Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2015 (18/03/2015)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano Miercoles 18 de marzo de 2015

548905
"Purchase Agreement", "Underwriting Agreement", "Dealer Manager Agreement", "Information Agent Agreement" y "Fiscal Agent, Paying Agent, Luxembourg Listing and Paying Agent Agreement"; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 052-2015-EF y el Decreto Supremo Nº 0532015-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar los textos de los documentos "Preliminary Offering Memorandum", "Final Offering Memorandum", "Prospecto Suplementario Preliminar", "Prospecto Suplementario Final" y "Offer to Purchase", asi como de los contratos denominados "Purchase Agreement", "Underwriting Agreement", "Dealer Manager Agreement", "Information Agent Agreement" y "Fiscal Agent, Paying Agent, Luxembourg Listing and Paying Agent Agreement", correspondientes a las emisiones de bonos destinadas a financiar la operacion de administracion de deuda publica, a prefinanciar los requerimientos financieros del Sector Publico No Financiero para el Ano Fiscal 2016 y a financiar los proyectos de inversion priorizados en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 005-2014. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas 1213763-2

CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 052-2015-EF se aprobo la operacion de administracion de deuda, bajo la modalidad de recompra y/o intercambio, parcial y/o total de los Bonos Globales con vencimiento en los anos 2016, 2019 y 2025, hasta por un monto de principal de US$ 1 777 942 000,00 (UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), asi como de los Bonos Soberanos BS05MAY15, BS12AGO17, BS12AGO20 y BS12FEB29, hasta por un monto de principal ascendente a S/. 6 777 129 000,00 (SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES CIENTO VEINTINUEVE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), cuyo financiamiento se realizara mediante la emision interna de bonos; Que, el articulo 2 del mencionado Decreto Supremo, aprobo la emision interna de bonos, en una o mas colocaciones, hasta por el importe que resulte para implementar la operacion de administracion de deuda publica a que se refiere el articulo 1 del acotado decreto supremo; Que, el articulo 5 del referido Decreto Supremo dispone que los documentos y los contratos que se deriven de la operacion de administracion de deuda publica y de la emision de bonos, que se realice en virtud del Decreto Supremo MORDAZA mencionado seran aprobados por Resolucion Ministerial del Sector Economia y Finanzas; Que de otro lado, el numeral 1.1 del articulo 1 del Decreto Supremo Nº 053-2015-EF, establece que en el MORDAZA de la emision interna y/o externa de bonos aprobada por la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30283, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, destinada a prefinanciar los requerimientos del siguiente ejercicio fiscal, el Gobierno Nacional efectuara una o mas colocaciones, hasta por el monto equivalente a S/. 1 700 000 000,00 (UN MIL SETECIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES). Que, asimismo, el numeral 1.2 del Articulo 1 del decreto supremo mencionado en el considerando precedente, en el MORDAZA de la emision interna aprobada por el Decreto de Urgencia Nº 005-2014, destinada a financiar proyectos de inversion publica del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que MORDAZA priorizados por el Ministerio de Economia y Finanzas, el Gobierno Nacional efectuara una o mas colocaciones, hasta por el monto equivalente a S/. 2 672 309 000,00 (DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES). Que, el articulo 2 del mismo decreto supremo establece las caracteristicas de los bonos internos y externos que implementaran la emision de bonos destinada a prefinanciar los requerimientos del siguiente ejercicio fiscal, aprobada en el MORDAZA de la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30283, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, asi como la emision interna de bonos destinada a financiar proyectos de inversion publica del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales priorizados, aprobada por el Decreto de Urgencia Nº 0052014; Que, en adicion, el articulo 4 del referido Decreto Supremo dispone que los documentos y los contratos que se deriven de la emision de bonos, que se realice en virtud del Decreto Supremo MORDAZA mencionado seran aprobados por Resolucion Ministerial del Sector Economia y Finanzas; Que, en tal sentido, para la implementacion de la operacion de administracion de deuda publica y emisiones interna y/o externa de bonos indicadas en los considerandos precedentes, se requiere aprobar los textos de los documentos "Preliminary Offering Memorandum", "Final Offering Memorandum", "Prospecto Suplementario Preliminar", "Prospecto Suplementario Final" y "Offer to Purchase", asi como de los contratos denominados

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a la solicitud de extradicion activa de ciudadano peruano y disponen su MORDAZA por via diplomatica al Estado Plurinacional de Bolivia
RESOLUCION SUPREMA Nº 056-2015-JUS MORDAZA, 18 de marzo de 2015 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 060-2015/COE-TC, del 18 de marzo de 2015, sobre la solicitud de extradicion activa al Estado Plurinacional de Bolivia del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA BELAUNDE LOSSIO, formulada por el MORDAZA Juzgado de Investigacion Preparatoria de la Sala Penal Nacional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 17 de marzo de 2015, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA BELAUNDE LOSSIO, para ser procesado por la presunta comision de los delitos de: (i) Peculado doloso (complice secundario); (ii) Peculado de uso (complice secundario); y, (iii) Asociacion Ilicita para delinquir (coautor), en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 26 - 2015); Que, el literal a) del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas