Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2019 (28/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Domingo 28 de julio de 2019 /

El Peruano

requerida, resulta necesario autorizar la salida del país con un (01) día de anticipación, así como el retorno un (01) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos y Declaración del Director de Ciencia y Tecnología del Ejército del 17 de junio de 2019, los gastos de pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta, viáticos, que ocasione la participación del personal militar en la mencionada actividad no serán asumidos por ningún organismo internacional, por lo que se debe considerar el 100% de viáticos, y se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en los incisos (a) y (b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002­2004-DE/SG; concordante con el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, establece que los gastos por concepto de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los Funcionarios y Servidores Públicos serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográficas, a fin de que los recursos que se asignan a los Servidores y Funcionarios Públicos sean suficientes para garantizar una óptima representación Internacional del Estado Peruano, asegurando un adecuado nivel de eficacia en las acciones en el exterior y de interés nacional. En ese sentido, corresponderá asignar al personal militar comisionado el monto dinerario establecido que corresponde a América del Sur en concepto de viáticos; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, el Decreto Supremo N° 0062016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificado con el Decreto Supremo N° 056-213-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al Coronel EP Gabriel Ángel VILLARRUBIA MARCELO, identificado con CIP N° 117697800, DNI N° 09394626; y, al Teniente Coronel EP Luis Francisco ZEVALLOS TORRES identificado con CIP N° 118298600, DNI N° 44118054, para visitar el Comando de Apoyo Tecnológico (COATE) y la Escuela Militar de Cadetes "General José María Córdova" del Ejército Nacional de Colombia, ciudad de Bogotá, República de Colombia, en el periodo comprendido del 30 de julio de 2019 al 01 de agosto de 2019; así como, autorizar su salida del país el 29 de julio de 2019 y su retorno al país el 02 de agosto de 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima ­ Ciudad de Bogotá (Colombia) ­ Lima (Clase Económica) US$ 685 x 02 personas (Incluye TUUA) US$. 1,370.00 Viáticos por Comisión de Servicio al Exterior: US$ 370.00 x 02 personas x 03 días (del 30 jul al 01 ago 2019) Total, a pagar en Dólares Americanos

la autorización a que se refiere el artículo 1, de la presente Resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal militar designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1792811-1

Autorizan viaje de oficial y empleado civil de la Marina de Guerra del Perú a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0925-2019 DE/MGP Lima, 25 de julio de 2019 Visto, el Oficio Nº 3588/51 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 12 de julio del 2019; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N de fecha 26 de noviembre del 2018, el Director de Academia de Guerra Naval de la Armada de Chile ha cursado invitación al Director de la Escuela Superior de Guerra Naval, para que uno (1) o dos (2) representantes de la Marina de Guerra del Perú, participen en la Fase III Conferencia de Clausura de la XLV versión del Interamerican War Game (IAWG 2019), a realizarse en la Ciudad de Viña del Mar, República de Chile; asimismo, ha remitido el Programa de Trabajo IAWG 2019, en el cual se indica que la mencionada actividad se realizará del 30 de julio al 1 de agosto del 2019; así como, que la Armada de Chile proveerá el transporte a las delegaciones desde y hacia el Aeropuerto "Comodoro Arturo Merino" en la Ciudad de Santiago, República de Chile; Que, con Oficio P.200-369 de fecha 2 de mayo del 2019, el Director de la Escuela Superior de Guerra Naval propone al Capitán de Navío Chiti CHOY KIFOX Arce y al Empleado Civil Eduardo Antonio PÉREZ Román, para que participen en la mencionada actividad; lo que permitirá compartir experiencias y procedimientos sobre el accionar de una Fuerza Multinacional en situaciones de crisis o desastres naturales, conocimientos que serán empleados para mejorar la formación de los Oficiales Alumnos de los diversos programas que se dictan en la referida Escuela Superior; Que, de acuerdo con el Documento Nº 122-2019 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los Incisos a) y b) del Artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación;

US$. 2,220.00 US$. 3,590.00

Artículo 3.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de