Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2019 (24/11/2019)
Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.
TEXTO DE LA PÁGINA 50
50
NORMAS LEGALES
Domingo 24 de noviembre de 2019 /
El Peruano
Metas de Gestión: Son los parámetros seleccionados por la Dirección de Regulación Tarifaria para el seguimiento y evaluación sistémica del cumplimiento del programa de inversiones, las acciones de mejora en la gestión de la empresa prestadora establecidos en el estudio tarifario. Las Metas de Gestión son aprobadas en el Consejo Directivo de SUNASS. Valor Meta (VM): Es el valor de la Meta de Gestión establecido por el Consejo Directivo a propuesta de la Dirección de Regulación Tarifaria, que indica el objetivo a alcanzar por la empresa prestadora al final del año regulatorio. Valor Obtenido (VO): Es el valor de la Meta de Gestión alcanzado por la empresa prestadora como resultado de la gestión realizada durante el año regulatorio. II.- FISCALIZACIÓN DE LAS METAS DE GESTIÓN Para efecto de las acciones de fiscalización y sanción, la SUNASS verificará que al final de cada año del quinquenio regulatorio EMAPA HUARAL S.A. haya cumplido como mínimo las siguientes condiciones: - El 85% del ICG. - El 80% del ICI a nivel de EP. El cumplimiento de los índices antes señalados será evaluado conforme a lo establecido en el numeral anterior. ANEXO N° 2 FÓRMULA TARIFARIA DE EMAPA HUARAL S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 20192024 Y CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS INCREMENTOS TARIFARIOS A. FÓRMULA E INCREMENTOS TARIFARIOS BASE
1. Por el servicio de agua potable T1 = T0 (1 + 0,065) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,130) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,088) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ) 2. Por el servicio de alcantarillado T1 = T0 (1 + 0,065) (1 + ) T2 = T1 (1 + 0,130) (1 + ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ) T4 = T3 (1 + 0,088) (1 + ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + )
B. CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS INCREMENTOS TARIFARIOS La verificación por el organismo regulador del cumplimiento de las metas de gestión base autoriza a EMAPA HUARAL S.A., a aplicar los incrementos tarifarios considerados en la fórmula tarifaria base. Los incrementos tarifarios base, establecidos en el segundo y cuarto año regulatorio se aplicarán en forma proporcional al porcentaje del ICG obtenido al término del primer y tercer año regulatorio respectivamente. La empresa prestadora podrá acceder al saldo de los referidos incrementos tarifarios en los siguientes años del quinquenio regulatorio, en forma proporcional al ICG obtenido en cada año. EMAPA HUARAL S.A. deberá acreditar ante la Dirección de Fiscalización de la SUNASS el cumplimiento del ICG obtenido para la aplicación de los referidos incrementos tarifarios. ANEXO N° 3 ESTRUCTURA TARIFARIA DEL QUINQUENIO REGULATORIO 2019-2024 PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE EMAPA HUARAL S.A. I. ESTRUCTURA HUARAL S.A.: TARIFARIA PARA EMAPA
Para la estructura tarifaria, en atención al principio de equidad, se aplica el criterio de jerarquía de las tarifas cobradas a los usuarios, estableciendo un subsidio cruzado, de modo que los usuarios de las categorías con menor capacidad adquisitiva paguen menos que aquellos de las otras categorías con mayor capacidad de pago. I.1 Cargo fijo (S//Mes): 3,310 se reajusta por efecto de la inflación de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas. I.2 Cargo por volumen de agua potable y alcantarillado:
Tarifa Agua Potable (S/ / m³) 0,870 0,870 0,927 1,362 2,530 3,809 3,463 3,809 3,463 3,809 Tarifa Alcantarillado (S/ / m³) 0,248 0,248 0,261 0,386 0,720 1,078 0,980 1,078 0,980 1,078
Clase
Categoría Social
Rango 0 a más 0a8
Donde To T1 T2 T3 T4 T5 : : : : : : : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente Tarifa media que corresponde al año 1 Tarifa media que corresponde al año 2 Tarifa media que corresponde al año 3 Tarifa media que corresponde al año 4 Tarifa media que corresponde al año 5 Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor
Residencial Doméstico
8 a 16 16 a más
Comercial y otros No Residencial
0 a 30 30 a más 0 a 60 60 a más 0 a 30 30 a más
Industrial
En el quinquenio regulatorio 2019-2024 se tienen previstos tres incrementos tarifarios en el primer, segundo y cuarto año regulatorio, en lo que respecta a los servicios de agua potable y alcantarillado. Los incrementos tarifarios base del primer, segundo y cuarto año regulatorio tanto en el servicio de agua como en el de alcantarillado, serán destinados a cubrir lo siguiente: i) costos de operación y mantenimiento de la empresa prestadora, ii) costos de inversión de los proyectos a ser financiados con recursos internamente generados y de terceros, iii) implementación del Plan para Gestión de Riesgo de Desastres (GRD), iv) implementación de Mecanismos de Retribución de Servicios Ecosistémicos (MRSE), v) implementación del Plan de Control de Calidad (PCC), vi) implementación de Valores Máximos Admisibles (VMA), vii) evaluación normativa de la PTAP Huando, viii) consultoría para el saneamiento contable financiero e ix) implementación del Plan de Fortalecimiento de Capacidades (PFC), entre otros.
Estatal Nota: Las tarifas no incluyen IGV.
Asignación Máxima de Consumo
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Comercial y Doméstico Industrial otros 20 30 100
Social 10
Estatal 100
Con la finalidad de garantizar que los usuarios reciban señales de consumo adecuadas, aquellos usuarios que no acepten la micromedición, tendrán una asignación equivalente al doble de la asignación correspondiente, según su categoría.