Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2015 (18/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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del 2015, opina favorablemente respecto al mencionado Plan, el mismo que generara beneficios para la Institucion Municipal, por lo cual debe ratificarse y aprobarse por parte del Concejo Municipal; Que, mediante Informe Nº 042-2015-MVMT-GAJ, la Gerencia de Asesoria Juridica, senala que de acuerdo a la normativa vigente y de la importancia de velar por la Seguridad Ciudadana en la jurisdiccion, la Ordenanza que aprueba el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana en el Distrito, cumple con lo dispuesto en el ordenamiento juridico vigente; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades contenidas en el articulo 09º, numeral 8, y articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa de la lectura y tramite de aprobacion del Acta y Comisiones, la presente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2015 ­ MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO Articulo Primero.- RATIFICAR el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2015, aprobado por el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de MORDAZA MORDAZA del triunfo, segun acta de fecha 09 de Febrero del 2015, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933, ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demas normatividad aplicable, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- PRECISAR que el Plan ratificado en virtud del Art. Precedente, como anexo adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y MORDAZA el cumplimiento de la presente Ordenanza; a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnologia de Informacion y Procesos su publicacion en el MORDAZA Institucional Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. DECRETA: MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1212277-1

El Peruano Miercoles 18 de marzo de 2015

Que, mediante Informe Nº 010-2015-GSCGA/MVMT, la Gerencia de Servicios a la Ciudadania y Gestion Ambiental, en atencion a lo informado por la Sub Gerencia de Registros Civiles y Cementerio, sugiere la realizacion de los Matrimonios Civiles Comunitarios para el ano 2015, los dias: 09 de MORDAZA (Dia de la Madre), 29 de agosto (Dia de MORDAZA MORDAZA de Lima), 19 de diciembre (Aniversario de la Creacion del Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo); Que, el articulo 20º inciso 16) de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, es atribucion del MORDAZA celebrar los matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo a las normas de Codigo Civil; Que, el articulo 252º del Codigo Civil vigente faculta al MORDAZA dispensar la publicacion de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el articulo 248º del mismo cuerpo legal; Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades senala en su articulo 42º que "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal"; Que, es objetivo primordial de la actual gestion municipal propiciar las bases solidas de formacion de la familia, contribuir a la consolidacion, fortalecimiento, proteccion y formalizacion como celula basica de la sociedad en MORDAZA con nuestro ordenamiento juridico, e igualmente es labor funcional administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vinculos de paternidad y proteccion a la familia que el MORDAZA juridico exige, y que en MORDAZA de lo consagrado por el articulo 4º de nuestra Constitucion Politica, es obligacion del Estado promover y proteger a la familia por ser instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; Por las consideraciones MORDAZA expuestas, y estando a lo establecido en el numeral 6) del articulo 20º de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, y el articulo 248º y 252º del Codigo Civil vigente;

Articulo Primero.- AUTORIZAR el Programa de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, de acuerdo al siguiente cronograma: · Sabado 09 de MORDAZA de 2015 (Dia de la Madre), Plaza Mayor Cercado MORDAZA MORDAZA del Triunfo. · Sabado 29 de agosto de 2015 (Dia de MORDAZA MORDAZA de Lima), Local Comunal de MORDAZA Rosa. · Sabado 19 de diciembre de 2015 (Aniversario de la Creacion del Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo) Plaza Mayor Cercado MORDAZA MORDAZA del Triunfo. Articulo Segundo.- DISPENSAR la publicacion de los avisos a los que hace referencia el articulo 252º del Codigo Civil, para la celebracion de los Matrimonios Civiles Comunitarios del periodo 2015. Articulo Tercero.- ESTABLECER como tarifa por Derecho de Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 49.67 (CUARENTA Y NUEVE CON 67/100 NUEVOS SOLES), como unico pago. Articulo Cuarto.- ESTABLECER que los requisitos indispensables para participar en el Matrimonio Civil Comunitario, son los que a continuacion se detallan: 1. Acta de Nacimiento de ambos contrayentes (original y MORDAZA actualizada). 2. Copias legalizadas de D.N.I. de ambos contrayentes. 3. Certificado Medico para matrimonio. 4. Expediente Matrimonial S/. 49.67 Nuevos Soles. 5. Declaracion Jurada de Domicilio. 6. MORDAZA de No Inscripcion de Matrimonio (Certificado de Solteria). 7. MORDAZA autenticada del D.N.I. de dos (2) testigos. 8. El Acta de Nacimiento, Certificado de Solteria, Certificado del domicilio del Contrayente extranjero, debe contar con la visacion del Consul Peruano en el MORDAZA de origen, asi como con la legalizacion del Ministerio de Relaciones Exteriores. 9. Se dispensara la publicacion en el Diario. 10. Demas requisitos del Codigo Civil en lo que resulten pertinentes.

Autorizan el Programa de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2015/MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 4 de marzo de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO VISTO, el Memorandum Nº 060-2015-MVMT-GM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 015-2015-SGRCCGSCyGA/MVMT de la Sub Gerencia de Registros Civiles y Cementerio, el Informe Nº 010-2015-GSCGA/MVMT de la Gerencia de Servicios a la Ciudadania y Gestion Ambiental, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Municipalidades son organos de Gobierno Local que gozan de Autonomia Politica, Administrativa y Economica en los asuntos de su competencia y promueven la adecuada Prestacion de Servicios Publicos, asi como el Desarrollo Integral de su Jurisdiccion; Que, mediante Informe Nº 015-2015-SGRCCGSCyGA/MVMT la Sub Gerencia de Registros Civiles y Cementerio, sugiere considerar la celebracion de matrimonios civiles comunitarios, como una forma de contribuir a que muchas parejas regularicen su union de hecho en la jurisdiccion del distrito, al MORDAZA de lo preceptuado por los articulos 233º y 243º del Codigo Civil, Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972, cumpliendose con los requisitos senalados por el articulo 248º del mencionado Codigo Civil;