Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2019 (15/07/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 37
El Peruano / Lunes 15 de julio de 2019
NORMAS LEGALES
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Autorizan viaje de funcionaria a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 3153-2019 Lima, 10 de julio de 2019 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por la Asociación Bancaria y de Entidades Financieras de Colombia (ASOBANCARIA) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) para participar en el "19° Congreso Panamericano de Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo" que se llevará a cabo los días 18 y 19 de julio de 2019, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia; CONSIDERANDO: Que, dicho evento tiene como objetivo entender y analizar los fenómenos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo (LA/FT) para la implementación de mejores prácticas que se materialicen en el diseño o modificación de políticas y procedimientos para mitigar su ocurrencia; Que, en el mencionado evento se abordarán temas vinculados al impacto económico de otros delitos fuentes o fenómenos delictivos del LA/FT diferentes al narcotráfico (corrupción, contrabando y minería ilegal), análisis de los resultados de los Informes de Evaluación de la Cuarta Ronda del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), gestión de riesgos en las fintech, ampliación del marco y alcance de la labor del compliance officer, entre otros; Que, en atención a la invitación cursada y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en beneficio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar a la señora Verónica Boza Santaolalla, Intendente de Análisis Estratégico de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, para que participe en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-22, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2019, estableciéndose en el Numeral 4.4.1 que, se restringen los viajes al exterior, únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de los trabajadores, así como aquellos necesarios para el ejercicio de sus funciones, capacitaciones o eventos de sumo interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2019; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-22 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2019, que incorporan lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 0472002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Verónica Boza Santaolalla, Intendente de Análisis Estratégico de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú de la SBS, del 17 al 20 de julio de 2019, a la ciudad
de Cartagena de Indias, República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2019, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Viáticos US$ 521.77 US$ 1,110.00
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1787822-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE LORETO
Declaran de Interés Regional la Zonificación y Ordenamiento Forestal en el Departamento de Loreto
(Se publica la siguiente Ordenanza Regional a solicitud del Gobierno Regional de Loreto, mediante Oficio Nº 666-2019-GRL-GR, recibido el 12 de julio de 2019) ORDENANZA REGIONAL N° 021-2016-GRL-CR Villa Belén, 6 de octubre de 2016 El Gobernador Regional de Loreto: POR CUANTO: El Consejo Regional de Loreto, en Sesión Ordinaria de fecha 06 de Octubre del año 2016, en uso de sus atribuciones y funciones, acordó por UNANIMIDAD, aprobar la siguiente Ordenanza Regional, y: CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión, organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la Región, sus normas y disposiciones se rigen por el principio de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa; Que, de conformidad con lo prescrito en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencia, asimismo promueven el desarrollo y economía regional (...), actividades y servicios públicos de su responsabilidad, todo ello, en armonía con las políticas y planes de desarrollo nacionales y locales;