Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2017 (27/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Miércoles 27 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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N°004-2013-ED, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 005-2017-MINEDU, señala que la evaluación del desempeño en el cargo tiene como objetivo comprobar la eficacia y eficiencia del profesor en el ejercicio de dicho cargo, realizándose en base a los indicadores de desempeño establecidos para el respectivo tipo de cargo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 712 -2017-MINEDU se aprobó la Norma Técnica denominada "Norma que regula la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial"; la cual establece los criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución de la evaluación dirigida a profesores de la Carrera Pública Magisterial que accedieron a los citados cargos en el marco de los concursos públicos convocados por Resolución Ministerial N° 524-2015-MINEDU; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.1. de la Norma Técnica antes mencionada, la convocatoria a la precitada evaluación se aprueba por Resolución Ministerial, conjuntamente con su cronograma, y se publica en el portal institucional del Ministerio de Educación; Que, a través del Oficio N° 2097-2017-MINEDU/ VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 1525-2017-MINEDU/VMGPDIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, con el cual se sustenta y solicita se convoque la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial, y se apruebe el cronograma de la referida evaluación; Con el visado de la Secretaría General, del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Dirección General de Desarrollo Docente, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y la Resolución Ministerial N° 712-2017-MINEDU que aprueba la Norma Técnica denominada "Norma que regula la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Convocar la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial, la misma que se llevará a cabo conforme a lo establecido en la Norma Técnica aprobada mediante Resolución de Ministerial N° 712-2017-MINEDU. Artículo 2.- Aprobar el cronograma de la Evaluación del Desempeño en Cargos Directivos de Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. IDEL VEXLER T. Ministro de Educación 1600886-1

Aprueban listados que contienen a las instituciones educativas, que a partir del año 2018 se integran al proceso de implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 195-2017-MINEDU Lima, 26 de diciembre de 2017 VISTOS, el Expediente N° 0238136-2017, el Informe N° 192-2017-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, el Informe Nº 343-2017-MINEDU/VMGP/DIGEBR/DEI-DEP remitido por la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe N° 1249-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el literal c) del artículo 80 de la referida Ley señala que es función del Ministerio de Educación, elaborar los diseños curriculares básicos de los niveles y modalidades del sistema educativo, y establecer los lineamientos técnicos para su diversificación; Que, asimismo, el artículo 33 de la misma Ley establece que el currículo de la Educación Básica se sustenta en los principios y fines de la educación peruana; y que el Ministerio de Educación es responsable de diseñar los currículos básicos nacionales; precisándose que, en la instancia regional y local, se diversifican a fin de responder a las características de los estudiantes y del entorno; en ese marco, cada institución educativa construye su propuesta curricular, que tiene valor oficial; Que, mediante Resolución Ministerial N° 281-2016-MINEDU, se aprobó el Currículo Nacional de la Educación Básica; el cual fue modificado por la Resolución Ministerial N° 159-2017-MINEDU. Asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 649-2016-MINEDU, se aprobaron los Programas Curriculares de Educación Inicial, de Educación Primaria y de Educación Secundaria; disponiéndose, también, que la implementación del citado Currículo se realizará a partir del 01 enero del año 2017 en las instituciones educativas públicas de educación primaria polidocentes completas y en las instituciones educativas privadas de educación primaria, que se encuentran focalizadas en el anexo respectivo; Que, con los Oficios N° 1214-2017-MINEDU/VMGPDIGEIBIRA y Nº 2114-2017-MINEDU/VMGP/DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural y la Dirección General de Educación Básica Regular remiten al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica los Informes Nº 192-2017-MINEDU/VMGP/ DIGEIBIRA y Nº 343-2017-MINEDU/VMGP/DIGEBR/DEIDEP, respectivamente; a través de los cuales sustentan la necesidad de aprobar los listados que contienen a las instituciones educativas, que a partir del año 2018 se integran al proceso de implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica; para lo cual las referidas Direcciones Generales han tomado en consideración los criterios que se señalan en sus respectivos informes, por lo que proponen la aprobación de lo siguiente: Listado de Instituciones Educativas de Educación Inicial; Listado de Instituciones Educativas de Educación Primaria Polidocentes; Listado de Instituciones Educativas de Educación Primaria Intercultural Bilingüe; y Listado de Instituciones Educativas de Educación Primaria Multigrado Monolingüe Castellano; Con el visado de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural; de la Dirección General