Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2019 (06/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Sábado 6 de julio de 2019 /

El Peruano

Que, los días 09 y 10 de julio de 2019, en la ciudad de Santiago, República de Chile, se llevará a cabo el "UVWTO Tourism Tech Adventure: EdTech", evento organizado por la OMT, que comprenderá sesiones de formación para start-ups invitadas y delegaciones internacionales con énfasis en la educación, la innovación y las nuevas tecnologías en turismo; Que, el MINCETUR, a través de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo, es el encargado de coordinar y ejecutar estrategias del sector orientadas a la innovación de la oferta turística, dirigiendo, gestionando y supervisando los planes, programas, proyectos y acciones para el desarrollo de los productos y destinos turísticos; Que, en tal sentido, resulta de interés institucional la participación de un representante del MINCETUR en dicho evento, en el marco del desarrollo de la innovación de la oferta turística del país y el uso de las nuevas tecnologías de educación en el sector turismo, lo que permite el fomento de la labor que realiza el Ministerio respecto de dicha innovación, sobretodo en el ámbito del uso de las herramientas tecnológicas para un mejor aprovechamiento de la formación de capacidades del sector a nivel nacional, teniendo en cuenta que en el Perú la oferta educativa en turismo comprende más de 250 carreras y estudios afines en todas las regiones del país; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Turismo solicita que se autorice el viaje del señor Jorge Alejandro Reyes Hurtado, Director General de la Dirección General de Estrategia Turística, para que en representación del MINCETUR, participe en el evento antes mencionado, para explorar posibles alianzas con altos directivos del turismo, de la innovación y la tecnología y participar en los temas de interés global de la industria en el marco de las prioridades de la OMT en este evento; De conformidad con la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Jorge Alejandro Reyes Hurtado, Director General de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 08 al 11 de julio de 2019, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, participe en el evento a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos Viáticos (US$ 370,00 x 03 días) : : US$ 657,93 US$ 1 110,00

Modifican los Anexos de las Resoluciones Ministeriales Nos 233-2010-MINCETUR/DM y 184-2014-MINCETUR, y amplían la relación de procedimientos administrativos que se tramita a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior ­ VUCE
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 241-2019-MINCETUR Lima, 4 de julio de 2019 Visto, el Informe Nº 03-2019-MINCETUR/VMCE/ DGFCE/DVUCEPT/YND-ALQ de la Dirección de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y Plataformas Tecnológicas, y el Memorándum N° 288-2019-MINCETUR/ VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2010-MINCETUR publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 09 de julio de 2010, se aprueba el Reglamento Operativo del Componente de Mercancías Restringidas de la Ventanilla Única de Comercio Exterior ­VUCE, estableciéndose las reglas para su funcionamiento; Que, la Segunda Disposición Final y Transitoria del Reglamento Operativo del Componente de Mercancías Restringidas de la VUCE, señala que entrará en funcionamiento, al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial "El Peruano" de la lista de los procedimientos administrativos que deben tramitarse a través de la VUCE, la cual será aprobada mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - Mincetur, precisándose que por la misma vía se irán incorporando progresivamente a dicha lista los nuevos procedimientos administrativos cuando corresponda; Que, mediante Resolución Ministerial N° 137-2010-MINCETUR/DM publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 19 de julio de 2010, se aprobó la relación inicial de procedimientos administrativos que se tramitarán a través de la VUCE, y mediante Resoluciones Ministeriales Nos. 233-2010-MINCETUR/DM, 281-2010-MINCETUR/ DM, 037-2011-MINCETUR/DM, 085-2012-MINCETUR/ DM, 234-2012-MINCETUR/DM, 252-2012-MINCETUR/ DM, 252-2013-MINCETUR/DM, 274-2013-MINCETUR/ DM, 323-2013-MINCETUR, 336-2013-MINCETUR, 053-2014-MINCETUR, 092-2014-MINCETUR, 149-2014-MINCETUR, 184-2014-MINCETUR, 189-2014-MINCETUR, y 050-2019-MINCETUR se amplió y modificó la lista de procedimientos administrativos y entidades a cargo de los mismos de forma progresiva; Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final de la Resolución Suprema N°0022014-MINCETUR se establece que cualquier entidad existente o nueva que asuma la gestión de procedimientos administrativos vinculados al ingreso, tránsito o salida de las mercancías, desde o hacia el territorio nacional, de alguna de las entidades ya incorporadas a la VUCE, quedará automáticamente incorporada a la misma, sujetándose al proceso de implementación y adecuación de la misma; Que, mediante Decreto Legislativo N°1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, entre otras disposiciones, se establece que el Ministerio del Ambiente asume como ente rector competencias para la autorización de importación, de tránsito y de exportación de residuos sólidos del territorio nacional; así como administrar y mantener actualizado el registro autoritativo de las Empresas Operadoras de Residuos Sólidos; Que, antes de la entrada en vigencia de las mencionadas normas sobre residuos sólidos, los procedimientos administrativos vinculados a tales temas lo realizaban la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria - DIGESA del Ministerio de Salud - MINSA, cuyos trece (13) procedimientos fueron incorporadas

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Jorge Alejandro Reyes Hurtado presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en los eventos a los que asistirá. Asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1781880-1