Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2016 (30/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

600328
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Viernes 30 de setiembre de 2016 /

El Peruano

SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el literal g) del numeral 4.1 del artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 286-2016-MC, el mismo que quedará redactado en los siguientes términos: "Artículo 4.- Delegar en el/la Director/a General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2016, las siguientes facultades: 4.1 En materia de Contrataciones del Estado: Respecto de la Unidad Ejecutora 001 del Pliego 003: Ministerio de Cultura

Artículo Único.- Designar al señor CÉSAR AUGUSTO CALMET DELGADO, en el cargo de confianza de Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1435162-1

CULTURA
Modifican la R.M. N° 286-2016-MC, sobre delegación de facultades en materia de contrataciones del Estado a diversos funcionarios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 350-2016-MC Lima, 28 de setiembre de 2016 VISTOS: los Informes N° 105-2016-OGA/SG/MC de fecha 8 de setiembre de 2016 y N° 112-2016-OGA/SG/MC de fecha 15 de setiembre de 2016, de la Oficina General de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, constituyendo pliego presupuestal del Estado; Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no sean privativas de su función y siempre que la normatividad lo autorice; Que, el segundo párrafo del artículo 8 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Titular de la Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que la citada norma le otorga; no pudiendo ser objeto de delegación, la declaración de la nulidad de oficio, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra, la aprobación de las contrataciones directas salvo aquellas que disponga el reglamento de acuerdo a la naturaleza de la contratación y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento de la Ley; Que, mediante Resolución Ministerial N° 286-2016MC de fecha 3 de agosto de 2016, entre otras, se delegó facultades en materia de contrataciones del Estado, modificadas mediante Resolución Ministerial N° 3022016-MC de fecha 22 de agosto de 2016; Que, mediante los documentos de Visto, la Oficina General de Administración propone la delegación de facultades en el marco de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 350- 2015-EF, indicando que ello resulta necesario para agilizar la gestión de las contrataciones del Ministerio de Cultura, solicitando la modificación de las resoluciones ministeriales antes citadas; Que, por las consideraciones expuestas, resulta pertinente emitir el acto resolutivo correspondiente; Con el visado de la Secretaria General, del Director General de la Oficina General de Administración y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; y, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 350-2015-EF; y el Decreto Supremo N° 005-2013-MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura;

(...) g. Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales y la reducción de las mismas en el caso de bienes y servicios, incluyendo las consultorías, de conformidad con la normativa de contrataciones del Estado. (...)" Artículo 2.- Modificar el literal a) del numeral 4.2 del artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 286-2016-MC, modificado mediante Resolución Ministerial N° 302-2016MC, el mismo que quedará redactado en los siguientes términos: 4.2 En materia de contrataciones que no se encuentran sujetas a la normatividad de contratación estatal: Respecto de la Unidad Ejecutora 001 del Pliego 003: Ministerio de Cultura "a. Suscribir, modificar y resolver contratos, órdenes de compra y órdenes de servicios correspondientes a los supuestos expresamente excluidos del ámbito de aplicación de la normatividad de contratación estatal, previstos en los literales a), e), f) y h) del artículo 4 y en los literales b), d) y f) del artículo 5 de la Ley de Contrataciones del Estado." Artículo 3.- Ratificar la delegación de facultades conferida mediante el artículo 6 de la Resolución Ministerial N° 286-2016-MC. Artículo 4.- Mantener subsistentes los demás extremos de las Resoluciones Ministeriales N° 286-2016MC y N° 302-2016-MC en lo que no haya sido modificado en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Cultura 1435209-1

Rectifican error material incurrido en la R.VM. N° 081-2016-VMPCIC-MC, en relación a la denominación del "Templo Nuestra Señora del Rosario de Paucartambo"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 128-2016-VMPCIC-MC Lima, 27 de setiembre de 2016 VISTOS, el Informe N° 000436-2016/DGPC/VMPCIC/ MC de fecha 19 de agosto de 2016, emitido por la Dirección General de Patrimonio Cultural, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial N° 081-2016-VMPCIC-MC de fecha 06 de julio de 2016, se declaró como monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al inmueble denominado Templo Nuestra Señora del Rosario de Paucartambo, ubicado en el distrito y provincia de Paucartambo, departamento de Cusco;