Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2015 (18/03/2015)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Miercoles 18 de marzo de 2015

548835
de los Hidrocarburos, asi como el formato del Acta de Supervision de Control Metrologico; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 6922007-OS/CD se dispuso autorizar a la Gerencia General de Osinergmin a dictar las disposiciones operativas que se requieran para el mencionado procedimiento; Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 323-2012-OS/GG, se aprobo el formato del Acta de Supervision de Control Metrologico actualmente vigente; Que, mediante la Resolucion de Consejo Directivo N° 265-2014-OS/CD, se otorgan facultades a las Oficinas Regionales (regiones distintas a MORDAZA y Callao) y al Gerente de Operaciones (Lima y Callao) como organos instructores y organos sancionadores, respecto al incumplimiento de las normas de Control Metrologico de combustibles liquidos y de GLP; Que, en ese sentido, con la finalidad de adecuar la referida Acta de Supervision de Control Metrologico a las modificaciones normativas anteriormente mencionadas, e informar a los administrados sobre las autoridades actualmente competentes para ejercer la funcion instructora y sancionadora sobre dicha materia, resulta necesario modificar su formato; Con la opinion favorable del Gerente de Operaciones, y la Gerencia Legal; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el formato del Acta de Supervision de Control Metrologico que, en calidad de anexo, forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el diario oficial El Peruano y, junto con su Anexo, en el MORDAZA electronico de Osinergmin (www.osinergmin.gob. pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Articulo 3°.- Disponer la aplicacion del formato de Acta aprobado con la presente resolucion, a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA JACOME Gerente General ANEXO

ANEXO DE LA RESOLUCION DE SALA PLENA N° 01-2015-OS/JARU PRECEDENTE PRESCRIPCION EXTINTIVA DE LA ACCION DE COBRO DE DEUDA "Cuando las concesionarias evaluen los reclamos sobre cobro de deudas en los que los reclamantes invoquen expresamente la figura de la prescripcion extintiva de la accion de cobro, correspondera que ellas evaluen el fondo de dicha materia, analizando y sustentando motivadamente si transcurrieron los diez anos para la accion personal sin que MORDAZA efectuado el cobro de la deuda, o si por el contrario, dicho plazo no opero por no haberse completado el periodo necesario o por haberse interrumpido su computo." Criterio sustentado sobre la base de las Resoluciones N° 1412-2014-OS/JARU-SC, N° 1468-2014-OS/JARU-SC y N° 1511-2014-OS/JARU-SC. 1212705-1

Aprueban formato del Acta de Supervision de Control Metrologico
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 28-2015-OS/GG MORDAZA, 12 de marzo del 2015 VISTO: El memorandum N° COR-90-2015, presentado por el Gerente de Operaciones; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 400-2006-OS/CD y sus modificatorias, se aprobo el Procedimiento para el Control Metrologico en Grifos y Estaciones de Servicio y para el Control de Calidad de los Combustibles Liquidos y Otros Productos Derivados

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION