Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2019 (15/07/2019)


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NORMAS LEGALES

Lunes 15 de julio de 2019 /

El Peruano

uso de la capacidad instalada del Laboratorio de la Unidad del Centro de Control de Insumos y Residuos Tóxicos UCCIRT en la ejecución de dicho Programa; Que, con Memorándum-0055-2012-AG-SENASAOCDP-UCCIRT de fecha 20 de junio de 2012, la OCDP además de las observaciones ya efectuadas al Programa Nacional, señaló que falta precisar los "residuos marcadores" incluyendo los metabolitos de los residuos de medicamentos veterinarios y residuos de plaguicidas que corresponden según la definición de LMR del Codex; Que, con Memorándum-0020-2012-AG-SENASADIAIA-SIAG de fecha 7 de agosto de 2012, la Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria remitió a la DIAIA el Informe para la modificación del Programa Nacional, en mérito a las comunicaciones y coordinaciones efectuadas con la UCCIRT del SENASA; el mismo que la DIAIA hizo suyo mediante Memorándum-0166-2012-AG-SENASA-DIAIA de fecha 9 de agosto de 2012, con la finalidad de introducir mejoras al Programa Nacional; Que, mediante Resolución Jefatural N° 0207-2012-AGSENASA, de fecha 7 de septiembre de 2012, se aprobó el nuevo Programa Nacional de Monitoreo de Contaminantes en alimentos agropecuarios primarios y piensos, a ejecutarse a nivel nacional en colaboración con las autoridades de los Gobiernos Regionales y Locales; y constará de planes anuales donde se especificarán las zonas a muestrear, número de muestras, tipo de alimentos y relación de plaguicidas químicos de uso agrícola, medicamentos de uso veterinario, metales pesados, microorganismos y micotoxinas, así como el procedimiento a seguir; Que, con Memorandum-0212-2019-MINAGRISENASA-DIAIA de fecha 17 de mayo de 2019, la DIAIA remitió a la Jefatura Nacional del SENASA el Informe de la Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria para establecer un nuevo Programa Nacional, que permitirá establecer la vigilancia y control de productos pecuarios y agrícolas en las diferentes etapas (producción primaria, empacadoras, mataderos, mercados mayoristas y minoristas, puestos de frontera, etc.), este Programa Nacional se desarrolla en base al informe de la consultoría para la formulación del componente de inocuidad de alimentos (PE-L1166), éste nuevo Programa constará de planes anuales, en los cuales se realizarán análisis de residuos químicos (residuos de plaguicidas y medicamentos veterinarios) y otros contaminantes (metales pesados, contaminantes microbiológicos, incluidas sus toxinas), en alimentos agropecuarios primarios de origen vegetal y animal destinados al consumo humano y de piensos, de igual manera se analizará el agua de riego en campo y agua en procesamiento primario incluyendo mataderos y centros de faenamiento avícola. Se aplicará a los productos agropecuarios, sean de producción nacional o importada; Que, atendiendo a los mencionados documentos, resulta conveniente aprobar el nuevo Programa Nacional de Monitoreo de Contaminantes en alimentos agropecuarios primarios y piensos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1062 ­ Ley de Inocuidad de los Alimentos, Decreto Supremo N° 034-2018-AG ­ Reglamento de la Ley de Inocuidad de los Alimentos, Decreto Supremo N° 004-2011-AG ­ Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria, Decreto Supremo N° 006-2016-MINAGRI ­ Decreto Supremo que modifica y complementa normas del Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2011-AG; y con el visado de los Directores Generales de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria, de la Oficina de Centros de Diagnóstico y Producción, de Planificación y Desarrollo Institucional, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el nuevo Programa Nacional de Monitoreo de Contaminantes en alimentos agropecuarios primarios y piensos, que forma parte de la presente Resolución, el cual será publicado en el portal institucional: www.senasa.gob.pe. Artículo 2.- El Programa Nacional de Monitoreo de Contaminantes se ejecutará a nivel nacional en colaboración con autoridades de los Gobiernos

Regionales y Locales; y constará de planes anuales, donde se especificará el ámbito geográfico, tipo de alimento, número de muestras a analizar y relación de plaguicidas químicos de uso agrícola, medicamentos de uso veterinario, metales pesados, microorganismos, parásitos y micotoxinas, así como microorganismos, parásitos y metales pesados en agua de riego en campo/ agua en procesamiento primario incluyendo mataderos y centros de faenamiento avícola y el procedimiento a seguir. Artículo 3.- Los proveedores de alimentos agropecuarios primarios y piensos en los lugares de expendio deben colaborar con el SENASA, brindando las facilidades de acceso para el desarrollo de sus actividades que incluye la toma de muestra respectiva. Artículo 4.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 0207-2012-AG-SENASA. Regístrese y comuníquese y publíquese. PEDRO J. MOLINA SALCEDO Jefe Sevicio Nacional de Sanidad Agraria 1788350-1

AMBIENTE
Designan Asesor del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 214-2019-MINAM Lima,12 de julio de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, con Resolución Ministerial Nº 140-2017-MINAM se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio del Ambiente, clasificándose el cargo de Asesor/a del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, como Empleado de Confianza, el cual se encuentra vacante; Que, se ha visto por conveniente designar al empleado de confianza que desempeñará el referido cargo; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Jimpson Jesús Dávila Ordoñez en el cargo de confianza de Asesor del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, a partir del 15 de julio de 2019. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUCÍA DELFINA RUÍZ OSTOIC Ministra del Ambiente 1788559-1