Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2019 (24/11/2019)


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NORMAS LEGALES

Domingo 24 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Pasajes Aéreos Viáticos Número Total Nombres y Apellidos Clase por día viáticos Económica USD de días USD USD Marco Vinicio Balarezo 1,035.00 540.00 8 4,320.00 Lizarzaburu Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el mencionado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1830165-2

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Renuevan autorización a la empresa Certificación Tecnimotors S.R.L., como Entidad Certificadora de Conversión a Gas Natural Vehicular de ámbito nacional
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 371-2019-MTC/17.03 Lima, 8 de noviembre de 2019 VISTOS: La solicitud registrada con la Hoja de Ruta N° E-3051322019 presentada por la empresa "CERTIFICACION TECNIMOTORS S.R.L.", así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 29 del Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por Decreto Supremo N° 058-2003MTC y sus modificatorias, establece el marco normativo que regula las conversiones de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de combustibles líquidos con la finalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustión a Gas Natural Vehicular ­ GNV, a fin de que esta se realice con las máximas garantías de seguridad, por talleres debidamente calificados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a casa del riesgo que implica su utilización sin control; Que, la Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y sus modificatorias, elevada a rango de Decreto Supremo conforme al artículo 2 del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC, aprueba la Directiva Nº 001-2005MTC/15 "Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV", en adelante la Directiva, la cual establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas jurídicas para ser autorizadas como Entidad Certificadora de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV; Que, el numeral 5.9.1 del acápite 5 de la Directiva, establece que la autorización para operar como Entidad Certificadora de Conversiones a GNV tiene una vigencia de dos (02) años, conforme a lo señalado en el artículo 42 de el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por

Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, en adelante el TUO de la Ley; Que, el numeral 5.9.2 señala que para la renovación de la autorización ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la solicitante debe cumplir con lo siguiente: a) Presentar una solicitud con carácter de declaración jurada, indicando que mantienen las condiciones establecidas en los numerales 5.2.3, 5.2.6 y 5.2.7 del acápite 5 de la Directiva; y b) Solo en caso de variación de cualquiera de las condiciones a que se refiere el literal anterior, desde su última presentación ante la autoridad competente, las personas jurídicas deben acompañar copia simple del documento que acredite el cumplimiento de la condición respectiva; Que, mediante Resolución Directoral N° 45122017-MTC/15 del 06 de octubre de 2017 y publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 27 de octubre de 2017, se resolvió autorizar por el plazo de dos (02) años a la empresa denominada "CERTIFICACION TECNIMOTORS S.R.L.", como Entidad Certificadora de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV de ámbito nacional; Que, mediante escritos registrados con las Hojas de Ruta N° E-305132-2019 y E-325569-2019 del 27 de setiembre y 16 de octubre de 2019 respectivamente, la empresa "CERTIFICACION TECNIMOTORS S.R.L.", en adelante la Empresa, solicita la renovación de la autorización como Entidad Certificadora de Conversión a Gas Natural Vehicular de ámbito nacional, otorgado mediante Resolución Directoral N° 4512-2017-MTC/15; Que, mediante Oficio N° 16218-2019-MTC/17.03 del 24 de octubre de 2019 y notificado en la misma fecha, se formuló la observación pertinente a la solicitud presentada por la Empresa, requiriéndole la subsanación dentro de los diez (10) días hábiles; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-338617-2019 del 11 de octubre de 2019, la Empresa presenta diversa documentación con la finalidad de subsanar la observación descrita en el Oficio N° 162182019-MTC/17.03; Que, mediante Oficio N° 16671-2019-MTC/17.03 del 29 de octubre de 2019, y notificado el 30 de octubre de 2019, se comunicó la realización de la inspección in situ correspondiente, con la finalidad de prestar el servicio de inspección física del vehículo convertido a GNV o el vehículo originalmente diseñado para combustión a GNV; Que, mediante Acta N° 046-2019-MTC/17.03.01 de fecha 04 de noviembre de 2019, se realizó la inspección in situ, en el local ubicado en la Av. General Jose Maria Egusquiza N° 981, distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, donde opera la empresa "CERTIFICACION TECNIMOTORS S.R.L." como Entidad Certificadora de Conversión a GNV; Que, de acuerdo al Informe Nº 1226-2019MTC/17.03.01 elaborado por la Coordinación de Autorizaciones de esta Dirección, se advierte que la documentación presentada, cumple con lo establecido en los numerales 5.2 y 5.9.2 del acápite 5 de la Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo correspondiente; Que, el numeral 13 del artículo 66 del TUO de la Ley, establece que son derechos de los administrados con respecto al procedimiento administrativo, lo siguiente: "A que en caso de renovaciones de autorizaciones, licencias, permisos y similares, se entiendan automáticamente prorrogados en tanto hayan sido solicitados durante la vigencia original, y mientras la autoridad instruye el procedimiento de renovación y notifica la decisión definitiva sobre este expediente"; Que, teniendo en cuenta el plazo de dos (02) años de la autorización de la Entidad Certificadora de Conversión a GNV, otorgada a la empresa "CERTIFICACION TECNIMOTORS S.R.L." mediante Resolución Directoral N° 4512-2017-MTC/15 del 06 de octubre de 2017 y publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 27 de octubre de 2017, y conforme a lo dispuesto en el numeral 5.9.1 de la Directiva, el inicio de vigencia de la renovación de la autorización deberá considerarse a partir del 29 de octubre de 2019;