Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2016 (30/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Viernes 30 de setiembre de 2016 /

El Peruano

CSBE/DEPDB, que detallan el valor histórico y simbólico de los bienes documentales bibliográficos vinculados al naturalista Antonio Raimondi, se concluye que estos bienes reúnen los méritos para que sean declarados como Patrimonio Cultural de la Nación, motivo por el cual constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Con el visado del Director General del Centro de Servicios Bibliotecarios Especializados, el Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú y la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Decreto Supremo Nº 024-2002-ED; y, la Directiva N° 006-2016-BNP denominada "Directiva de Valorización y Tasación del Material Bibliográfico Documental" aprobada mediante Resolución Directoral Nacional N° 033-2016-BNP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación los dieciséis (16) bienes documentales bibliográficos vinculados al naturalista Antonio Raimondi, compuesto de cinco (5) manuscritos, cinco (5) diplomas, tres (3) fotografías y 3 (tres) libros, que se describen en el anexo que forma parte de la presente Resolución, por su importancia, significado y valor histórico. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y la difusión de los Informes Técnicos N° 011-2016-BNP/CSBE/DEPDB, N° 012-2016-BNP/CSBE/DEPDB, N° 013-2016-BNP/ CSBE/DEPDB, N° 014-2016-BNP/CSBE/DEPDB, N° 0152016-BNP/CSBE/DEPDB, N° 016-2016-BNP/CSBE/ DEPDB, N° 017-2016-BNP/CSBE/DEPDB, N° 018-2016BNP/CSBE/DEPDB, N° 019-2016-BNP/CSBE/DEPDB, N° 020-2016-BNP/CSBE/DEPDB, N° 021-2016-BNP/ CSBE/DEPDB, N° 022-2016-BNP/CSBE/DEPDB, N° 0232016-BNP/CSBE/DEPDB, N° 024-2016-BNP/CSBE/ DEPDB, emitidos por la Dirección Ejecutiva de Patrimonio Documental Bibliográfico de fecha 24 de agosto de 2016, y de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MAGDELYN CASTILLO ARANSAENZ Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1434776-1

CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 074-2012PCM, de fecha 09 de julio de 2012, se creó la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para la Pacificación y Desarrollo Económico Social en el Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro ­ CODEVRAEM, con el objeto, entre otros, de proponer políticas, planes y estrategias de intervención integrales en el VRAEM, así como coordinar, articular, efectuar el seguimiento y monitoreo de la participación y actividades de los diversos actores involucrados a este proceso con la finalidad de lograr el desarrollo y la paz social en el VRAEM; Que, la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial para la Pacificación y Desarrollo Económico Social en el Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro ­ CODEVRAEM, elaboró y propuso la intervención en el VRAEM denominada "Programa de Intervención Multisectorial del Gobierno Central en los Valles de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) 2013-2016"; la misma que fue aprobada por Decreto Supremo Nº 0772013-PCM, del 26 de junio de 2013; Que, el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo citado en el párrafo precedente, establece que: "...los Titulares de las entidades públicas comprendidas en el Programa de Intervención Multisectorial, dispondrán las acciones internas que permitan dotar de una mayor eficiencia operacional a las acciones, programas y proyectos previstos, para lo cual deberán designar a los responsables de la ejecución, supervisión y monitoreo de las mismas. Esta designación se formulará mediante resolución de la máxima autoridad institucional y será comunicada a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial para la Pacificación y Desarrollo Económico Social en el Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro ­ CODEVRAEM"; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 026-2014 DE/SG de fecha 13 de enero de 2014, se designó como responsable de la ejecución, supervisión y monitoreo del Programa de Intervención Multisectorial del Gobierno Central en los Valles de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) 2013-2016, al entonces Viceministro de Políticas para la Defensa, Licenciado Iván César VEGA Loncharich; sin embargo, mediante Resolución Suprema Nº 065-2016-DE, de fecha 16 de marzo de 2016, se aceptó la renuncia del señor Iván César Vega Loncharich al cargo que ostentaba; Que, en tal sentido, corresponde emitir el dispositivo legal donde se actualice a los representantes del Ministerio de Defensa responsables de la ejecución, supervisión y monitoreo del Programa de Intervención Multisectorial del Gobierno Central en los Valles de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) 2013-2016; De conformidad con el numeral 37) del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, concordante con lo establecido en el literal kk) del artículo 11 del Decreto Supremo N° 006-2016-DE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y en el Decreto Supremo Nº 077-2013-PCM. SE RESUELVE:

DEFENSA
Designan responsables de la ejecución, supervisión y monitoreo del Programa de Intervención Multisectorial del Gobierno Central en los Valles de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) 2013-2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1046-2016-DE/VPD Lima, 27 de setiembre de 2016 VISTO: El Oficio Nº 575-2016-VPD/DIGEPE y, el Informe Legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

Artículo 1.- Dejar sin efecto, la Resolución Ministerial Nº 026-2014 DE/SG de fecha 13 de enero de 2014. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, como responsables de la ejecución, supervisión y monitoreo del Programa de Intervención Multisectorial del Gobierno Central en los Valles de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) 2013-2016, a los siguientes funcionarios: - Responsable Titular Crl. EP. (R) Rubén IBAÑEZ Vásquez Director de Promoción de las Relaciones Civil Militar - Responsable Alterno Ing. Omar CAMPOS López-Reyna Director de Planeamiento y Presupuesto Artículo 3.- La presente designación deberá ser comunicada a la Secretaría Técnica de la Comisión