Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2015 (18/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Miercoles 18 de marzo de 2015

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Salud, en la direccion electronica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 1212309-3

de los sesenta y ocho (68) productos farmaceuticos incluidos en el Listado aprobado mediante Resolucion Ministerial N° 806-2014/MINSA; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 2° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1017 y sus modificatorias, la normativa de contrataciones esta orientada a maximizar el valor del dinero en las contrataciones que realicen las Entidades del Sector Publico, con la finalidad que estas se efectuen de manera oportuna y bajo las mejores condiciones de precio y calidad, a traves del cumplimiento de los principios establecidos en el articulo 4° de la citada Ley; Que, el MORDAZA de Eficiencia, contemplado en el literal f) del articulo 4° de la Ley de Contrataciones del Estado, dispone que las contrataciones que realicen las Entidades deberan efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio y plazos de ejecucion y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles, debiendo observar criterios de celeridad, economia y eficacia; Que, el articulo 85-A del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF y sus modificatorias, regula los aspectos referidos a las "Otras compras corporativas", indicando que "Las Entidades del Gobierno Nacional que formulen las politicas nacionales y/o sectoriales del Estado estan facultadas a establecer, mediante Resolucion del Titular de la Entidad, la relacion de bienes y servicios que se contrataran a traves de compra corporativa, debiendo senalar la Entidad encargada de la compra corporativa, las Entidades participantes, asi como las obligaciones y responsabilidades de estas ultimas (...)"; Que, teniendo en cuenta lo solicitado por los representantes de las entidades participantes en la Compra Corporativa de Productos Farmaceuticos para el Abastecimiento del ano 2015, y en atencion a lo propuesto por la Direccion de Abastecimiento de Recursos Estrategicos en Salud ­ DARES y la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID, resulta pertinente emitir el acto resolutivo correspondiente, con la finalidad de excluir sesenta y ocho (68) productos farmaceuticos del Anexo N° 1 de la Resolucion Ministerial N° 806-2014/MINSA que aprueba el Listado de Productos Farmaceuticos para la compra corporativa de productos farmaceuticos para el abastecimiento del ano 2015; Con el visado de la Directora General de la Direccion de Abastecimiento de Recursos Estrategicos en Salud ­ DARES; del Director General de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas ­ DIGEMID; de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley de Contrataciones de Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1017; en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF y sus respectivas modificatorias; y lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 25° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Excluir del Anexo N° 1 que contiene el Listado de Productos Farmaceuticos de la Compra Corporativa para el abastecimiento del ano 2015 aprobado con Resolucion Ministerial N° 806-2014/MINSA, los sesenta y ocho (68) productos farmaceuticos detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- Disponer que la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas, notifique la presente Resolucion Ministerial a las Entidades participantes en la Compra Corporativa de Productos Farmaceuticos para la adquisicion del ano 2015, comprendidas en el Anexo N° 2 de la Resolucion Ministerial N° 806-2014/MINSA. Articulo 3°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones, la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA Institucional del Ministerio de

Aprueban Documento Tecnico: "Lineamientos para la Vigilancia, Prevencion y Control de las Infecciones Asociadas a la Atencion de Salud"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 168-2015/MINSA MORDAZA, 16 de marzo del 2015 Visto, el Expediente N° 14-107731-001 que contiene el Memorandum N° 359-2015-DGSP/MINSA, de la Direccion General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, senalan que la salud es condicion indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la proteccion de la salud es de interes publico, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el articulo 123 de la precitada ley, modificada por la Unica Disposicion Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, dispone que el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud de nivel nacional. Como organismo del Poder Ejecutivo tiene a su cargo la formulacion, direccion y gestion de la politica de salud y actua como la MORDAZA autoridad normativa en materia de salud; Que, el literal a) del articulo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, establece que es funcion rectora del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la politica nacional y sectorial de promocion de la salud, prevencion de enfermedades, recuperacion y rehabilitacion en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el articulo 41 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, establece que la Direccion General de Salud de las Personas es el organo tecnico normativo en los procesos relacionados a la atencion integral, servicios de salud, calidad, gestion sanitaria y actividades de salud mental; Que, por Decreto Supremo N° 052-2010-PCM, se crea la Comision Multisectorial de Vigilancia, Prevencion y Control de Infecciones Intrahospitalarias, de naturaleza permanente, que depende del Ministerio de Salud, cuya funcion es abordar la problematica relacionada con la vigilancia, prevencion y control de las infecciones intrahospitalarias; Que, por Decreto Supremo N° 005-2014-SA, se han definido las metas institucionales, los indicadores de desempeno y los compromisos de mejora de los servicios a cumplir para recibir la entrega economica anual a la que hace referencia el articulo 15 de Decreto Legislativo Nº 1153, que regula la Politica Integral de Compensaciones y Entregas Economicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado, siendo uno de los indicadores de desempeno la "Reduccion de la prevalencia de infecciones intrahospitalarias, entre 20 y 35 por ciento, respecto a los tramos de valores basales establecidos"; Que, en virtud de ello, la Direccion General de Salud de las Personas ha propuesto para su aprobacion el proyecto de Documento Tecnico: "Lineamientos para la Vigilancia Prevencion y Control de las Infecciones Asociadas a la Atencion de Salud", con el objetivo de