2015-SERVIR-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la abogada Silvana Carolina Farfan Valenzuela, Especialista de Recursos Humanos, como Secretaria Técnica del Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley del Servicio Civil de la Autoridad Portuaria Nacional, con eficacia anticipada al 2 de enero de 2020. Artículo 2º.- Encargar a la Unidad de Relaciones Institucionales, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano", así como en el Portal Web Institucional de la Autoridad Portuaria Nacional. Artículo 3º.- Comunicar la presente resolución a todas las Direcciones y Unidades que conforman la Autoridad Portuaria Nacional, a efectos que tomen conocimiento de lo dispuesto en ella. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR PATIÑO GARRIDO Presidente del Directorio 1853940-1

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Crean el "Comité del Portal SciELO Perú", encargado de aprobar la inclusión y exclusión de nuevos títulos de revistas al Portal SciELO Perú, así como proponer lineamientos en materia de publicaciones y difusión científica, que permita fortalecer la colección SciELO Perú
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 018-2020-CONCYTEC-P Lima, 7 de febrero de 2020 VISTOS: El Informe N° 219-2019-CONCYTEC-DEGC e Informe N° 108-2019-CONCYTEC-DEGC-VHGR de la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento, el Informe N° 002-2020-CONCYTEC-OGPP-OMGC y Proveído N° 012-2020-CONCYTEC-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 006-2020-CONCYTEC-OGAJ-EMAF y Proveído N° 034-2020-CONCYTEC-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), es un organismo

público técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía científica, técnica, económica, administrativa y financiera, conforme a lo establecido en la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), y en la Ley N° 30806, que modifica diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación e Innovación Tecnológica y de la Ley N° 28613, Ley del CONCYTEC; Que, conforme al artículo 9 de la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, el CONCYTEC es el organismo rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (SINACYT), que es el conjunto de instituciones y personas naturales del país, dedicadas a la Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i) en ciencia y tecnología y a su promoción, y según el artículo 2 del referido dispositivo legal se dispone que el desarrollo, promoción, consolidación, transferencia y difusión de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, son de necesidad pública y de preferente interés nacional, como factores fundamentales para la productividad y el desarrollo nacional en sus diferentes niveles de gobierno; Que, la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento del CONCYTEC mediante los Informes N°s 219-2019-CONCYTEC-DEGC y 108-2019-CONCYTECDEGC-VHGR señala que con fecha 25 de marzo de 2004, se suscribió un Acuerdo de Colaboración para la implementación de SciELO del Perú entre el CONCYTEC, la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y la Organización Panamericana de la Salud de la Organización Mundial de la Salud con el principal objetivo de unir esfuerzos para la implementación y desarrollo del Portal SciELO Perú, para lo cual propone la conformación de un Comité Consultivo que esté a cargo de la selección y evaluación de la publicaciones científicas a ser ingresadas en el mismo, cuya conformación no se instauró formalmente. A su vez, precisa que SciELO: Scientific Electronic Library Online (Biblioteca Científica Electrónica en Línea) es un modelo para la publicación electrónica cooperativa de revistas científicas en internet, el cual es gestionado por el CONCYTEC, a través de la Sub Dirección de Gestión de Información y Conocimiento de la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento; Que, además, la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento del CONCYTEC mediante los Informes de Vistos, sustenta técnicamente la necesidad de crear un Comité del Portal SciELO Perú en el CONCYTEC, que se encargue de aprobar la inclusión y exclusión de nuevos títulos de revistas en dicho Portal, así como de proponer lineamientos en materia de publicaciones y difusión científica que permita fortalecer la colección SciELO Perú, toda vez, que se hace imprescindible la optimización de los procesos operativos de SciELO Perú, así como un análisis de los procedimientos para la admisión y permanencia de revistas científicas en la colección peruana. Por otra parte, precisa que el comité estará conformado por representantes de las revistas indizadas en el Portal SciELO Perú, y que la Secretaría Técnica del Comité recaerá en la Sub Dirección de Gestión de la Información y Conocimiento de la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento del CONCYTEC; Que, mediante Informe N° 002-2020-CONCYTECOGPP-OMGC, de la Coordinadora de la Oficina de Modernización y Gestión de la Calidad, que cuenta con la aprobación de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del Proveído N° 012-2020-CONCYTEC-OGPP concluye que la propuesta de conformación del Comité del Portal SciELO Perú se encuentra enmarcada en el Decreto Supremo N° 0542018-PCM; asimismo, determina que en su conformación no existe duplicidad de funciones, y no demandará gastos adicionales al presupuesto del CONCYTEC, encontrando viable la creación del mencionado Comité; Que, mediante Informe N° 006-2020-CONCYTECOGAJ-EMAF y Proveído N° 034- 2020-CONCYTECOGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, señala que según los literales h) y k) del artículo 11 de la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación