Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2015 (18/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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"Articulo 3. Conformacion. La Comision esta conformada por representantes de las siguientes instituciones: - Ministerio de Economia y Finanzas. - Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social. - Ministerio de Educacion. - Superintendencia de Banca, Seguros Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. - Banco Central de Reserva del Peru. - Banco de la Nacion. SE RESUELVE:

El Peruano Miercoles 18 de marzo de 2015

Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. ---------------------------------------------------------------------Maiz Azucar Arroz Leche entera en polvo ---------------------------------------------------------------------196 397 455 2 934 ---------------------------------------------------------------------Registrese, comuniquese y publiquese.

y

Sin perjuicio de lo anterior, la Comision puede realizar coordinaciones con otros sectores del Poder Ejecutivo segun lo requieran sus funciones. La participacion en la Comision no genera derechos de pago, dieta, honorario o remuneracion adicional alguna por parte del Estado, a favor de sus integrantes." Articulo 2. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y por los Ministros de Economia y Finanzas, Desarrollo e Inclusion Social y Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de marzo del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1213133-3

MORDAZA MORDAZA DEFILIPPI ANGELDONIS Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial Encargado del Despacho del Viceministro de Economia 1212799-1

INTERIOR
Prorrogan intervencion de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policia Nacional del Peru en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA, del 18 de marzo al 16 de MORDAZA de 2015
RESOLUCION SUPREMA N° 087-2015-IN MORDAZA, 17 de marzo de 2015 VISTO, el Oficio N° 000211-2015/IN/DM de fecha 10 de marzo de 2015; CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 44 de la Constitucion Politica del Peru, es deber primordial del Estado proteger a la poblacion de las amenazas contra su seguridad; Que, mediante Resolucion Suprema N° 079-2014-IN del 21 de MORDAZA de 2014, se autorizo la intervencion de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policia Nacional del Peru en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA, del 21 de MORDAZA al 20 de MORDAZA de 2014; con el fin de asegurar el control del orden interno y evitar actos de violencia o cualquier ilicito penal que se pudiera cometer con ocasion de las movilizaciones promovidas por la mineria ilegal e informal; Que, el plazo mencionado precedentemente fue prorrogado por Resoluciones Supremas N°s. 090-2014-IN, 106-2014-IN, 127-2014-IN, 142-2014-IN, 158-2014-IN, 1962014-IN , 229-2014-IN, 243-2014-IN, 069-2015-IN y 0812015-IN, del 21 de MORDAZA al 20 de junio de 2014, del 21 de junio al 20 de MORDAZA de 2014, del 21 de MORDAZA al 19 de agosto de 2014, del 20 de agosto al 18 de setiembre de 2014, del 19 de septiembre al 18 de octubre de 2014, del 19 de octubre al 17 de noviembre de 2014, del 18 de noviembre al 17 de diciembre de 2014, del 18 de diciembre de 2014 al 16 de enero de 2015, del 17 de enero al 15 de febrero de 2015, y del 16 de febrero al 17 de marzo de 2015, respectivamente; Que, a traves del Oficio del visto, y en atencion al requerimiento efectuado por la Policia Nacional del Peru, el senor Ministro del Interior ha solicitado al senor Presidente de la Republica la prorroga de la intervencion de las Fuerzas Armadas para los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA del 18 de marzo al 16 de MORDAZA de 2015, con el objeto de garantizar el control y mantenimiento del orden interno y publico en el territorio nacional, debido a eventuales movilizaciones promovidas por la mineria ilegal e informal;

Precios CIF de referencia para la aplicacion del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF a importaciones de maiz, azucar y leche entera en polvo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 006-2015-EF/15.01 MORDAZA, 17 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 115-2001-EF, se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en el Anexo I del citado decreto supremo; Que, a traves del Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifico el articulo 7 del Decreto Supremo N° 1152001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados mediante resolucion viceministerial del Viceministro de Economia; Que, con Decreto Supremo N° 378-2014-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importacion de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia en el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2015; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia obtenidos en base a las cotizaciones observadas en el periodo del 1 al 15 de marzo de 2015; y De conformidad con lo dispuesto en el articulo 7 del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modificado con el articulo 1 del Decreto Supremo N° 184-2002-EF;