Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2019 (24/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Domingo 24 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Resolución de Contraloría N° 3692019-CG, se aprueba el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, mediante el Oficio N° 002261-2019-CG/DC, la Contraloría General de la República solicita realizar al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social una transferencia financiera a su favor en el marco de lo establecido en la Ley N° 30742 y en la Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG, para iniciar el proceso de convocatoria del concurso público de méritos y posterior contratación de la empresa de sociedad de auditoría que se encargará de las labores de control posterior externo al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, la Oficina General de Administración mediante Memorando N° 2313-2019-MIDIS/SG/OGA solicita la realización de una transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República hasta por la suma de SEISCIENTOS CUARENTA MIL CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 640 059,00), que comprende la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas, para el periodo auditado 2019, con el fin que se inicie el proceso de convocatoria del concurso público de méritos y posterior contratación de la empresa de sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina de Presupuesto, con Memorando N° 1381-2019-MIDIS/SG/OGPPM e Informe N° 57-2019-MIDIS/SG/OGPPM/OP, respectivamente, señalan que no tienen observaciones respecto a la transferencia financiera del Pliego: 040 Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Unidad Ejecutora: 001 Sede Central, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, hasta por un monto de SEISCIENTOS CUARENTA MIL CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 640 059,00) a favor del Pliego 019 Contraloría General de la República, para cubrir los gastos de retribución económica, incluido impuesto general a las ventas, para la contratación de las sociedades auditoras (periodo auditado 2019); Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Presupuesto; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS, modificado por Decreto Supremo N° 008-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego: 040 Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Unidad Ejecutora: 001 Sede Central, Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, Categoría Presupuestal: 9001 Acciones Centrales, Actividad: 5000003 Gestión Administrativa, Secuencia Funcional: 0015, Específica de Gasto: 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, hasta por la suma de SEISCIENTOS CUARENTA MIL CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 640 059,00), a favor de la Contraloría General de la República, para financiar el 100% de la retribución económica, incluido impuesto general a las ventas, por el periodo auditado 2019, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control

posterior externo al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 2.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- Acciones Administrativas Copia de la presente Resolución se remite a la Oficina General de Administración, para que efectúe las acciones administrativas que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARIELA MARIA DE LOS MILAGROS LUNA FLOREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1830072-1

EDUCACION
FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 285-2019-MINEDU Mediante Oficio Nº 03968-2019-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Viceministerial N° 285-2019-MINEDU, publicada en la edición del 17 de noviembre de 2019: Décimo párrafo de la parte considerativa: DICE: "(...); y, iii) De acuerdo con la evaluación realizada, designar a la señora NANCY GUILLERMINA VERAMENDI VILLAVICENCIOS en el cargo de Presidenta, al señor SIMEON MOISES HUERTAS ROSALES en el cargo de Vicepresidente Académico y (...)". DEBE DECIR: "(...); y, iii) De acuerdo con la evaluación realizada, designar a la señora NANCY GUILLERMINA VERAMENDI VILLAVICENCIOS en el cargo de Presidenta, al señor SIMEON MOISES HUERTA ROSALES en el cargo de Vicepresidente Académico y (...)". Artículo 2 de la Resolución Viceministerial: DICE: "Artículo 2.- Dar por concluidas las designaciones del señor EDGARDO FELIX PALOMINO TORRES al cargo de Presidente y de la señora ELENA RAFAELA BENAVIDES HERRERA al cargo de Vicepresidenta Académica (...)". DEBE DECIR: "Artículo 2.- Dar por concluidas las designaciones del señor EDGARDO FELIX PALOMINO TORRES al cargo de Presidente y de la señora ELENA RAFAELA BENAVIDES RIVERA al cargo de Vicepresidenta Académica (...)". Artículo 3 de la Resolución Viceministerial: DICE: "Artículo 3.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma, la misma que estará integrada por: NANCY GUILLERMINA VERAMENDI VILLAVICENCIOS, Presidenta; SIMEON MOISES HUERTAS ROSALES, Vicepresidente Académico; y