Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2015 (18/03/2015)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

548818

El Peruano Miercoles 18 de marzo de 2015

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Credito Suplementario a favor del pliego Ministerio de Defensa en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015
DECRETO SUPREMO Nº 050-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el literal c) del numeral 5.2 del articulo 5 de la Ley N° 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, se autoriza a acordar operaciones de endeudamiento interno, en materia de Defensa Nacional, hasta por la suma de SETECIENTOS TREINTA MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 730 605 000,00); Que, mediante Decreto Supremo N° 204-2009-EF, se aprobo la operacion de endeudamiento interno, a ser acordada entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, hasta por la suma de SETECIENTOS TREINTA MILLONES SEISCIENTOS CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 730 604 999,00), destinada a financiar el tercer tramo de los requerimientos de las Fuerzas Armadas en el MORDAZA del "Nucleo Basico de Defensa" del Ministerio de Defensa; Que, mediante el literal c) del numeral 4.2 del articulo 4 de la Ley N° 29814, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, modificada mediante Ley N° 29855, Ley de Recomposicion de los Montos de Endeudamiento previstos en el articulo 4 de la Ley N° 29814, se autoriza a acordar operaciones de endeudamiento interno, en materia de Defensa Nacional hasta por la suma de UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 375 000 000,00); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, se aprobaron dos operaciones de endeudamiento interno acordadas entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion: la primera, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 211-2012-EF, hasta por la suma de SEISCIENTOS SEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO TREINTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 606 750 133,00), destinada a financiar el proyecto "Recuperacion del Servicio de Instruccion Basica de Vuelos con Aeronaves de Ala Fija en la FAP ­ Grupo Aereo N° 51 en la Base Aerea FAP Cap. FAP MORDAZA MORDAZA Olivera"; y la MORDAZA, aprobada mediante Decreto Supremo N° 263-2012-EF, hasta por la suma de SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 768 249 867,00), destinada a financiar un conjunto de requerimientos denominados "Requerimientos Intermedios" e "Implementacion, mantenimiento y equipamiento de unidades militares en el VRAEM"; Que, mediante el literal c), del numeral 4.2 del articulo 4 de la Ley N° 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se autoriza a acordar operaciones de endeudamiento interno, en materia de Defensa Nacional, hasta por la suma de UN MIL SEISCIENTOS DOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 602 000 000.00); Que, en el MORDAZA de la autorizacion citada en el considerando precedente, se aprobaron tres operaciones de endeudamiento interno acordadas entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, entre ellas, la operacion de endeudamiento interno aprobada mediante Decreto Supremo N° 267-2013-EF, hasta por la suma de UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 399 469 644,00), destinada a financiar la primera etapa correspondiente a la primera

fase de siete (07) proyectos de inversion publica, a cargo del Ministerio de Defensa; Que, mediante el literal c), del numeral 4.2 del articulo 4 de la Ley N° 30116, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se autoriza a acordar operaciones de endeudamiento interno, en materia de Defensa Nacional hasta por la suma de UN MIL SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 600 000 000,00); posteriormente, de conformidad con el numeral 4.3 del articulo 4 de la citada Ley, se incremento el monto MORDAZA para la concertacion de las operaciones de endeudamiento interno para el Sector Defensa, hasta por la suma de CIENTO CUARENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 142 500 000,00), lo que fue informado a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica mediante el Oficio N° 1794-2014-EF/10.01; Que, en el MORDAZA de la autorizacion referida en el considerando precedente se aprobaron dos operaciones de endeudamiento interno acordadas entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion: la primera, aprobada mediante Decreto Supremo N° 2502014-EF, hasta por la suma de UN MIL CIENTO SETENTA MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 170 238 396,00), destinada a financiar la MORDAZA etapa de la primera fase de cuatro (04) proyectos de inversion publica a cargo del Ministerio de Defensa; y la MORDAZA, aprobada mediante Decreto Supremo N° 3732014-EF, hasta por la suma de QUINIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 572 261 604,00), destinada a financiar parcialmente cinco (05) proyectos de inversion publica a cargo del Ministerio de Defensa; Que, la Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30281 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, autorizan al pliego 026: Ministerio de Defensa, a aprobar mediante Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Economia y Finanzas, las incorporaciones presupuestarias de los recursos provenientes de la operacion de endeudamiento interno a ser celebrada por el Ministerio de Economia y Finanzas con el Banco de la Nacion, destinadas a financiar las adquisiciones del Sector Defensa; Que, en el MORDAZA de lo senalado en los considerandos precedentes, mediante Oficio N° 203-2015-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa ha solicitado la incorporacion de mayores recursos, via Credito Suplementario, en su presupuesto institucional del ano fiscal 2015, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Credito, hasta por la suma de SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 750 979 983,00), para ser destinados a financiar durante el primer semestre del presente ano fiscal, parte de los requerimientos vinculados a las operaciones de endeudamiento interno aprobadas mediante los Decretos Supremos N° 204-2009-EF, N° 211-2012-EF, N° 263-2012-EF, N° 267-2013-EF, N° 250-2014-EF y N° 373-2014-EF, los cuales han sido citados en los considerandos precedentes; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, hasta por la suma de SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 750 979 983,00), a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Credito, para el fin indicado en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en la Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; y,