Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2015 (18/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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e iluminacion publica, pistas y veredas; definiendo a su vez al planeamiento integral como aquel MORDAZA que comprende la utilizacion del uso del suelo, la zonificacion y vias, de uno o varios predios rusticos cuyo objetivo es establecer las caracteristicas que deberan de tener los proyectos de habilitacion MORDAZA a realizarse en etapas sucesivas; Que, el articulo 2º del Reglamento Nacional de Edificaciones precitado establece que las habilitaciones urbanas deberan de intercomunicarse con el nucleo MORDAZA del que forman parte, a traves de una via formalmente recepcionada o de hecho. Precisandose que cuando se trate de habilitaciones urbanas que se hayan desarrollado colindantes a areas consolidadas que no esten formalmente habilitadas, debera de formularse un planeamiento integral en el que se demuestre su integracion al sistema vial previsto para la zona; Que, a su vez los articulos 39º y 40º de la MORDAZA acotada establecen que el planeamiento integral aprobado tendra una vigencia de 10 anos, precisandose que las modificaciones al Plan de Desarrollo MORDAZA deberan de tener en cuenta los planteamientos integrales vigentes y que una vez aprobado el planteamiento integral tendra caracter obligatorio para las habilitaciones futuras, debiendo ser inscritos obligatoriamente en los registros publicos; Que, de acuerdo a la normativa MORDAZA citada la Municipalidad Distrital de Chancay, dentro de su jurisdiccion tiene como funcion ordenar el espacio MORDAZA con el objetivo de reunir las condiciones necesarias para el MORDAZA desarrollo de las actividades de su poblacion, en virtud de ello los suelos en el que se desarrollan dichas actividades urbanas deberan ser habilitados para que garanticen el optimo funcionamiento de sus edificaciones y espacios urbanos, debiendo para ello, en los casos en los que el area por habilitar se desarrolle en etapas o esta no colinde con zonas habilitadas o se plantee la parcelacion del predio MORDAZA se debera de aprobar las propuestas de Planeamiento Integral segun las necesidades del sector; Que, mediante la aprobacion del Planeamiento Integral y el diseno de los modulos viales en planta y cortes se podran ejecutar las obras de pavimentacion de pistas, veredas y estacionamientos segun las normas vigentes que regulan el diseno de vias locales en Habilitaciones y el Reglamento Nacional de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo 1- Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y del Diseno de Vias; Que, mediante Informe Nº 161-2015-MDCH/DDUR de fecha 03 de Febrero del 2015 la Direccion de Desarrollo MORDAZA, en atencion al requerimiento de las necesidades urbanas del sector, manifiesta la necesidad de contar con un Planeamiento Integral con la finalidad que el mismo sirva para las gestiones que correspondan a la implementacion y/o ejecucion de proyectos de infraestructura MORDAZA (Pavimentacion de pistas y veredas, electrificacion, u otros), asi como para el ordenamiento de las actividades urbanas con fines de recreacion Publica, Parques y Jardines en la superficie territorial de 30.28 Has. (302,796.62 m2), comprendida entre los siguientes limites: Por el Norte: Colinda con terrenos agricolas de UC. 02073,02075 MORDAZA carrozable de por medio en linea quebrada de nueve (09) tramos de 109.96, 32.49, 2.32, 90.79, 26.22, 18.25, 6.37, 44.95 y 21.93 ml. Por el Sur: Colinda con terreno MORDAZA de UC. 02063 MORDAZA carrozable de por medio en linea recta de un solo tramo de 189.00 ml. Por el Este: Colinda con terreno MORDAZA de UC. 02029, 02024, 02023, 02424, 02027 MORDAZA de regadio de por medio en linea quebrada de cuarenta y seis (46) tramos de 49.54,26.40, 23.18, 24.34, 12.97, 4.36, 5.34, 26.53, 22.27, 17.25, 23.73, 14.26, 60.31, 4.99, 8.28, 33.50, 39.47, 34.83, 37.87, 23.46, 29.41, 55.46, 44.01, 63.72, 20.22, 27.06, 26.21, 21.36, 10.14, 24.52, 13.30, 12.21, 21.79, 9.16, 8.96, 10.50, 16.50, 11.73, 22.94, 12.83, 10.85, 11.01, 4.89, 18.12, 27.55, 6.78 ml. Por el Oeste: Colinda con carretera Panamericana Norte en linea recta de ocho (08) tramos de 114.50,

El Peruano Miercoles 18 de marzo de 2015

116.00, 119.69, 117.01, 7.00, 125.40, 240.99, 140.99 ml. Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, contando con el MORDAZA de los senores regidores asistentes a la sesion de concejo de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se ha dado la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLANEAMIENTO INTEGRAL DEL DISENO MORDAZA, LOS PARAMETROS NORMATIVOS EN TERMINOS DE ZONIFICACION USOS Y VIAS DEL SECTOR UBICADO EN LA MORDAZA DE CHANCAYLLO ­ CHANCAY Articulo 1º.- APROBAR con caracter de obligatorio el Planeamiento Integral de la superficie territorial comprendida entre: Por el Norte: Colinda con terrenos agricolas de UC. 02073,02075 MORDAZA carrozable de por medio en linea quebrada de nueve (09) tramos de 109.96, 32.49, 2.32, 90.79, 26.22, 18.25, 6.37, 44.95 y 21.93 ml. Por el Sur: Colinda con terreno MORDAZA de UC. 02063 MORDAZA carrozable de por medio en linea recta de un solo tramo de 189.00 ml. Por el Este: Colinda con terreno MORDAZA de UC. 02029, 02024, 02023, 02424, 02027 MORDAZA de regadio de por medio en linea quebrada de cuarenta y seis (46) tramos de 49.54,26.40, 23.18, 24.34, 12.97, 4.36, 5.34, 26.53, 22.27, 17.25, 23.73, 14.26, 60.31, 4.99, 8.28, 33.50, 39.47, 34.83, 37.87, 23.46, 29.41, 55.46, 44.01, 63.72, 20.22, 27.06, 26.21, 21.36, 10.14, 24.52, 13.30, 12.21, 21.79, 9.16, 8.96, 10.50, 16.50, 11.73, 22.94, 12.83, 10.85, 11.01, 4.89, 18.12, 27.55, 6.78 ml. Por el Oeste: Colinda con carretera Panamericana Norte en linea recta de ocho (08) tramos de 114.50, 116.00, 119.69, 117.01, 7.00, 125.40, 240.99, 140.99 ml. Planeamiento Integral que comprende el diseno MORDAZA y sus parametros urbanisticos en terminos de zonificacion, usos y vias que deberan de garantizar su optimo funcionamiento mediante una adecuada infraestructura conforme a los planos signados con los numeros P-01, PZ01, PV-01 y la memoria descriptiva correspondiente, que forman parte integrante de la presente ordenanza y que facilitaran la realizacion correcta de dichas actividades. Articulo 2º.- ESTABLECER que el Planeamiento Integral define los modulos de los componentes viales y las secciones transversales de las calzadas, veredas, jardines y bermas de estacionamiento, asi como el Diseno MORDAZA para las futuras edificaciones que considera la reserva de areas con fines de recreacion publica y otros usos; conforme a las normas vigentes, quedando las secciones de vias de acuerdo al plano Nº PI-02 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- ESTABLECER que el Planeamiento Integral que se aprueba mediante la presente ordenanza tendra una vigencia de 10 anos de acuerdo al articulo 39 de la MORDAZA GH.020 del Reglamento Nacional de Edificaciones aprobada por Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA. Articulo 4º.- DISPONER que los interesados realicen la inscripcion registral del presente Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos. Articulo 5º.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los interesados, a la Direccion de Desarrollo MORDAZA y Rural, para su conocimiento y fines. Articulo 6º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1212052-3