Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2019 (15/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Lunes 15 de julio de 2019 /

El Peruano

para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de cada intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa Nº 005-2014-SUNAT/600000 y del Reglamento de Organización y Funciones de SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Loreto, al trabajador que se indica a continuación:
ORD REG. 1 DNI APELLIDOS GUZMAN VILLA NOMBRES ELADIO

del Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial; De conformidad con los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en el inciso 1) del artículo 23° del Reglamento de la Ley N° 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar las modificaciones del Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial; cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Administrativa en el diario oficial "El Peruano". Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Administrativa y del texto completo del Reglamento con las modificaciones aprobadas; en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO ENRIQUE PACHECO GAIGE Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial 1788085-1

6288 18010990

Regístrese, comuníquese y publíquese. JAMBEL HOEL TORRES BARSALLO Intendente Regional (e) Intendencia Regional Loreto 1787757-1

ORGANISMOS AUTONOMOS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional de Ingeniería a Jamaica, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL N° 0762 Lima, 23 de mayo de 2019

FUERO MILITAR POLICIAL
Aprueban modificaciones del Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 014-2019-FMP/CE/SG Lima, 12 de julio de 2019 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, se estableció la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como organismo autónomo e independiente, en armonía con las normas y principios establecidos en la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 5° de la citada Ley, modificado por Ley N° 29955, establece que el Consejo Ejecutivo es el máximo órgano de gobierno y administración del Fuero Militar Policial, con competencia para aprobar los instrumentos de gestión administrativa y funcional de los diferentes órganos que la conforman; Que, mediante Resolución Administrativa N° 001-2011-PCEFMP/SG de fecha 07 de diciembre de 2011, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado, dispone el proceso de modernización del Estado en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública; Que, resulta necesario contar con un instrumento de gestión organizacional que contenga la estructura orgánica de la entidad, definición de sus funciones y de sus órganos que la conforman, acorde con los criterios de diseño y estructura de la administración pública que establece la citada Ley Nº 27658; y, acorde con los lineamientos de organización del Estado, en lo relativo a la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, dispuesto mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM de fecha 17 de mayo de 2018; Que, en Sesión de la fecha, el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial acordó aprobar las modificaciones

Vistos los Oficios N° 464-VICEINVE2-UNI/2019 y N° 465-VICEINVE2-UNI/2019 de fecha 15 de mayo de 2019, del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad Nacional de Ingeniería; CONSIDERANDO: Que, la Ley Universitaria, Ley N° 30220, en el numeral 6.5, del articulo 6°, establece como uno de los fines de la Universidad, el de realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística, la creación intelectual y artística; Que, mediante la Ley N° 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos que irroguen gasto al Tesoro Público; estableciéndose su reglamentación a través del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 0562013.PGM, en el que se aprueba la escala de viáticos; Que, mediante la Resolución Rectoral N° 408 del 08 de marzo del 2013, se creó un fondo intangible, para financiar la participación en eventos académicos, de estudiantes de pregrado y profesores, de la Universidad Nacional de Ingeniería; incrementándose la retención de los recursos directamente recaudados al 0,5%; mediante Resolución Rectoral N° 1724 de fecha 27 de noviembre de 2014; Que, el Consejo Universitario por la Resolución Rectoral N° 0097 del 24 de enero del 2017, aprobó el Reglamento de Subvención a Estudiantes y Docentes para su Participación en Conferencias y Estadías de Investigación; modificado por Resolución Rectoral N° 524 del 26 de abril de 2017; Que, el Vicerrectorado de Investigación de la UNÍ mediante los documentos del visto, solicita al Despacho del Rectorado se otorgue al Dr. Rodolfo Elias Falconí Vásquez Profesor Principal de la Facultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas, y al M.Sc. Víctor Hugo Pretell Huamán Profesor Asociado de la Facultad de Ingeniería