Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2014 (26/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aclarar de oficio el Articulo 3° de la Resolucion N° 297-2013/CFD-INDECOPI, publicada en el diario oficial "El Peruano" el 22 de diciembre de 2013. Articulo 2°.- Precisar que los derechos antidumping definitivos impuestos mediante la Resolucion N° 2972013/CFD-INDECOPI se aplican sobre las importaciones de prendas y complementos de vestir procedentes originariamente de China, es decir originarios de ese MORDAZA, conforme al detalle que se muestra en el Anexo incorporado en la referida Resolucion. Articulo 3°.- Precisar que las razones sociales de las empresas exportadoras chinas consignadas en el Anexo de la Resolucion N° 297-2013/CFD-INDECOPI, son las siguientes: Jiangsu Sainty Techowear Co., Ltd.; Suzhou Meilin Import and Export Co., Ltd.; Jiangsu Sainty LandUp Pro-Trading Co., Ltd.; Xiamen C&D Inc.; Ningbo Jin Mao Import and Export Co., Ltd.; Ningbo Textiles Import & Export Corporation; China-Base Ningbo Foreign Trade Co., Ltd.; Pollux Enterprise Ltd.; Jiangsu Sainty Hantang Trading Co., Ltd.; y, Elite Enterprise Co., Ltd. Articulo 4º.- Notificar la presente Resolucion a las partes apersonadas al presente procedimiento. Articulo 5º.- Publicar la presente Resolucion en el diario oficial "El Peruano" por una (01) vez. Con la intervencion de los senores miembros de Comision: MORDAZA MORDAZA Piazza, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gamarra. MORDAZA MORDAZA PIAZZA Presidente El MORDAZA del senor Comisionado MORDAZA MORDAZA Stucchi MORDAZA Raygada es el siguiente: Mediante la Resolucion N° 297-2013/CFD-INDECOPI, el suscrito formulo MORDAZA en discordia estimando que, conforme a lo actuado en el expediente, correspondia dar por concluido el procedimiento de investigacion iniciado de oficio, sin la imposicion de derechos antidumping definitivos sobre las importaciones de prendas y complementos de vestir procedentes de la Republica Popular China. En consecuencia, no corresponde que participe en el pronunciamiento emitido por la mayoria dirigido a aclarar lo dispuesto por el articulo 3° de la senalada resolucion, mediante el cual se determino la aplicacion de tales derechos antidumping. MORDAZA MORDAZA STUCCHI MORDAZA RAYGADA Comisionado 1041713-1

El Peruano MORDAZA 26 de enero de 2014

MORDAZA que modifica el Reglamento del MORDAZA Integrado a traves del Enrutamiento Intermediado; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal a) del articulo 1° del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV), aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y modificado por la Ley de Fortalecimiento de la Supervision del MORDAZA de Valores, Ley N° 29782 (en adelante, Ley Organica), la SMV esta facultada para dictar las normas legales que regulen materias del MORDAZA de valores; Que, de acuerdo con el literal b) del articulo 5° de la Ley Organica, se establece como atribucion del Directorio de la SMV la aprobacion de la normativa del MORDAZA de valores, MORDAZA de productos y sistema de fondos colectivos, asi como aquellas a que deben sujetarse las personas naturales y juridicas sometidas a su supervision; Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 1072010-EF/94.01.1 se aprobo el Reglamento del MORDAZA Integrado a traves del Enrutamiento Intermediado, el mismo que, entre otros, permite el acceso e interconexion entre los intermediarios autorizados a operar en alguno de los sistemas de negociacion conformantes del denominado MORDAZA Integrado a traves del Enrutamiento Intermediado; Que, resulta necesario modificar el Reglamento del MORDAZA Integrado a traves del Enrutamiento Intermediado, a fin de posibilitar la incorporacion de otros procedimientos operativos o modalidades de liquidacion empleadas en las operaciones realizadas en MORDAZA de Bolsa, previstos en el Reglamento Interno de CAVALI S.A. ICLV; Que, por otro lado, con el fin de fortalecer la proteccion de los inversionistas, resulta necesario enfatizar la responsabilidad de la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. de verificar que los valores negociados en sistemas de negociacion administrados por bolsas extranjeras se encuentren inscritos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, previamente a su oferta publica secundaria y promocion en el MORDAZA, debiendo, para ello, contar con mecanismos de control pertinentes; Que, resulta conveniente modificar la denominacion de "Reglamento del MORDAZA Integrado a traves del Enrutamiento Intermediado", aprobado por Resolucion CONASEV Nº 107-2010-EF/94.01.1, por la de "Reglamento del MORDAZA Integrado Latinoamericano a traves del Enrutamiento Intermediado"; Que, a fin de concretar los objetivos expuestos, se ha elaborado el proyecto de MORDAZA que modifica el Reglamento del MORDAZA Integrado a traves del Enrutamiento Intermediado, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 107-2010-EF/94.01.1; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del articulo 1° y el literal b) del articulo 5° del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la SMV, aprobado por Decreto Ley N° 26126 y modificado por la Ley N° 29782; el MORDAZA parrafo del articulo 7° de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo N° 861, asi como a lo acordado por el Directorio de la Superintendencia del MORDAZA de Valores en su sesion del 22 de enero de 2014; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la difusion del proyecto de MORDAZA que modifica el Reglamento del MORDAZA Integrado a traves del Enrutamiento Intermediado, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 107-2010-EF/94.01.1. Articulo 2º.- Disponer que el proyecto senalado en el articulo precedente se difunda en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores. (www.smv.gob.pe). Articulo 3º.- El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del MORDAZA de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto referido en los articulos anteriores es de diez (10) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Los comentarios y observaciones a los que se refiere el articulo anterior, podran ser

SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Disponen difusion del proyecto de MORDAZA que modifica el Reglamento del MORDAZA Integrado a traves del Enrutamiento Intermediado, en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la SMV
RESOLUCION SMV Nº 001-2014-SMV/01 MORDAZA, 22 de enero de 2014 VISTOS: El Expediente N° 2014001049 y el Memorandum Conjunto N° 174-2014-SMV/06/10/11/12 del 17 de enero de 2014, emitido por la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados, la Superintendencia Adjunta de Supervision Prudencial, la Oficina de Asesoria Juridica y la Superintendencia Adjunta de Investigacion y Desarrollo; asi como el Proyecto de