Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2015 (18/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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areas que afectan directamente al Plan Maestro inicial, y que colisionan directamente con sus caracteristicas, haciendo inejecutable su desarrollo. Que, la Gerencia de Promocion y Desarrollo de EMMSA, mediante Informe N° 004-2015-GPD-EMMSA, del 28 de enero de 2015, recomienda: 1. Dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo N° 2509, del 23.12.2014. 2. Solicitar al Concejo Metropolitano, que autorice a la Gerencia de Promocion de la Inversion Privada de la MML, en coordinacion con EMMSA, para que presente al Concejo Metropolitano, un plan de promocion y promuevan un Concurso de Proyectos Integrales para entregar en concesion la explotacion del area de terreno disponible, destinado al desarrollo de las actividades complementarias, sin afectar los terrenos destinados a la expansion del MORDAZA mayorista de frutas y hortalizas, y los que no se encuentran en posesion de EMMSA, entre otros. Que, en sesion de Directorio N° 530 de la Empresa Municipal de Mercados S.A., de fecha 29 de enero de 2015, se tomo el Acuerdo N° 014-2015, el cual prescribe: 1. Recomendar a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que deje sin efecto el Acuerdo de Concejo N° 2509, del 23 de diciembre de 2014, que aprobo la iniciativa privada para el desarrollo complementario del MORDAZA de MORDAZA Anita. 2. Solicitar al Concejo Metropolitano, que autorice a la Gerencia de Promocion de la Inversion Privada de la MML, para que, en coordinacion con EMMSA, presente al Concejo Metropolitano de MORDAZA, un Plan de Promocion y se promueva un Concurso de Proyectos Integrales para entregar en concesion la explotacion del area de terreno disponible, destinado al desarrollo de las actividades complementarias, sin afectar los terrenos destinados a la expansion del MORDAZA mayorista de frutas y hortalizas, y los que no se encuentren en posesion de EMMSA. Que, la Gerencia de Promocion de la Inversion Privada, mediante Memorando N° 64-2015-MMLGPIP, del 13 de febrero de 2015, remite a la Gerencia Municipal, el Proyecto de Acuerdo de Concejo, Informe N° 03-2015-MML-GPIP-AL e Informe N° 02-2015-MMLGPIP-SPPI. Que, la Subgerencia de Participacion de la Inversion Privada de la Gerencia de Promocion de la Inversion Privada, con Informe N° 02-2015-MML-GPIP-SPPI, del 12 de febrero de 2015, concluye que: 1. Existen elementos economicos-financieros que no se han tratado adecuadamente en la declaratoria de interes de la Iniciativa Privada, aprobada en Sesion del Concejo del 23 de diciembre de 2014, mediante Acuerdo N° 2509. Es el caso de las obras que se gatillan por demanda y no se precisan en la declaratoria de intereses. 2. En la concesion se estaria incorporando un area en litigio, lo cual deberia tratarse cuando menos como una condicion suspensiva a considerar en el contrato de concesion. 3. Considerar que los US$ 22´841,046 Dolares Americanos, que se gastan a partir del periodo 15 del proyecto como inversion inicial, sin haber estimado el valor actual de este componente, produce que los requisitos exigidos para una eventual participacion de terceros interesados MORDAZA mayores, ya que la carta fianza de seriedad de oferta y el patrimonio requeridos, estan sobrevaluados en aproximadamente 20%. 4. La entidad competente (EMMSA) dispone dejar sin efecto la declaracion de interes contenida en el Acuerdo de Concejo N° 2509, y declarar De No Interes la Iniciativa Privada denominada "Desarrollo Complementario del MORDAZA Mayorista de MORDAZA Anita". 5. Recomendamos a la Gerencia de Promocion de la Inversion Privada, tramitar ante la instancia correspondiente, la decision de dejar sin efecto la Declaratoria de Interes y que se convoque un Concurso de Proyectos Integrales.

El Peruano Miercoles 18 de marzo de 2015

Que, el Area Legal de la Gerencia de la Inversion Privada, mediante Informe N° 03-2015-MML-GPIP-AL, del 13 de febrero de 2015, concluye lo siguiente; 1. Las iniciativas privadas tienen caracter de peticion de MORDAZA a que se refiere el articulo 112° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, por lo que el organismo promotor de la inversion privada, de acuerdo a lo establecido en el numeral 14.4 del articulo 14° del Decreto Legislativo N° 1012, tiene la facultad discrecional que le permite decidir respecto de una iniciativa privada hasta MORDAZA que se convoque el MORDAZA de seleccion que corresponda o, hasta que se suscriba el contrato correspondiente en caso se adjudique directamente por no haber terceros interesados. 2. Conforme a lo senalado por EMMSA, durante la tramitacion de la iniciativa privada, no se ha contado con la opinion favorable de EMMSA, en relacion a los alcances de la iniciativa privada. 3. EMMSA, no comparte ni hace suya la opinion tecnica sobre la version actualizada de la Iniciativa Privada, contenida en el informe N° 34-GPD-2014, y en la Carta s/n INYCON. 4. EMMSA, considera que el proyecto contenido en la iniciativa privada no resulta beneficioso para sus intereses, debido a que no se ajusta a sus reglamentaciones internas y a que generaria superposicion de actividades y de areas, haciendo inejecutable su desarrollo. 5. El ambito de la aplicacion de la iniciativa privada, comprende tambien un area de terreno judicializado, lo cual podria generar futuros conflictos legales con la empresa, y se estarian comprometiendo los intereses de EMMSA. 6. La Oficina de Asesoria Legal de EMMSA, considera que, teniendo en cuenta que aun no se ha suscrito el contrato de participacion de la inversion privada correspondiente y teniendo la condicion de peticion de MORDAZA, el derecho de la empresa se agota con la MORDAZA de la iniciativa privada, sin posibilidad de impugnacion del pronunciamiento en sede administrativa o judicial. 7. Considerando lo senalado por EMMSA, en su calidad de entidad competente del proyecto contenido en la iniciativa privada, cumplimos con remitir a su despacho el correspondiente proyecto de Acuerdo de Concejo, en donde se dispone dejar sin efecto la declaracion de intereses contenida en el Acuerdo de Concejo N° 2509 y declarar de no interes la iniciativa privada denominada "Desarrollo Complementario del MORDAZA Mayorista de MORDAZA Anita". Dicho proyecto de Acuerdo de Concejo, tambien contiene el encargo a la Gerencia de Promocion de la Inversion Privada, para llevar a cabo el MORDAZA correspondiente. Que, la Gerencia Municipal Metropolitana, con Proveido N° 1011-15, de fecha 16 de febrero de 2015, requiere a la Gerencia de Promocion de la Inversion Privada GPIP, precisiones. Que, mediante Memorando N° 71, de fecha 20 de febrero de 2015, la GPIP, remite a la Gerencia Municipal Metropolitana, el proyecto de Acuerdo de Concejo que dispone dejar sin efecto la Declaracion de Interes contenida en el Acuerdo de Concejo N° 2509, de fecha 23 de diciembre de 2014. Adjunta el Informe N° 001-2015/ Consultor Externo/VMD y el Informe N° 04-2015-MMLGPIP-AL. Que, el Sr. MORDAZA MORDAZA Madueno MORDAZA, consultor externo, suscribe el Informe N° 001-2015/Consultor Externo/VMD, de fecha 18 de febrero de 2015, mediante el cual concluye que: 1. Existen elementos economicos-financieros que no se han tratado adecuadamente en la declaratoria de intereses de la I.P., aprobada en el Acuerdo de Concejo N° 2509, del 23 de diciembre de 2014. Es el caso de las obras que se gatillan por demanda y no se precisan en la declaratoria de intereses, ademas de la mencion a otro modelo economico, diferente al modelo modificado del proponente. 2. En la concesion se estaria incorporando un area en litigio, lo cual deberia tratarse cuando menos como una condicion suspensiva a considerar en el contrato de concesion.