Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2019 (06/07/2019)


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NORMAS LEGALES

Sábado 6 de julio de 2019 /

El Peruano

relevantes, siendo aplicable en el presente caso el citado plazo por tratarse de un proyecto normativo relacionado principalmente a equipos para servicios públicos de telecomunicaciones; Que, en consecuencia, resulta necesario disponer la publicación del proyecto de Resolución Viceministerial que modifica la Resolución Viceministerial Nº 268-2005MTC/03 que aprueba las Disposiciones de Radiocanales (canalizaciones) para los Servicios de Telecomunicaciones (1ª parte), a fin de incorporar la nueva canalización de las bandas 1 710 - 1 780 MHz y 2 110 ­ 2 180 MHz a nivel nacional, y de la banda 3 300 ­ 3 800 MHz a nivel nacional, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 145-2019-MTC/01; el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, y la Directiva Nº 010-2018-MTC/01 "Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos normativos", aprobada por Resolución Ministerial Nº 977-2018 MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación Dispóngase la publicación del proyecto de la Resolución Viceministerial que modifica la Resolución Viceministerial Nº 268-2005-MTC/03 que aprueba las Disposiciones de Radiocanales (canalizaciones) para los Servicios de Telecomunicaciones (1ª parte), a fin de incorporar la nueva canalización de las bandas 1 710 - 1 780 MHz y 2 110 ­ 2 180 MHz a nivel nacional, y de la banda 3 300 ­ 3 800 MHz a nivel nacional, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), a efectos de recibir los comentarios de la ciudadanía en general, durante el plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del siguiente día hábil de publicada la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de Resolución Viceministerial a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, deben ser remitidas a la sede principal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con atención a la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, ubicada en Jirón Zorritos Nº 1203, Cercado de Lima o vía correo electrónico, en formato Word, a la dirección gblanco@mtc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA VIRGINIA NAKAGAWA MORALES Viceministra de Comunicaciones 1786048-1

PNAF de la Comisión Multisectorial Permanente del PNAF; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece en sus artículos 57 y 58 que el espectro radioeléctrico es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nación; cuya administración, asignación y control corresponden al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), en las condiciones señaladas por la Ley y su Reglamento; Que, el artículo 199 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, en adelante el Reglamento General, establece que le corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y, en general, cuanto concierna al espectro radioeléctrico; asimismo el artículo 200 dispone que toda asignación de frecuencias se realiza en base al respectivo plan de canalización, el cual es aprobado por resolución viceministerial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 187-2005MTC/03, se aprobó el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF), documento técnico normativo que contiene los cuadros de atribución de frecuencias, la clasificación de usos del espectro radioeléctrico y las normas técnicas generales para la utilización del espectro radioeléctrico; Que, por Decreto Supremo Nº 041-2011-PCM, se creó la Comisión Multisectorial Permanente (Comisión) encargada de emitir informes técnicos especializados y recomendaciones para la planificación y gestión del espectro radioeléctrico y adecuaciones del PNAF, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, con Resolución Viceministerial Nº 242-2018MTC/03 se modifica la Resolución Viceministerial Nº 268-2005-MTC/03 mediante la cual se aprobaron las Disposiciones de Radiocanales (canalizaciones) para los Servicios de Telecomunicaciones (1ª Parte), con la finalidad de incorporar la canalización de la banda 2 500 ­ 2 692 MHz (2.5 GHz); Que, mediante el Informe Nº 003-2019-COMISION_ MULTISECTORIAL_DEL_PNAF Comisión Multisectorial, la Comisión sugiere la modificación de la canalización de la banda de frecuencias 2.5 GHz, establecida mediante Resolución Viceministerial Nº 242-2018-MTC/03, en canales de 5 MHz, conforme se recomendó en el Informe Nº 001-2017-COMISION_MULTISECTORIAL_DEL_ PNAF, lo cual permite promover la expansión de la tecnología 4G, y establecer las condiciones adecuadas en materia de espectro radioeléctrico para la introducción de la tecnología 5G en el país; Que, el artículo 1 del Reglamento Específico para el Reordenamiento de una banda de frecuencias aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2018-MTC (Reglamento de Reordenamiento) establece que el reordenamiento puede implicar la modificación de la atribución de la banda, el cambio de la canalización, y la modificación, completa o parcial, de las asignaciones de espectro radioeléctrico otorgadas en dicha banda de frecuencias; lo que es realizado dentro del marco de las competencias del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo el numeral 8.1 del artículo 8 y el literal a) del numeral 13.1 del artículo 13 del Reglamento de Reordenamiento establecen que las asignaciones de espectro radioeléctrico se adecuan a un nuevo esquema de canalización y/o atribución de la banda, según corresponda, cuya aprobación se realiza con el resolutivo correspondiente; Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 4052019-MTC/03 se aprueba el reordenamiento de la banda 2.5 GHz, cuyo numeral 7 establece que la canalización de la banda se aprueba con la Resolución Viceministerial emitida antes de la emisión de las resoluciones directorales de asignación; Que, la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, mediante el Informe Nº 0330-2019-

Modifican la R.VM. Nº 268-2005-MTC/03 que aprueba las Disposiciones de Radiocanales (canalizaciones) para los Servicios de Telecomunicaciones (1ª parte), a fin de incorporar la siguiente canalización de la banda 2 500 - 2 690 MHz a nivel nacional
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 464-2019-MTC/03 Lima, 3 de julio de 2019 VISTOS: El Informe Nº 0330-2019-MTC/26 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones y el Informe Nº 003-2019-COMISION_MULTISECTORIAL_