Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2014 (26/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA 26 de enero de 2014

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 23 de Diciembre del 2013, el Informe Nº 488-2013-SGHUEGDU/MDA de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones; el Informe Nº 180-2013-MDA/GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe Nº 10032013-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica; el Memorando Nº 865-2013-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 28607, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Informe Nº 488-2013-SGHUE-GDU/ MDA, la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, senala que realizada la elaboracion y evaluacion del EstudioTecnico de la MORDAZA de Reglamentacion Especial El Descanso ZRE ­ 5, dispuesto en el articulo 18º de la Ordenanza Nº 1099-MML, habiendo sido definida la vocacion de los Usos de Suelo y el Planeamiento MORDAZA que comprende las secciones de via, que permitira definir y atender la necesidad de saneamiento fisico legal de las edificaciones de la comunidad, asi como dotar de calidad de MORDAZA a los residentes de la MORDAZA procurando desarrollo MORDAZA, bienestar y seguridad a este sector del Distrito; asimismo, senala que con fecha 11 de diciembre del 2013, se llevo a cabo una reunion informativa con los propietarios y representantes de la asociacion, para comunicar los alcances del Estudio Tecnico de la MORDAZA de Reglamentacion Especial El Descanso ZRE ­ 5, habiendose determinado en la misma, la importancia de contar con un instrumento normativo que permita la formalizacion y desarrollo del sector, siendo aprobado por mayoria de la comunidad participante al evento, conforme al Acta de Reunion suscrita; adjuntando el Informe Tecnico Nº 310-2013-MDA/GDU-SGHUE; Que, mediante Informe Nº 180-2013-MDA/GDU, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA senala que ha procedido a verificar el contenido de la propuesta y considera factible la aprobacion de los Usos de Suelo y Planeamiento MORDAZA de la MORDAZA de Reglamentacion Especial El Descanso ZRE ­ 5 como una nueva area destinada a la formalizacion y saneamiento que permitira el Desarrollo MORDAZA del sector; Que, mediante Informe Nº 1003-2013-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoria Juridica senala que de acuerdo a la evaluacion tecnica realizada por la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, asi como de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, opina que es procedente la aprobacion del Estudio Tecnico que define la vocacion de Uso de Suelo y Planeamiento MORDAZA de la Lotizacion Semirrustica El Descanso, en cumplimiento de lo establecido en la Ordenanza Nº 1099-MML, el cual se debera poner en consideracion del Concejo Municipal de Ate, para su aprobacion mediante Acuerdo de Concejo correspondiente; Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, el articulo 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, las Municipalidades Distritales son Organos de Gobierno Local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para planificar el desarrollo MORDAZA de sus

Que, el numeral a) del articulo 68º de la Ley de Tributacion Municipal, cuyo Texto unico Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, que establece que las Tasas por servicios publicos o arbitrios; son las tasas que se paga por la prestacion o mantenimiento de un servicio publico individualizado en el contribuyente; Que, mediante Ordenanza Nº 328-MDA, de fecha 06 de diciembre del 2013, se Regula los Importes de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recoleccion de Residuos Solidos), Parques y Jardines, y Serenazgo para el Ejercicio Fiscal 2014; Que, como producto del incremento del 28.20% en las estructuras de costos del Servicio de Barrido de Calles, se produce un incremento en las tasas de los predios cuya prestacion de los mismos se refleja en la frecuencia 24, observandose incrementos en las tasas de 168% respectivamente, motivo por cual con la finalidad de no perjudicar al contribuyente con tales incrementos se hace necesario dictar la normatividad correspondiente, siendo necesario la expedicion de la presente MORDAZA, agregandose para los efectos del caso una Sexta Disposicion Final a la Ordenanza Nº 328-MDA; Que, mediante Dictamen Nº009-2013-MDA/CAT, la Comision de Administracion Tributaria recomienda aprobar la Ordenanza que apruebe la Incorporacion de una Sexta Disposicion Final a las disposiciones finales de la Ordenanza Nº 328-MDA; solicitando elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y aprobacion correspondiente; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) y 9) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por Mayoria de los senores Regidores asistentes a la Sesion de Concejo de la fecha, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente; ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 328-MDA, INCORPORANDO UNA SEXTA DISPOSICION FINAL A LA ORDENANZA Nº 328-MDA, QUE REGULA LOS IMPORTES DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014 Articulo Primero.- Modificar la Ordenanza Nº 328MDA, Incorporandose una Sexta Disposicion Final a las disposiciones finales de la Ordenanza Nº 328-MDA, la misma que queda redactada de la siguiente manera: "Sexta.- Los contribuyentes correspondientes al servicio de Barrido de Calles, que reciban la prestacion de la frecuencia 24, en las zonas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, solo veran incrementadas sus tasas por este concepto como MORDAZA en un 20% de las mismas". Articulo Segundo.- Ratificar, todo lo demas establecido en la Ordenanza Nº 328-MDA. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 1042102-1

Aprueban la Propuesta que define la vocacion de Uso de Suelo y el Planeamiento MORDAZA de acuerdo con el interes de la Corporacion Municipal y de la poblacion de la Lotizacion Semirrustica El Descanso
ACUERDO DE CONCEJO Nº 093 Ate, 23 de diciembre de 2013