Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2019 (06/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Sábado 6 de julio de 2019

NORMAS LEGALES
ETAPAS Publicación de las listas de candidatos para formular tachas contra candidatos. Absolución tachas a la lista de candidatos. Publicación definitiva de listas de candidatos. Elecciones del Consejo de las Juntas Vecinales (zonas I y II). Comité electoral resolverá las impugnaciones en segunda y definitiva instancia si fuera el caso. Proclamación y difusión de resultados (reconocimiento mediante Resolución de Alcaldía). FECHA

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Del 15 al 16 de julio de 2019. 17 de julio de 2019. 18 de julio de 2019. 19 de julio de 2019. 23 de julio de 2019. 24 de julio de 2019.

Que, conforme al artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 004-2019-MDLP/AL las elecciones de los representantes de las Juntas Vecinales, serán convocadas mediante Decreto de Alcaldía, en el mes de julio del primer y tercer año de gestión, por lo que es necesario realizar la convocatoria a las elecciones vecinales del año 2019; Que, mediante Memorándum Nº 337-2019-MDLP/ GDH de fecha 02 de julio de 2019, la Gerencia de Desarrollo Humano solicita la emisión del Decreto de Alcaldía correspondiente, para la designación del comité electoral y convocatoria a elecciones de Consejo Directivos de las Juntas Vecinales; Estando a lo expuesto; y en uso de las facultades otorgadas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- CONVÓQUESE al Proceso de Elección de los Representantes de las Juntas Vecinales (zonas I y II), el mismo que se desarrollará el 19 de julio de 2019 a las 07:00 p.m., primera convocatoria y 07:30 p.m. segunda convocatoria. Artículo Segundo.- DESÍGNESE al Comité Electoral encargado de conducir el Proceso de Elecciones de los Representantes de las Juntas Vecinales (zonas I y II), el cual estará integrado por los siguientes vecinos:
EDWINA LETTIE MERINO DUNNING JESSIE VIDAL ARTEAGA CONSTANZA WU CHULLEN RODRIGUEZ VERA ROSINA MAUD PRESIDENTA SECRETARIA VOCAL ACCESITARIA

Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Desarrollo Humano el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE a la Oficina de Secretaría General, Archivo y Comunicaciones la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y a la Unidad de Tecnología de la Información la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta. gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. PÍO FERNANDO SALAZAR VILLARÁN Alcalde 1785992-1

Artículo Tercero.- APRUÉBESE el Cronograma del Proceso Electoral convocado: CRONOGRAMA DEL PROCESO ELECTORAL
ETAPAS Convocatoria Fecha de inscripción de las listas de candidatos para el Consejo Directivo de Juntas Vecinales en el Distrito de La Punta (zonas I y II). Publicación de las listas de candidatos para los representantes de las juntas vecinales. FECHA 08 de julio de 2019. Del 09 al 11 de julio de 2019. 12 de julio de 2019.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
Ordenanza que establece Beneficios Tributarios a favor de los contribuyentes del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2019-MDSA San Antonio, 28 de junio de 2019

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES