Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2017 (27/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de diciembre de 2017 /

El Peruano

Oficina de Administración Distrital y Área de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, y de los interesados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JIMMY GARCIA RUIZ Presidente 1600754-1

ORGANISMOS AUTONOMOS

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Aprueban la reprogramación del Plan Operativo Institucional 2017
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 175-2017/JNAC/RENIEC Lima, 26 de diciembre de 2017 VISTOS: La Hoja de Elevación N° 000324-2017/GPP/RENIEC (28NOV2017), emitida por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000148-2017/GPP/SGPL/ RENIEC (27NOV2017), emitido por la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Memorando N° 000895-2017/GG/ RENIEC (30NOV2017) emitido por la Gerencia General; el Informe N° 002747-2017/GAJ/SGAJA/RENIEC (06DIC2017), emitido por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación N° 000664-2017/GAJ/ RENIEC (06DIC2017) emitida por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que mediante Ley N° 26497, se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), con arreglo a los artículos 177 y 183 de la Constitución Política del Perú, como organismo constitucionalmente autónomo, con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera; encargado, entre otros, de manera exclusiva y excluyente de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 002-94-INAP/DNR, aprobada con Resolución Jefatural N° 003-94-INAP-DNR (29SET1994), las actividades correspondientes a las diferentes unidades orgánicas de la entidad deben estar contenidas en el Plan Operativo Institucional (POI); el cual, constituye un documento de gestión que permite articular y coordinar adecuadamente las tareas de cada órgano dentro de las entidades de la administración pública; Que el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, señala que las Entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta, entre otros, su Plan Estratégico Institucional (PEI) que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM); Que asimismo el numeral 71.3 del artículo 71 del precitado Texto Único Ordenado, establece que los Planes Operativos Institucionales reflejan las Metas

Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar, en corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que mediante Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2017, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2017, que entre otros incluye el Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ­ RENIEC; Que en ese contexto, a través de la Resolución Jefatural N° 74-2017/JNAC/RENIEC (25MAY2017) se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) 2017. Que se han registrado situaciones que han influido sobre la programación de actividades consignadas en el Plan Operativo Institucional 2017; lo que originó, que a través de diversas Resoluciones Secretariales se efectúen modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, en el marco de lo dispuesto en el numeral 40.2 del artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que asimismo, a través de la Resolución Jefatural N° 40-2017/JNAC/RENIEC (14MAR2017), se autoriza la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional 2017 del Pliego 33: RENIEC; Que las mencionadas modificaciones presupuestarias originaron el incremento de metas físicas y creación de nuevas actividades que permitieron una adecuada ejecución del presupuesto, en tal sentido, la Gerencia de Planificación y Presupuesto propone la reprogramación del Plan Operativo Institucional 2017; Que la referida propuesta de reprogramación del Plan Operativo Institucional 2017 planteada por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, presenta la consistencia legal de acuerdo a lo establecido en la Ley General del Presupuesto y demás normas complementarias; asimismo, cumple con la estructura establecida en la DI-386-GPP/002 "Formulación, Evaluación y Reprogramación del Plan Operativo Institucional (POI)", Primera Versión, aprobada con Resolución Secretarial N° 000098-2015/SGEN/RENIEC (22DIC2015); por lo que corresponde disponer su aprobación; Que por último, es importante hacer de conocimiento de los ciudadanos lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural: y, Conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 073-2016/JNAC/ RENIEC (31MAY2016) y el Decreto Supremo N° 0012009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la reprogramación del Plan Operativo Institucional 2017, cuyo texto, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional, www.reniec.gob.pe el texto del Plan Operativo Institucional 2017 aprobado. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al Órgano de Control Institucional el contenido de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1600726-1